Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada Cambio Democrático Nacional.

Fecha de disposición29 Agosto 2017
Fecha de publicación29 Agosto 2017
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG319/2017. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN POLÍTICA NACIONAL DENOMINADA "CAMBIO DEMOCRÁTICO NACIONAL"

ANTECEDENTES

  1. En sesión extraordinaria celebrada el doce de mayo de dos mil cinco, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral, otorgó a la asociación denominada "Cambio Democrático Nacional" registro como Agrupación Política Nacional, en adelante "CADENA".

  2. El treinta de noviembre siguiente, en sesión ordinaria, el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral aprobó diversas modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada "CADENA".

  3. El veintiocho de abril de dos mil diecisiete, se celebró la Asamblea Nacional Extraordinaria de "CADENA", en la cual, entre otras cosas, se aprobaron diversas modificaciones a sus Estatutos.

  4. Mediante escrito recibido el once de mayo del año en curso, en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el C. Isidro Méndez Martínez, Presidente de "CADENA", informó a esta autoridad electoral, de la modificación a los Estatutos de la citada Agrupación Política Nacional.

  5. Con fechas veintidós y treinta y uno de mayo y quince de junio del año en curso, en alcance al escrito recibido el día once, fueron recibidos en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, tres escritos signados por el C. Isidro Méndez Martínez, Presidente de "CADENA", con diversa documentación relativa a la modificación de sus Estatutos.

  6. En sesión extraordinaria privada efectuada el cinco de julio de dos mil diecisiete, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General, conoció el AnteProyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada "Cambio Democrático Nacional".

Al tenor de los antecedentes que preceden; y

CONSIDERANDO

  1. El artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 29, párrafo 1; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establecen que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene como función estatal la organización de las elecciones, es autoridad en la materia y sus actividades se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

  2. El artículo 44, párrafo 1, inciso j), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales determina que es atribución del Consejo General vigilar que las Agrupaciones Políticas Nacionales cumplan con las obligaciones a que están sujetas y que sus actividades se desarrollen con apego a la citada ley y a la Ley General de Partidos Políticos.

  3. Los días once, veintidós y treinta y uno de mayo y quince de junio del año en curso, "CADENA", por conducto de su Presidente, remitió diversa documentación soporte con la que se pretende acreditar que la Asamblea Nacional Extraordinaria, en la cual se aprobaron diversas modificaciones a sus Estatutos, fue realizada conforme a su normativa estatutaria. La documentación entregada se detalla a continuación:

    1. Original de convocatorias y acta firmada por los asistentes a la sesión del Comité Nacional de fecha cuatro de enero de dos mil diecisiete.

    2. Original de Convocatoria para la Asamblea Nacional Extraordinaria, de fecha trece de marzo de dos mil diecisiete, emitida por el Comité Nacional y de los avisos de publicación y retiro de

      estrados.

    3. Original del Acta de la Asamblea Nacional Extraordinaria de fecha veintiocho de abril de dos mil diecisiete.

    4. Original de lista de asistencia del Comité Nacional de la citada Asamblea Nacional Extraordinaria de fecha veintiocho de abril de dos mil diecisiete.

    5. Dieciséis originales de listas de asistencia de los Comités Estatales y Delegados que asistieron a la citada Asamblea Nacional Extraordinaria de fecha veintiocho de abril de dos mil diecisiete.

    6. Copias simples de las Credenciales de Elector de los integrantes del Comité Nacional.

    7. Convocatoria, Actas de publicación de Convocatoria, Acta de Asamblea, Lista de Asistencia, Copia de Credenciales de Elector de los integrantes de los Comités Estatales y Actas de retiro de Convocatoria...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR