Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de productos planos de acero inoxidable originarias de la República Popular China y del Taipéi Chino, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición05 Abril 2019
Fecha de publicación05 Abril 2019
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE PRODUCTOS PLANOS DE ACERO INOXIDABLE ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA Y DEL TAIPÉI CHINO, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 02/19 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 31 de enero de 2019 Outokumpu Mexinox, S.A. de C.V. (OTK o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de productos planos de acero inoxidable laminados en frío, incluidas las definitivas y temporales, así como las que ingresan al amparo de la Regla Octava de las complementarias ("Regla Octava") para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), originarias de la República Popular China ("China") y del Taipéi Chino ("Taiwán"), independientemente del país de procedencia.

    2. La Solicitante manifestó que las importaciones de productos planos de acero inoxidable laminados en frío originarios de China y Taiwán, en condiciones de discriminación de precios, aumentaron significativamente en términos absolutos y relativos, cuyos precios muestran una tendencia a la baja, provocando una contención de los precios internos, lo que causó efectos negativos en sus volúmenes de producción y, por ende, una disminución de sus ventas y pérdidas de empleos, causando daño material a la producción nacional.

    3. Propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de octubre de 2017 al 30 de septiembre de 2018, y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2018.

  2. Solicitante

    1. OTK es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal giro es la fabricación y comercialización de acero inoxidable. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Insurgentes Sur No. 1898, Edificio Torre Siglum, piso 14, despacho 1421, Col. Florida, C.P. 01020, Ciudad de México.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. La Solicitante señaló que el producto objeto de investigación son los productos planos de acero inoxidable laminados en frío, resistentes al calor y a la corrosión, de anchura superior o igual a 600 milímetros (mm) y espesor entre 0.3 mm y 1 mm, y de anchura inferior a 600 mm y espesor entre 0.3 mm y 4.0 mm. Este producto se comercializa en forma de bobinas, rollos, flejes, cintas, hojas y chapas, entre otras.

    3. Características

    4. OTK indicó que las características esenciales que permiten identificar al producto objeto de investigación son: el material (acero inoxidable), el proceso productivo (laminados en frío), así como la anchura y espesor señalados en el punto anterior. Otra característica no esencial es el acabado, que puede ser opaco (2D) o brillante (2B).

    5. En cuanto a la composición química del producto objeto de investigación, OKT señaló que tienen un contenido de hasta 1.1% de carbono, entre 10.5% y 26% de cromo y entre 2.5% y 22% de níquel. Se fabrica en grados de acero 200, 300 y 400; las dos primeras series corresponden a aceros inoxidables austeníticos, mientras que la serie 400 corresponde a aceros inoxidables ferríticos y martensíticos.

    6. Tratamiento arancelario

    7. OTK indicó que el producto objeto de investigación ingresa a través de las fracciones arancelarias 7219.34.01, 7219.35.01 y 7220.20.02 de la TIGIE, cuya descripción es la siguiente:

      Codificación
      arancelaria
      Descripción
      Capítulo 72
      Fundición, hierro y acero.
      Partida 7219
      Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura superior o igual a 600 mm.
      - Simplemente laminados en frío:
      Subpartida 7219.34
      -- De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
      Fracción 7219.34.01
      De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm.
      Subpartida 7219.35
      -- De espesor inferior a 0.5 mm.
      Fracción 7219.35.01
      De espesor igual o superior a 0.3 mm.
      Partida 7220
      Productos laminados planos de acero inoxidable, de anchura inferior a 600 mm.
      Subpartida 7220.20
      - Simplemente laminados en frío.
      Fracción 7220.20.02
      Con espesor igual o superior a 0.3 mm, sin exceder de 4.0 mm, excepto lo comprendido en la fracción 7220.20.01.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI)

    8. La unidad de medida en la TIGIE es el kilogramo, aunque las operaciones comerciales normalmente se efectúan en toneladas métricas.

    9. De acuerdo con el SIAVI, conforme al Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicado en el DOF el 5 de junio de 2018, las importaciones que ingresan por la fracción arancelaria 7219.34.01, estuvieron sujetas a un arancel ad valorem de 15% entre el 5 de junio de 2018 y el 31 de enero de 2019. Las importaciones que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7219.35.01 y 7220.20.02 de la TIGIE quedaron libres de arancel a partir del 1 de enero de 2012.

