Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de registro del Convenio de la Coalición para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a Senadores por el principio de mayoría relativa y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a Diputados por el principio de mayoría relativa, presentado por el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido Político Nacional denominado Nueva Alianza, para contender bajo esa modalidad en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

Fecha de disposición26 Enero 2018
Fecha de publicación26 Enero 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG07/2018. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE LA COALICIÓN PARA POSTULAR CANDIDATURA A PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; PARCIAL PARA POSTULAR TREINTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y FLEXIBLE PARA POSTULAR CIENTO TREINTA Y TRES FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PRESENTADO POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO Y EL PARTIDO POLÍTICO NACIONAL DENOMINADO NUEVA ALIANZA, PARA CONTENDER BAJO ESA MODALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018

ANTECEDENTES

  1. Los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y el Partido Político Nacional denominado Nueva Alianza (en adelante Nueva Alianza) se encuentran en pleno goce de sus derechos y sujetos a las obligaciones previstas en Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en la Ley General de Partidos Políticos.

  2. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, en sesión extraordinaria, se aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se establece el periodo de precampañas para el Proceso Electoral Federal 2017-2018, así como diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con las mismas", identificado con la clave INE/CG427/2017, el cual fue publicado el veintinueve de septiembre del mismo año en el Diario Oficial de la Federación.

  3. El treinta de octubre de dos mil diecisiete, en sesión ordinaria, fue aprobado el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se aprueba el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de senadores y de diputados por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave INE/CG504/2017, publicado el veinticuatro de noviembre del mismo año en el Diario Oficial de la Federación. En lo sucesivo, a dicho instrumento se denominará el Instructivo.

  4. A través de escrito de catorce de diciembre de dos mil diecisiete, presentado en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, solicitaron el registro del convenio de coalición para postular candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, parcial para postular treinta y dos fórmulas de candidaturas a senadores y flexible para postular ciento treinta y tres fórmulas de candidaturas a diputados, en ambas elecciones por el principio de mayoría relativa, y presentaron la documentación respectiva a su aprobación.

  5. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3930/2017, y una tarjeta ejecutiva, ambas de quince de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos y la Directora de Partidos Políticos y Financiamiento, respectivamente, remitieron al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización y al Director de Pautado, Producción y Distribución, el convenio de coalición suscrito entre los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para que fuera analizado en el ámbito de su respectiva competencia.

  6. Los días quince y dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete se recibieron en la Dirección

    Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la tarjeta No. 118 y los oficios INE/UTF/DA-F/19248/17 e INE/UTF/DA-F/19280/17, signados, respectivamente, por el Director de Pautado, Producción y Distribución y por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización, en los cuales comunican el resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición relacionadas con su correspondiente ámbito de atribuciones.

  7. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3954/2017, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó su apoyo al Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización, con la finalidad de saber si el nombre de la coalición "Meade ciudadano por México", podría tener algún efecto en la propaganda electoral respecto al prorrateo de gastos o a algún otro precepto establecido en el Reglamento de Fiscalización.

  8. El diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el oficio Núm. INE/UTF/DA-F/19428/17, signado por el Director General de la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización, mediante el cual da respuesta a la citada consulta en el antecedente VII de la presente Resolución.

  9. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3965/2017, el diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, comunicó el resultado de la revisión del convenio de coalición y requirió a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, para subsanar diversas observaciones.

  10. El veinte de diciembre de dos mil diecisiete fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3965/2017.

  11. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4030/2017, el veinte de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, precisar la forma en que será distribuida la prerrogativa de acceso a tiempo en radio y televisión.

  12. El veinte de diciembre de dos mil diecisiete fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4030/2017.

  13. Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4093/2017, el veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, solicitó a los órganos directivos competentes de los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de sus respectivos representantes propietarios ante el Consejo General, designar a un responsable de la rendición de cuentas, y realizó diversas observaciones respecto a la denominación de la coalición en comento.

  14. El tres de enero del presente año fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos escrito mediante el cual los Representantes Propietarios ante el Consejo General de este Instituto del Partido Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza desahogaron las observaciones del convenio de coalición, en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/4093/2017.

  15. A través del oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0019/2018, de tres de enero del presente año, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos remitió al Presidente del Consejo General el anteproyecto de Resolución respecto de la solicitud del registro del convenio de coalición que nos ocupa, para los efectos señalados en el artículo 92, párrafos 2 y 3 de la Ley General de Partidos Políticos.

  16. El tres de enero del año en curso, mediante oficio INE/PC/003/2018, el Presidente del Consejo General de esta autoridad electoral administrativa instruyó al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos hacer del conocimiento de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos el anteproyecto en cita, con la finalidad de que en su oportunidad, fuera sometido a consideración del órgano superior de dirección.

  17. En sesión extraordinaria privada efectuada el cuatro de enero del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral conoció el anteproyecto de Resolución respecto de la solicitud de registro del convenio de coalición parcial presentado por los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, para contender en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

    Al tenor de los Antecedentes que preceden; y

    CONSIDERANDO

    1. Los artículos 9 y 41, párrafo segundo, Base I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relacionados con lo señalado en los artículos 23, párrafo 1, inciso f); 85, párrafo 2, así como 87 de la Ley General de Partidos Políticos, constituye un derecho de las entidades de interés público formar coaliciones para postular candidatos en las Elecciones Federales.

    2. El esquema institucional para actuar políticamente y participar en procesos electorales para elegir a gobernantes dentro de los marcos legales está basado en el sistema de partidos y, desde la reforma de 2014 cuenta también con...

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