Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de hule polibutadieno estireno en emulsión originarias de los Estados Unidos de América, República de Polonia, República de Corea y Japón, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición10 Agosto 2017
Fecha de publicación10 Agosto 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE HULE POLIBUTADIENO ESTIRENO EN EMULSIÓN ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, REPÚBLICA DE POLONIA, REPÚBLICA DE COREA Y JAPÓN, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 03/17 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 11 de abril de 2017 Industrias Negromex, S.A. de C.V. ("Negromex" o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de hule polibutadieno estireno en emulsión ("hule SBR"), incluidas las definitivas y temporales, así como las que ingresen al amparo de la Regla Octava de las complementarias ("Regla Octava") para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), originarias de los Estados Unidos de América ("Estados Unidos"), República de Polonia ("Polonia"), República de Corea ("Corea") y Japón, independientemente del país de procedencia.

    2. Negromex manifestó que durante el periodo comprendido del 1 de noviembre de 2015 al 31 de octubre de 2016, las importaciones de hule SBR originarias de Estados Unidos, Polonia, Corea y Japón ingresaron a México en condiciones de discriminación de precios, a un nivel que contrasta con el precio del hule SBR de fabricación nacional, causando daño a los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional.

    3. Propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de noviembre de 2015 al 31 de octubre de 2016 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de noviembre de 2013 al 31 de octubre de 2016.

  2. Solicitante

    1. Negromex es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Entre sus principales actividades se encuentra la fabricación de hule sintético y otras sustancias y productos químicos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Misantla No. 21, colonia Roma Sur, C.P. 06760, Ciudad de México.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. Negromex señaló que el producto objeto de investigación se refiere al hule SBR, cuyas composiciones de butadieno con estireno en distintas proporciones están dentro del rango de 22.5% a 62.5% de butadieno en peso, el cual se clasifica con las series 1500 (polímeros polimerizados en frío no extendidos), 1700 (polímeros fríos extendidos con aceite) y 1900 (alto estireno), conforme al sistema numérico del International Institute of Synthetic Rubber Producers (IISRP). Asimismo, indicó que dicha mercancía es conocida genéricamente y comercialmente como hule polibutadieno estireno, caucho estireno butadieno, caucho SBR o hule SBR en emulsión.

    3. Características

    4. Negromex señaló que el hule SBR es el caucho sintético más utilizado a nivel mundial y corresponde a un copolímero (polímero formado por la polimerización de una mezcla de dos o más monómeros) del Estireno y el 1,3-Butadieno. Asimismo, de acuerdo a los códigos del IISRP, los copolímeros de hule SBR se clasifican en las siguientes categorías:

      1. serie 1000: Copolímeros obtenidos por copolimerización en caliente;

      2. serie 1500: Copolímeros obtenidos por copolimerización en frío, cuyas propiedades dependen de la temperatura de reacción y del contenido de estireno y emulsificante. La variación de estos parámetros

        afecta el peso molecular y, por tanto, las propiedades de la mezcla vulcanizada;

      3. serie 1700: serie SBR 1500 extendida con aceite;

      4. series 1600 y 1800: Se mezcla negro de humo con goma SBR 1500 durante la producción, mediante la incorporación de una dispersión acuosa de negro de humo con el látex de SBR previamente extendido con aceite, para obtener una mezcla maestra cercana al producto final, luego de la coagulación y secado, y

      5. series 1900 o con alto contenido de estireno: Hule con alto contenido de estireno usado principalmente como reforzante en la industria del calzado.

    5. Al respecto, la Solicitante añadió que los hules SBR polimerizados en frío tienen menor cantidad de ramificaciones que los polimerizados en caliente, por lo que su procesamiento es mejor, principalmente en relación al bandeado en molinos y al encogimiento posterior al calandreado. Asimismo, comparados con otros polímeros, los hules SBR polimerizados en emulsión ofrecen las siguientes ventajas: buena resistencia a la abrasión, buenas propiedades físicas, resistencia al ozono, buena elasticidad y buenas propiedades de esfuerzo a la deformación.

    6. Asimismo, la Solicitante precisó que las principales características físicas y químicas del hule SBR son la viscosidad Mooney y la dureza (en el caso del hule SBR serie alto estireno), así como los contenidos de estireno y aceite (en el caso del hule SBR serie 1700) y presentó cuadros en los que se incluyen, tanto los parámetros específicos de cada uno de los tipos de producto objeto de investigación, como los rangos específicos para cada uno de los rubros, de cada uno de las series de hule SBR fabricados en los países investigados, así como copia de las hojas técnicas correspondientes, además del documento del IISRP.

