Resolución que modifica las Reglas para los Requerimientos de Capitalización de las Sociedades Nacionales de Crédito, Instituciones de Banca de Desarrollo
Fecha de disposición | 03 Marzo 2000 |
Fecha de publicación | 03 Marzo 2000 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Resolución que modifica las Reglas para los Requerimientos de Capitalización de las Sociedades Nacionales de Crédito, Instituciones de Banca de Desarrollo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- Oficio 101.- 354.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 13 de la Ley Orgánica de Nacional Financiera; 12 de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior; 12 y 33 de la Ley Orgánica del Sistema Banrural; 13 de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos; 35 de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada; 5o., 50 y undécimo transitorio de la Ley de Instituciones de Crédito, y 31 fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en ejercicio de las atribuciones que me confieren las fracciones XX y XXXIV del artículo 6o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y considerando:
Que es necesario adecuar la clasificación de las operaciones activas realizadas por las instituciones de Banca de Desarrollo, por cuanto se refiere a sus riesgos de crédito, a las condiciones actuales de mercado; y
Que es necesario establecer las bases conforme a las cuales las instituciones de Banca de Desarrollo deberán considerar, para efectos de capitalización en atención a los riesgos de crédito, a los valores y créditos a cargo de o avalados por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, he tenido a bien expedir la siguiente:
RESOLUCION QUE MODIFICA LAS REGLAS PARA LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACION DE LAS SOCIEDADES NACIONALES DE CREDITO, INSTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO
Se modifica el numeral 1 de la regla primera, para quedar como sigue:
PRIMERA …
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- Caja; depósitos, valores y créditos a cargo del Banco de México; valores emitidos por el Gobierno Federal; valores, títulos y documentos, emitidos o garantizados por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, así como créditos a cargo del Instituto; créditos al Gobierno Federal o con garantía expresa de la...
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