    10. OTK manifestó que también se realizan importaciones del producto objeto de investigación al amparo de la Regla Octava, a través del capítulo 98 (Operaciones Especiales), por las fracciones arancelarias 9802.00.01 (Industria Eléctrica), 9802.00.02 (Industria Electrónica), 9802.00.03 (Industria del Mueble), 9802.00.07 (Industria de Bienes de Capital), 9802.00.10 (Industrias Diversas), 9802.00.13 (Industria Siderúrgica) y 9802.00.19 (Industria Automotriz y de Autopartes) de la TIGIE.

    11. Proceso productivo

    12. OTK manifestó que los principales insumos para la fabricación del producto objeto de investigación son bobinas de acero inoxidable laminadas en caliente, electricidad, gas natural y materiales de empaque. Explicó que su proceso de fabricación es similar en todo el mundo y consta básicamente de las siguientes etapas:

      1. recocido de materia prima: consiste en dar un tratamiento térmico a la materia prima con el objeto de regenerar y homogenizar la estructura metalográfica, incrementando la temperatura del material por un periodo de tiempo; este proceso puede realizarse en equipos de diferentes tecnologías y/o fabricantes;

      2. laminación en frío: consiste en reducir el espesor de la lámina uniformemente en toda la sección transversal o ancho del material hasta obtener el espesor requerido o solicitado. Este proceso se puede llevar a cabo por medio de un molino de laminación continua (tándem) o un molino de laminación reversible. Al reducir el espesor del material la microestructura es deformada y, por lo tanto, sus propiedades físicas y mecánicas deberán de ser restructuradas para procesos subsecuentes; este proceso también puede realizarse en equipos de diferentes tecnologías y/o fabricantes;

      3. recocido de material en proceso o recocido final: este proceso consiste en restituir la microestructura deformada por la laminación en frío, regenerando las características mecánicas del material por medio de un tratamiento térmico que se lleva a cabo dentro de un horno donde se somete al material a cierta temperatura y a cierta velocidad;

      4. decapado final: consiste en la limpieza del material por medio de soluciones ácidas y un proceso

        electrolítico para la remoción de impurezas que se pudieran tener;

      5. tren de temple o skin pass: el objetivo es el de mejorar las características mecánicas del material, así como su calidad superficial;

      6. pulido o satinado: es el proceso mecánico por el cual se imprime el acabado conocido como pulido o satinado mediante el desgaste de lámina de acero inoxidable con bandas abrasivas;

      7. finalmente se realizan cortes longitudinales y transversales para obtener el ancho y longitud deseada del producto, y

      8. se empaca para proteger el producto final en sus diferentes presentaciones como son rollos, bandas angostas y hojas.

    13. OTK explicó que algunos fabricantes de productos planos de acero inoxidable cuentan con un proceso de producción verticalmente integrado, que va desde el proceso de fundición del coque (materia prima con la que se obtiene la bobina laminada en caliente) hasta el producto objeto de investigación, como es el caso de Baosteel Stainless Steel Co. Ltd. ("Baosteel"). No obstante, el proceso productivo de los productos planos de acero inoxidable comienza con la bobina de acero inoxidable laminada en caliente.

    14. Normas

    15. OTK manifestó que los productos planos de acero inoxidable laminados en frío se fabrican bajo especificaciones de las normas internacionales de la Sociedad Americana para Pruebas y Materiales (ASTM, por las siglas en inglés de American Society for Testing Materials), en particular, las normas ASTM A240/A240M, A480/A480M y A666. Dichas normas indican los contenidos mínimos en peso de ciertos elementos químicos.

    16. OTK explicó que las designaciones, grados o aleaciones pueden ser identificados por los diferentes molinos de acuerdo a diversas normas internacionales. Ya sea bajo ASTM/ASME, la Organización Internacional de Normalización (ISO, por las siglas en inglés de International Organization for Standardization), el Instituto Americano del Hierro y el Acero (AISI, por las siglas en inglés de American Iron and Steel Institute) de los Estados Unidos, las Normas Industriales de Japón (JIS, por las siglas en inglés de Japan Industrial Standards), del Comité Europeo de...

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