Resolución de la Comisión Reguladora de Energía que determina la Zona Metropolitana de Mérida, en el Estado de Yucatán, como zona geográfica para fines de distribución de gas natural.

Fecha de disposición11 Julio 2017
Fecha de publicación11 Julio 2017
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía. RESOLUCIÓN Núm. RES/1200/2017

RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA QUE DETERMINA LA ZONA METROPOLITANA DE MÉRIDA, EN EL ESTADO DE YUCATÁN, COMO ZONA GEOGRÁFICA PARA FINES DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL

RESULTANDO

Primero. Que el 27 de septiembre de 1996 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (el DOF) la Directiva sobre la determinación de las zonas geográficas para fines de distribución de gas natural DIR-GAS-003-96 (la Directiva de Zonas Geográficas).

Segundo. Que, mediante oficio 007/2002 del 14 de enero de 2002, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal comunicó a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), con copia a la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión), el criterio a seguir respecto de las resoluciones por las que se determinan zonas geográficas para la distribución de gas natural, señalando que las mismas no requieren manifestación de impacto regulatorio y que su publicación en el DOF procede conforme a lo establecido en la Directiva de Zonas Geográficas.

Tercero. Que el 11 de agosto de 2014, se publicó en el DOF la Ley de Hidrocarburos (LH) y el 31 de octubre de 2014 se publicó en el mismo medio de difusión oficial el Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento).

Cuarto. Que, mediante escrito de 5 de diciembre de 2016, Gas Natural México, S. A. de C. V. (GNM), presentó en términos del Capítulo 5 de la Directiva de Zonas Geográficas, una manifestación de interés a fin de que la Comisión determine la zona metropolitana de Mérida como una zona geográfica con fines de distribución de gas natural, y una vez determinada, GNM manifiesta su intención de solicitar un permiso de distribución de acceso abierto de gas natural.

Quinto. Que la Comisión, mediante oficio SE/CGGN/48276/2016 de 19 de diciembre de 2016, y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 81 fracción V de la LH, solicitó a la Secretaría de Energía (Sener) su opinión respecto a la determinación de la zona metropolitana de Mérida como zona geográfica con fines de distribución de gas natural.

Sexto. Que mediante el oficio 530.UTPI.027/2017, recibido en la Comisión el 16 de febrero de 2017, la Sener emitió su opinión favorable respecto a la determinación de la zona metropolitana de Mérida como zona geográfica con fines de distribución de gas natural, manifestando lo siguiente:

En tal virtud, se considera que la determinación de las ZG de distribución de gas natural propuestas, en un régimen de reserva de capacidad, se alinean con los objetivos de la Reforma Constitucional en Materia Energética aprobada por el Congreso de la Unión en diciembre de 2013 al promover la distribución de gas natural, brindar acceso a los usuarios finales a un combustible menos contaminante a precios accesibles y favorecer las condiciones de un suministro confiable y oportuno, aprovechando la infraestructura de transporte y dotando a la región de seguridad energética en materia de sustentabilidad.

...

Séptimo. Que mediante los oficios SE/CGGN/19343/2017, SE/CGGN/19349/2017, SE/CGGN/19346/2017, SE/CGGN/19344/2017...

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