Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Fecha de disposición26 Diciembre 2017
Fecha de publicación26 Diciembre 2017
EmisorCONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

REGLAS de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Mediante Acuerdo 62-08/17, la Junta de Gobierno del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en su 62a. Sesión Ordinaria, aprobó la modificación de las Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a efecto de que se apliquen a partir del día 1 de enero de 2018.

Como consecuencia, se deja sin aplicación el numeral 2 "Sistema Nacional de Investigadores" de las Reglas de Operación de los Programas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2015.

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE INVESTIGADORES

  1. Introducción

    Las presentes Reglas de Operación del Programa Sistema Nacional de Investigadores (SNI) tienen como propósito dar certidumbre a su operación, concibiéndolo como un elemento detonante de la investigación científica, tecnológica y la innovación del país, así como de la vinculación entre diversos sectores estratégicos para ayudar a resolver problemas en beneficio de la sociedad mexicana.

    La evidencia empírica muestra que el impulso a la generación, absorción y consolidación de capital humano altamente calificado para llevar a cabo funciones de investigación y la construcción de infraestructura moderna dedicada a este mismo fin, son elementos determinantes para impulsar el desarrollo de un sistema nacional de CTI equilibrado y con alto potencial para construir una economía del conocimiento.

    Para cumplir el propósito de generar más investigadores, se reconocen tres estrategias principales:

    · Formación de capital humano altamente calificado

    · Absorción de investigadores en el mercado laboral

    · Fortalecimiento de las labores de investigación

    Por esa razón, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en la meta nacional denominada educación de calidad, reconoce que el desarrollo científico, tecnológico y la innovación son pilares del progreso económico y social sostenible y establece como una de sus estrategias contribuir a la formación y fortalecimiento del capital humano de alto nivel.

  2. Objetivos

    2.1. General

    El SNI tiene por objeto reconocer, como resultado de la evaluación, la calidad de la investigación científica y tecnológica que se producen en el país o por mexicanos en el extranjero

    2.2. Específicos

    En particular se atenderán, entre otros, los siguientes aspectos:

    1. Reconocer y premiar con distinciones y, en su caso, con estímulos económicos, la labor de investigación científica y tecnológica en el país, evaluando la calidad, producción, trascendencia e impacto del trabajo de los investigadores.

    2. Establecer el mecanismo de evaluación por pares con criterios académicos confiables, válidos y transparentes, para ponderar los productos de investigación; tanto científica como tecnológica y la formación de profesionales e investigadores, y

    3. Promover entre los investigadores, la vinculación de la investigación con la docencia que imparten en las instituciones de educación superior;

    4. Contribuir a la vinculación de los investigadores, que realizan actividades científicas, desarrollos tecnológicos y de formación de recursos humanos especializados, con los gobiernos, empresas y organizaciones sociales.

  3. Lineamientos generales

    3.1. Cobertura

    El programa tiene cobertura nacional e internacional.

    3.1.1. Población Potencial

    Se considera que tienen el potencial para ser miembros del SNI aquellas personas que:

    1. Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.

    2. Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;

    3. Se desempeñen en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tengan nacionalidad mexicana y realicen actividades de investigación en el extranjero.

      3.1.2. Población Objetivo

      Podrán pertenecer al SNI aquellas personas que:

    4. Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.

    5. Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;

    6. Presenten los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;

    7. Se desempeñen en México, cualquiera que sea su nacionalidad, o tengan nacionalidad mexicana y realicen actividades de investigación en el extranjero, y

    8. Cumplan con los criterios de selección contenidos en este Reglamento.

      3.1.3. Población Atendida (Beneficiarios)

      Serán beneficiarias las personas que:

    9. Cuenten con doctorado o con estudios equivalentes de doctorado en medicina.

    10. Realicen habitual y sistemáticamente actividades de investigación científica o tecnológica;

    11. Presenten los productos del trabajo debidamente documentados, mediante el mecanismo que se indique en la convocatoria correspondiente;

    12. Se...

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