Renovación y modificación a la lista de árbitros independientes, oficialmente reconocidos por la Secretaría de Economía, para actuar en las controversias que se susciten entre proveedores y consumidores, publicada el 20 de julio de 2001

EmisorSecretaría de Economía

Untitled SECRETARIA DE ECONOMIA

Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de tubería con costura de acero inoxidable, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 7306.40.99 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, originarias de Taiwán, independientemente del país de procedencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACION ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE TUBERIA CON COSTURA DE ACERO INOXIDABLE, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 7306.40.99 DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y DE EXPORTACION, ORIGINARIAS DE TAIWAN, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver el expediente administrativo 03/02 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución de inicio de investigación antidumping de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Presentación de la solicitud

  1. El 29 de enero de 2002, las empresas Techtube de México, S.A. de C.V. y Cominox, S.A. de C.V., en lo sucesivo Techtube y Cominox, respectivamente, por conducto de sus representantes legales, comparecieron ante la Secretaría para solicitar el inicio de la investigación antidumping y la aplicación del régimen de cuotas compensatorias sobre las importaciones de tubería con costura de acero inoxidable, originarias de Taiwán, independientemente del país de procedencia.

  2. Las solicitantes manifestaron que en el periodo comprendido de octubre de 2000 a marzo de 2001, las importaciones de tubería con costura de acero inoxidable, originarias de Taiwán, se efectuaron en condiciones de discriminación de precios, lo que ha causado un daño a la producción nacional de mercancías idénticas o similares, conforme a lo dispuesto en los artículos 28, 30, 39 y 40 de la Ley de Comercio Exterior.

    Empresas solicitantes

  3. Techtube y Cominox son empresas constituidas conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con domicilios para oír y recibir notificaciones en León de los Aldamas número 57, colonia Roma Sur, México, D.F., código postal 06760, y cuya principal actividad consiste en la fabricación y comercialización de productos de tubería de acero inoxidable.

  4. Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 40 de la Ley de Comercio Exterior, las solicitantes manifestaron que en el periodo comprendido de octubre de 2000 a marzo de 2001, representaron el 52 por ciento de la producción nacional de tubería con costura de acero inoxidable. Para acreditar lo anterior presentaron escrito de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO) en la cual se hace constar que en conjunto ambas empresas representan el 52 por ciento de la producción nacional de tubería con costura de acero inoxidable.

    Información sobre el producto

    1. Descripción del producto

  5. Las solicitantes indicaron que el producto objeto de esta investigación importado de Taiwán y el producto similar de fabricación nacional, se fabrican a partir de rollo o fleje de acero inoxidable austenítico, en diámetros que se encuentran en el rango de 1/4 a 8 pulgadas, con espesor de pared en el rango de 0.5 a 3 mm, y en cédulas 5, 10 y 40.

  6. El nombre genérico de este producto es tubería de acero inoxidable con costura de cédula y/o calibre, el cual se comercializa bajo las siguientes denominaciones: a) tubo de cédula o pipe de acero inoxidable con costura; en este tipo de tubo el diámetro nominal no coincide con el diámetro externo real del tubo y su espesor de pared es expresado en términos de cédulas, y b) tubo calibrado o tubing de acero inoxidable con costura, con o sin pulido; en esta clase de tubo, el diámetro nominal coincide con el diámetro externo y el espesor de pared está dado por una convención internacional de calibres.

    1. Régimen arancelario

  7. De acuerdo con la nomenclatura arancelaria de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el producto objeto de la presente investigación se clasifica en la fracción arancelaria 7306.40.99. La partida 7306 considera Los demás tubos y perfiles huecos (por ejemplo: soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados), de hierro o acero ; la subpartida de primer nivel 7306.40 y la fracción arancelaria 7306.40.99 los describe como Los demás, soldados, de sección circular, de acero inoxidable .

  8. La unidad de medida establecida en la tarifa invocada para la fracción arancelaria 7306.40.99 es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales se realizan normalmente en toneladas métricas. Las solicitantes indicaron que a través de la fracción arancelaria referida ingresan al mercado nacional, además del producto investigado, otros productos, entre ellos, tubos de diámetros mayores de 8 pulgadas, tubos de otras aleaciones de acero inoxidable, tubos de diámetro menor a ¼ de pulgada exterior, en tramos o en rollos, y tubos cortados a medida, de una pieza en especial, los cuales ingresan mediante el régimen de importación de maquila.

