Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Fecha de disposición | 26 Diciembre 2017 |
Fecha de publicación | 26 Diciembre 2017 |
Emisor | CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA |
Sección | PRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados |
REGLAS de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Mediante Acuerdo 62-08/17, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su 62a. Sesión Ordinaria, aprobó la modificación de las Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a efecto de que se apliquen a partir del día 1 de enero de 2018.
Como consecuencia, se deja sin aplicación el numeral 2 "Sistema Nacional de Investigadores" de las Reglas de Operación de los Programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2015.
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES
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Introducción
Las presentes Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores (SNI) tienen como propósito dar certidumbre a su operación, concibiéndolo como un elemento detonante de la investigación científica, tecnológica y la innovación del país, así como de la vinculación entre diversos sectores estratégicos para ayudar a resolver problemas en beneficio de la sociedad mexicana.
La evidencia empírica muestra que el impulso a la generación, absorción y consolidación de capital humano altamente calificado para llevar a cabo funciones de investigación y la construcción de infraestructura moderna dedicada a este mismo fin, son elementos determinantes para impulsar el desarrollo de un sistema nacional de CTI equilibrado y con alto potencial para construir una economía del conocimiento.
Para cumplir el propósito de generar más investigadores, se reconocen tres estrategias principales:
· Formación de capital humano altamente calificado
· Absorción de investigadores en el mercado laboral
· Fortalecimiento de las labores de investigación
Por esa razón, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta nacional denominada educación de calidad, reconoce que el desarrollo científico, tecnológico y la innovación son pilares del progreso económico y social sostenible y establece como una de sus estrategias contribuir a la formación y fortalecimiento del capital humano de alto nivel.
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Objetivos
2.1. General
El SNI tiene por objeto reconocer, como resultado de la evaluación, la calidad de la investigación científica y tecnológica que se producen en el país o por mexicanos en el extranjero
2.2. Específicos
En particular se atenderán, entre otros, los siguientes aspectos:
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Reconocer y premiar con distinciones y, en su caso, con estímulos económicos, la labor de investigación científica y tecnológica en el país, evaluando la calidad, producción, trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores.
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Establecer el mecanismo de evaluación por pares con criterios académicos confiables, válidos y transparentes, para ponderar los productos de investigación; tanto científica como tecnológica y la formación de profesionales e investigadores, y
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Promover entre los investigadores, la vinculación de la investigación con la docencia que imparten en las instituciones de educación superior;
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Contribuir a la vinculación de los investigadores, que realizan actividades científicas, desarrollos tecnológicos y de formación de recursos humanos especializados, con los gobiernos, empresas y organizaciones sociales.
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Lineamientos generales
3.1. Cobertura
El programa tiene cobertura nacional e internacional.
3.1.1. Población Potencial
Se considera que tienen el potencial para ser miembros del SNI aquellas personas que:
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Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.
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Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;
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Se desempeñen en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tengan nacionalidad mexicana y realicen actividades de investigación en el extranjero.
3.1.2. Población Objetivo
Podrán pertenecer al SNI aquellas personas que:
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Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.
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Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;
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Presenten los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;
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Se desempeñen en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tengan nacionalidad mexicana y realicen actividades de investigación en el extranjero, y
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Cumplan con los criterios de selección contenidos en este Reglamento.
3.1.3. Población Atendida (Beneficiarios)
Serán beneficiarias las personas que:
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Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.
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Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;
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Presenten los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;
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Se...
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