Relación de declaratorias de libertad de terreno número 16/2010

Fecha de disposición26 Octubre 2010
Fecha de publicación26 Octubre 2010
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Coordinación General de Minería.- Dirección General de Minas. RELACION DE DECLARATORIAS DE LIBERTAD DE TERRENO 16/2010

La Secretaría de Economía, a través de su Dirección General de Minas, con fundamento en los artículos 1o. y 14, párrafo tercero de la Ley Minera; 6o., fracción III y 33 de su Reglamento, y 33, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y con motivo de haberse tenido por desaprobadas las solicitudes de concesión minera correspondientes, en términos de lo dispuesto por el artículo 23, párrafo tercero del Reglamento de la Ley Minera, resuelve.

PRIMERO.- Declarar la libertad del terreno que legalmente hayan amparado los siguientes lotes mineros, sin perjuicio de terceros:

AGENCIA EXPEDIENTE NOMBRE DEL LOTE SUPERFICIE (HAS.) MUNICIPIO ESTADO
COLIMA, COL. 243 CENTELLA 3 450.0000 MANZANILLO COL.
MORELIA, MICH. 8439 LA LINAZA 30.0000 TARIMBARO MICH.
HERMOSILLO, SON. 32630 SANGRE 9296.0000 ATIL SON.
ZACATECAS, ZAC. 16750 LA PATY 500.0000 GENARO CODINA ZAC.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 6o., último párrafo, y 33, fracción V, del Reglamento de la Ley Minera, los terrenos que se listan en el resolutivo anterior serán libres una vez transcurridos 30 días naturales después de la publicación de la presente declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, a partir de las 10:00 horas.

Cuando esta declaratoria surta efectos en un día inhábil, el terreno o parte de él podrá ser solicitado a las 10:00 horas del día hábil siguiente.

TERCERO.- Las unidades administrativas ante las cuales los interesados podrán solicitar información adicional...

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