  9. Conforme al Decreto que estableció la tasa aplicable para el año 2000 del entonces Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte, Colombia, Venezuela, Costa Rica, Bolivia, Chile y Nicaragua, publicado el 31 de diciembre de 1999 en el Diario Oficial de la Federación, el arancel ad valorem al que se sujetaron las importaciones de dichos orígenes, realizadas a través de la fracción arancelaria 7306.40.99, se encuentra en el rango de cero a 5.4 por ciento, dependiendo del país de que se trate.

  10. Asimismo, conforme al Decreto que estableció la tasa aplicable para el año 2001 del entonces Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de América del Norte, la Comunidad Económica Europea, Repúblicas de Colombia, Bolivariana de Venezuela, de Costa Rica, de Bolivia, de Chile, de Nicaragua y Estado de Israel, publicado el 29 de diciembre de 2000 en el Diario Oficial de la Federación, el arancel ad valorem al que se sujetaron las importaciones de dichos orígenes, realizadas a través de la fracción arancelaria 7306.40.99, se encuentra en el rango de cero a 10 por ciento, dependiendo del país de que se trate.

  11. Por lo que se refiere a importaciones clasificadas en la fracción arancelaria 7306.40.99 originarias de países con los cuales no se tienen acuerdos comerciales, en los años de 2000 y 2001, éstas se sujetaron a un arancel ad valorem de 18 por ciento.

    1. Características técnicas y composición química

  12. De acuerdo con lo manifestado por las solicitantes, la tubería de acero inoxidable con costura de cédula y/o calibre importada de Taiwán y la de fabricación nacional, se fabrican bajo las normas internacionales A-312, A-554, A-249 y A-269, con acero denominado TP304 o TP304L, TP316 o TP316L. Asimismo, indicaron que dependiendo de la norma bajo la cual se fabrique la tubería de acero inoxidable con costura de cédula y/o calibre, este producto presenta un diámetro que puede estar en un rango de ¼ a 8 pulgadas, en cédulas 5, 10 y 40, el espesor de pared de la tubería se encuentra en el rango de 0.5 a 3 mm y el contenido de cromo, níquel y carbono se ubica entre 16 a 20, 8 a 15 y de 0.035 a 0.08 por ciento, respectivamente.

  13. En apoyo de sus argumentos, las solicitantes aportaron copia del informe del Instituto Mexicano del Petróleo sobre los resultados del análisis químico, prueba de resistencia a la tensión, dureza y metalografía realizado a dos tramos de tubería con la siguiente especificación: ¾ de pulgada de diámetro nominal y cédula 40, ASTM A-312 tipo 316 L. En dicho informe, la Secretaría observó que un tramo de la tubería se identifica con Techtube y otras especificaciones; el otro tramo de tubería es una muestra identificada con Tubetec, S.A. de C.V. y demás especificaciones. Es conveniente señalar que dentro de las empresas importadoras del producto objeto de la investigación listadas por las solicitantes, se encuentra Tubetec.

  14. La Secretaría observó que los tramos de tubería para los cuales se realizó el análisis se fabricaron bajo la norma ASTM A-312 y con acero tipo 316L; el diámetro nominal y la cédula, así como el contenido de carbono, níquel y cromo encontrado en las muestras, se encuentran dentro de los rangos que las normas A-312, A-554, A-249 y A-269 establecen para la fabricación de tubería de acero inoxidable con costura de cédula y/o calibre.

    1. Proceso productivo

  15. De acuerdo con las solicitantes, el proceso para la fabricación de tubería de acero inoxidable con costura, con variaciones mínimas, es el mismo en todos los países. El insumo principal para la fabricación de este producto es el rollo o fleje de acero inoxidable austenítico que generalmente mide 1.2 m de ancho; entre los insumos secundarios para su producción se encuentran el gas LP o energía eléctrica, electrodos, lijas, sierras, agua, ácidos anhídricos y nítricos, entre otros.

  16. El proceso de producción del producto objeto de la investigación se lleva a cabo en la siguiente forma: en una primera etapa el rollo o fleje de acero inoxidable austenítico se corta en anchos de acuerdo con el diámetro del tubo que se fabricará; a continuación el fleje es rolado para darle la forma cilíndrica y posteriormente se suelda.

  17. En una segunda etapa, los tubos se cortan en las medidas requeridas y entran a un proceso de horneado a una temperatura de aproximadamente 1,100°C, posteriormente, son enderezados y calibrados; en el caso de que los tubos no sean horneados con una atmósfera controlada, éstos requieren de un tratamiento químico con ácidos para formar una capa de óxido de cromo para evitar la corrosión. Finalmente, los tubos son limpiados a través de inmersión...

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