Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición10 Agosto 2017
Fecha de publicación10 Agosto 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE MICROALAMBRE PARA SOLDAR ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 02/17 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 24 de marzo de 2017 Electrodos Infra, S.A. de C.V., Lincoln Electric Manufactura, S.A. de C.V. y Plásticos y Alambres, S.A. de C.V. ("Electrodos Infra", "Lincoln Electric" y "Plásticos y Alambres", o en su conjunto, las "Solicitantes"), solicitaron el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de microalambre para soldar, originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia.

    2. Las Solicitantes manifestaron que las importaciones de microalambre para soldar originarias de China experimentaron un crecimiento sostenido en el periodo octubre de 2013-septiembre de 2016, con márgenes significativos de discriminación de precios, lo que constituye una amenaza de daño a la rama de producción nacional.

    3. Propusieron como periodo investigado el comprendido de octubre de 2015 a septiembre de 2016 y como periodo de análisis de daño el comprendido de octubre de 2013 a septiembre de 2016.

  2. Solicitantes

    1. Electrodos Infra, Lincoln Electric y Plásticos y Alambres son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades se encuentran las de fabricar, comprar, vender, distribuir y comercializar electrodos, alambres, soldaduras, fundentes, artículos para soldar y todo lo relacionado con los procesos de soldadura eléctrica y autógena. Señalaron como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Misantla 21, Col. Roma Sur, C.P. 06760, Ciudad de México.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. Las Solicitantes manifestaron que el producto objeto de investigación es el microalambre para soldar, el cual es un alambre sólido de acero al carbono aleado con manganeso y silicio, recubierto o no de cobre, en diámetros desde 0.6 hasta 1.6 milímetros, que se funde para unir dos o más piezas de acero por medio de la generación de un arco eléctrico.

    3. En términos comerciales, el microalambre para soldar se define como electrodo de alambre para soldadura de acero al carbono, con o sin recubrimiento de cobre. También se le conoce como microalambre, alambre para soldar, alambre MIG, soldadura en rollo, soldadura de alambre, soldadura MIG, carrete de soldadura, electrodo de alambre, entre otras.

    4. Características

    5. Las Solicitantes indicaron que el microalambre para soldar objeto de investigación se encuentra en diámetros desde 0.6 hasta 1.6 milímetros y puede estar recubierto o no de cobre. Es un alambre sólido de acero al carbono aleado con contenido mínimo de silicio de 0.45% y de manganeso de 0.90%. El microalambre para soldar puede diferenciarse por su contenido de manganeso y silicio, los cuales influyen en

      sus propiedades mecánicas y resistencia a la corrosión.

    6. Tratamiento arancelario

    7. Las Solicitantes señalaron que el microalambre para soldar objeto de investigación ingresa por las fracciones arancelarias 8311.10.01, 8311.10.99, 8311.30.01, 8311.30.99, 8311.90.01 y 8311.90.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE). Además, indicaron que en la práctica comercial detectaron que el microalambre para soldar también ingresó por las fracciones arancelarias 7217.30.99, 7229.20.01 y 7229.90.99 de la TIGIE.

    8. Las Solicitantes argumentaron que debido a que el análisis en una investigación antidumping es sobre el producto investigado y no sobre las fracciones arancelarias por las que ingresa, y toda vez que el volumen importado del producto investigado que ingresó a territorio nacional a través de las fracciones arancelarias 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE es cercano al 100% del total importado, para efectos de la presente investigación incluyeron en el análisis únicamente el microalambre para soldar objeto de investigación que ingresó por las tres fracciones arancelarias de referencia.

    9. La descripción arancelaria de las fracciones 7229.20.01, 7229.90.99 y 8311.90.01 de la TIGIE, es la siguiente:

      Codificación arancelaria
      Descripción
      Capítulo 72
      Fundición, hierro y acero
      Partida 7229
      Alambre de los demás aceros aleados.
      Subpartida 7229.20
      - De acero silicomanganeso.
      Fracción 7229.20.01
      De acero silicomanganeso.
      Subpartida 7229.90
      - Los demás.
      Fracción 7229.90.99
      Los demás.
      Capítulo 83
      Manufacturas diversas de metal común
      Partida 8311
      Alambres, varillas, tubos, placas, electrodos y artículos similares, de metal común o de carburo metálico, recubiertos o rellenos de decapantes o de fundentes, para soldadura o depósito de metal o de carburo metálico; alambres y varillas, de polvo de metal común aglomerado, para la metalización por proyección.
      Subpartida 8311.90
      - Los demás.
      Fracción 8311.90.01
      De hierro o acero.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    10. De acuerdo con el SIAVI las importaciones que ingresan por las fracciones arancelarias 7229.20.01 y 7229.90.99 de la TIGIE quedaron libres de arancel a partir del 2 de enero de 2009. Por su parte, la fracción arancelaria 8311.90.01 de la TIGIE quedó libre de arancel a partir del 1 de enero de 2010, cualquiera que sea su origen.

    11. La unidad de medida en las operaciones comerciales y de importación es el kilogramo.

    12. Proceso productivo

    13. Las Solicitantes manifestaron que el principal insumo para la fabricación de microalambre para soldar es el alambrón de acero al carbono con contenido mínimo de silicio de 0.45% y de manganeso de 0.90%; otros insumos son: sulfato de cobre, ácido sulfúrico, agua, lubricantes, así como diversos materiales de empaque y trasporte. Asimismo, señalaron que el proceso de fabricación del producto objeto de investigación consta principalmente de las siguientes etapas:

      1. Inspección favorable de la composición química del alambrón y liberación de la materia prima.

      2. Decapado: Limpieza del alambre por medios mecánicos o químicos.

      3. Trefilado del acero (seco y/o húmedo) conforme a los distintos diámetros requeridos.

      4. Cobrizado: Consistente en el recubrimiento del alambre con cobre superficial (opcional).

      5. Embobinado en carretes o tambores.

    14. Normas

    15. Las Solicitantes indicaron que el microalambre para soldar se ofrece típicamente bajo el estándar de la norma AWS A5.18 (por sus siglas en inglés American Welding Society), que cataloga los distintos tipos de alambre para soldar y sus propiedades, pero también existen otras normas como la DIN (por sus siglas en alemán Deustches Institut für Normung) e ISO (por sus siglas en inglés International Standard Organization).

    16. Agregaron que en el ámbito nacional la norma NMX-H-097-CANACERO-2012 detalla la composición química y estándares permisibles de resistencia a la tensión, cedencia, elongación, impacto, entre otras propiedades físicas y mecánicas que deben cumplir los distintos tipos de microalambre para soldar que cataloga la citada norma.

    17. Usos y funciones

    18. Las Solicitantes manifestaron que la función esencial del microalambre para soldar es unir cualquier tipo de acero, ya sea láminas, placas y perfiles, entre otros, mediante la aplicación de un proceso de soldadura GMAW (por sus siglas en inglés de Gas Metal Arc Welding), también conocido como MIG (metal y gas inerte) o MAG (metal o gas activo).

    19. El microalambre para soldar se utiliza ampliamente en la industria metalmecánica, automotriz y de la construcción, asimismo, en la fabricación de equipos, estructuras, ensambles y reparación en materiales delgados.

    20. De acuerdo a la clasificación AWS, las designaciones de microalambre para soldar más comerciales son ER70S-3 y ER70S-6, entre sus usos se encuentran los siguientes:

      1. ER70S-3 es un material empleado para la soldadura de láminas, placas, perfiles y demás formas del material base en pasos sencillos o múltiples, también es usado en aquellos materiales ligeramente oxidados, con residuos de pintura, grasa, etc. Asimismo, es utilizado en la unión de cualquier tipo de acero al carbono comercial, igualmente, es usado ampliamente en la industria metalmecánica, automotriz y de la construcción, fabricación de equipos, estructuras, ensambles y reparación en materiales delgados, en general, en donde se requiere alta calidad de la soldadura, rapidez, limpieza y bajo costo de producción, y

      2. ER70S-6 es un material empleado para la soldadura de láminas, placas, perfiles y demás formas del material base en pasos sencillos o múltiples, además, es usado en aquellos materiales ligeramente oxidados, con residuos de pintura, grasa, etc., además, se utiliza en la unión de cualquier tipo de acero al carbono comercial, se emplea ampliamente en la fabricación de equipos, estructuras, ensambles y reparación en materiales delgados, en general, en donde se requiere alta calidad de la soldadura, rapidez, limpieza y bajo costo de producción.

  4. Partes interesadas

    1. Los posibles productores nacionales, importadores y exportadores que podrían tener interés en comparecer en la investigación, y de que tiene conocimiento la Secretaría son:

    2. Productores nacionales no...

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