    7. Tratamiento arancelario

    8. Negromex manifestó que el hule SBR ingresa por las fracciones arancelarias 4002.19.01, 4002.19.02, 4002.19.03 y 4002.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Descripción arancelaria
      Codificación arancelaria
      Descripción
      Capítulo 40
      Caucho y sus manufacturas.
      Partida 4002
      Caucho sintético y caucho facticio derivado de los aceites, en formas primarias o en placas, hojas o tiras; mezclas de productos de la partida 40.01 con los de esta partida, en formas primarias o en placas, hojas o tiras.
      -Caucho estireno-butadieno (SBR); caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR):
      Subpartida 4002.19
      --Los demás.
      Fracción 4002.19.01
      Poli (butadieno-estireno), con un contenido reaccionado de 90% a 97% de butadieno y de 10% a 3% respectivamente, de estireno.
      Fracción 4002.19.02
      Poli (butadieno-estireno), excepto lo comprendido en la fracción 4002.19.01.
      Fracción 4002.19.03
      Soluciones o dispersiones de poli (butadieno-estireno).
      Fracción 4002.19.99
      Los demás

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    9. La unidad de medida para las operaciones comerciales y para la TIGIE es el kilogramo.

    10. De acuerdo con el SIAVI, se observó que las fracciones arancelarias 4002.19.01, 4002.19.02, 4002.19.03 y 4002.19.99 de la TIGIE están sujetas a aranceles de 7%, 9%, 10% y 5%, respectivamente; mientras que las importaciones realizadas a través de dichas fracciones arancelarias provenientes de los países con los que México tiene acuerdos comerciales se encuentran exentas de arancel, salvo en el caso de Panamá, cuyas importaciones tienen un arancel de 4.9%, 6.3%, 7% y 4.2%, respectivamente.

    11. Proceso productivo

    12. Negromex señaló que dependiendo del producto final deseado, los principales insumos utilizados en la elaboración del hule SBR son estireno y butadieno para las series 1500 y alto estireno, mientras que en el caso de la serie 1700, también se incluye aceite. Asimismo, añadió que el proceso de producción del hule SBR es idéntico en todos los países donde se fabrica.

    13. La Solicitante señaló que el proceso de producción de hule SBR en forma continua comprende las siguientes fases:

      1. se carga el monómero butadieno estireno en una emulsión preparada o en una solución de ciclohexano y se deposita en reactores de polimerización, junto con agentes activadores, modificadores, un indicador y un catalizador;

      2. al término de esta reacción, se descargan los reactores en tanques de mezclado y esta emulsión (látex) se somete a coagulación, en donde se separan el agua y los grumos de hule;

      3. en el proceso de solución se recupera el solvente en varias etapas, y

      4. finalmente, los grumos resultantes se secan y se comprimen para darles su forma final en pacas, para envolverse y guardarse en cajas de cartón y de madera para su distribución final.

    14. Para sustentar lo anterior, Negromex presentó la descripción del proceso de fabricación de hule SBR y una ilustración del mismo, obtenidas de la publicación del IISRP, así como una descripción de su propio proceso de producción. Asimismo, reiteró que, debido a que el 80% de los productores a nivel mundial son miembros del IISRP, dicha información es representativa del proceso productivo de la mercancía objeto de investigación, independientemente del lugar en que se fabrique.

    15. La Solicitante señaló que el proceso productivo del hule SBR, al ser un commodity, es prácticamente el mismo para las series 1500, 1700 y alto estireno, ya que emplean los mismos insumos o materias primas (estireno y butadieno), y para obtener el hule SBR de la serie 1700 sólo se agrega al proceso un aditivo o aceite, o bien, una mayor cantidad de estireno para fabricar el hule SBR de la serie de alto estireno. Asimismo, indicó que no le es posible obtener el proceso de producción que específicamente tienen las empresas productoras y exportadoras domiciliadas en cada uno de los países investigados, porque ninguna de ellas lo da a conocer; sin embargo, al ser miembros del IISRP, las empresas de los países miembros reconocen seguir el mismo proceso...

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