Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios y Estatutos de la agrupación política nacional denominada Confío en México, en cumplimiento a la Resolución INE/ CG112/2017.

Fecha de disposición01 Febrero 2018
Fecha de publicación01 Febrero 2018
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónSEGUNDA. Organismos Autonomos

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG631/2017. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LA DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y ESTATUTOS DE LA AGRUPACIÓN POLÍTICA NACIONAL DENOMINADA "CONFÍO EN MÉXICO", EN CUMPLIMIENTO A LA RESOLUCIÓN INE/CG112/2017

ANTECEDENTES

  1. El treinta y uno de enero de dos mil diecisiete, ante la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la asociación denominada "Confío en México", bajo protesta de decir verdad, presentó su solicitud y documentación para acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en la legislación aplicable para obtener su registro como Agrupación Política Nacional.

  2. En sesión extraordinaria celebrada el dieciocho de abril del año en curso, mediante Resolución INE/CG112/2017, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, otorgó a la asociación denominada "Confío en México" registro como Agrupación Política Nacional, en los términos siguientes:

    "RESOLUCIÓN

    PRIMERO. Procede el otorgamiento del registro como Agrupación Política Nacional, a la asociación denominada "Confío en México", bajo la denominación "Confío en México" en los términos de los considerandos de esta Resolución, toda vez que cumple con lo dispuesto por el artículo 22, párrafo 1, incisos a) y b) de la LGPP.

    SEGUNDO. Comuníquese a la Agrupación Política Nacional "Confío en México", que deberá realizar las reformas a su Declaración de Principios y a sus Estatutos y a fin de cumplir cabalmente con los extremos establecidos por el numeral 15 de "EL INSTRUCTIVO" en términos de lo señalado en el considerando 27 de la presente Resolución, a más tardar el treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete. Las modificaciones deberán hacerse del conocimiento de este Consejo General en el término establecido por el artículo 4, del Reglamento sobre modificaciones a Documentos Básicos, Registro de integrantes de órganos directivos y cambio de domicilio de Agrupaciones Políticas y Partidos Políticos Nacionales; así como respecto al registro de Reglamentos internos de éstos últimos y la acreditación de sus representantes ante los Consejos del Instituto Nacional Electoral, para que, previa resolución de procedencia sean agregados al expediente respectivo.

    TERCERO. Se apercibe a la Agrupación Política Nacional denominada "Confío en México", que en caso de no cumplir en sus términos con lo señalado en el Punto Resolutivo Segundo de la presente Resolución, el Consejo General de este Instituto, procederá a resolver sobre la pérdida del registro como Agrupación Política Nacional, previa audiencia en la que la interesada será oída en su defensa en términos de lo preceptuado por el artículo 22, párrafo 9, incisos e) y f), de la LGPP en relación con el artículo 48, párrafo 1, inciso j) de la LGIPE.

    (...)"

  3. El día quince de julio del presente año, la Agrupación Política Nacional denominada "Confío en México", celebró su Asamblea Nacional Extraordinaria en la que fueron aprobadas, entre otros asuntos, las modificaciones a su Declaración de Principios y Estatutos, en cumplimiento a la Resolución identificada con el número INE/CG112/2017, emitida por el Consejo General de este Instituto el dieciocho de abril de dos mil diecisiete.

  4. Mediante escrito identificado con la clave APN/CEN/002/2017, recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el día treinta y uno de agosto del año en curso, la Agrupación Política Nacional "Confío en México", a través de los CC. Salvador Cosío Gaona y Martín López Cedillo, Presidente y Secretario General respectivamente, comunicaron a este Instituto, entre otros asuntos, la celebración de su Asamblea Nacional con carácter de Extraordinaria, en la cual realizaron modificaciones a la Declaración de Principios y Estatutos que norman a dicha Agrupación y remitieron documentación diversa.

  5. Mediante oficios identificados con las claves INE/DEPPP/DE/DPPF/2357/2017 e INE/DEPPP/DE/DPPF/2358/2017 de fecha doce de septiembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos informó al Presidente de la Agrupación "Confío en México", acerca de algunas omisiones detectadas en la documentación remitida.

  6. Mediante escrito identificado con la clave APN/CEN/003/2017 recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el día veintiocho de septiembre del año en curso, la Agrupación Política Nacional "Confío en México", a través de los CC. Salvador Cosío Gaona y Martín López Cedillo, Presidente y Secretario General, respectivamente, de la Agrupación en comento, remitió diversa documentación.

  7. Mediante oficios identificados con las claves INE/DEPPP/DE/DPPF/2685/2017 e INE/DEPPP/DE/DPPF/2687/2017 de fecha cinco de octubre del presente año, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos informó al Presidente de la Agrupación "Confío en México", acerca de algunas omisiones detectadas en la documentación remitida.

  8. Mediante escrito identificado con la clave APN/CEN/004/2017 recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el día dieciocho de octubre del año en curso, la Agrupación Política Nacional "Confío en México", a través de los CC. Salvador Cosío Gaona y Martín López Cedillo, Presidente y Secretario General, respectivamente, de la Agrupación mencionada, remitió diversa documentación.

  9. Los días siete y veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete, en alcance al escrito de clave APN/CEN/004/207, el C. Martín López Cedillo, Secretario General de la Agrupación "Confío en México" remitió diversa documentación respecto a la celebración de su Segunda Asamblea Nacional con carácter de Extraordinaria para dar soporte a las modificaciones realizadas en ella a su Declaración de Principios y Estatutos.

  10. La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, a través de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, integró el expediente con la documentación presentada por la Agrupación Política Nacional denominada "Confío en México", a efecto de realizar el análisis del cumplimiento a lo determinado en la Resolución precisada en el Antecedente II, de la presente Resolución.

  11. En sesión extraordinaria privada efectuada el veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, conoció el Anteproyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a la Declaración de Principios y a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada "Confío en México", en cumplimiento a la Resolución INE/CG112/2017.

    Al tenor de los antecedentes que preceden; y

    CONSIDERANDO

    1. El artículo 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 29, párrafo 1; 30, párrafo 2 y 31, párrafo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establecen que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene como función estatal la organización de las elecciones, es autoridad en la materia y sus actividades se rigen por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

    2. El artículo 44, párrafo 1, inciso j), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales determina que es atribución del Consejo General vigilar que las Agrupaciones Políticas Nacionales cumplan con las obligaciones a que están sujetas y que sus actividades se desarrollen con apego a la citada ley y a la Ley General de Partidos Políticos.

    3. Que el artículo 22, párrafo 1, inciso b) de la Ley General de Partidos Políticos establece que para obtener registro como Agrupación Política Nacional se deberá acreditar contar con documentos básicos.

    4. Que el Punto SEGUNDO de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la solicitud de registro como Agrupación Política Nacional de la asociación denominada "Confío en México" aprobada en sesión extraordinaria celebrada el dieciocho de abril del año en curso, estableció que la agrupación deberá:

      "(...)

      Realizar las reformas a su Declaración de Principios y a sus Estatutos y a fin de cumplir cabalmente con los extremos establecidos por el numeral 15 de "EL INSTRUCTIVO" en términos de lo señalado en el considerando 27 de la presente Resolución, a más tardar el treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete. Las modificaciones deberán hacerse del conocimiento de este Consejo General en el término establecido por el artículo 4, del Reglamento sobre modificaciones a Documentos Básicos, Registro de integrantes de

      órganos directivos y cambio de domicilio de Agrupaciones Políticas y Partidos Políticos Nacionales; así como respecto al registro de Reglamentos internos de éstos últimos y la acreditación de sus representantes ante los Consejos del Instituto Nacional Electoral, para que, previa resolución de procedencia sean agregados al expediente respectivo."

    5. Que el treinta y uno de agosto del año en curso, fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, escrito identificado con la clave APN/CEN/002/2017 suscrito por los CC. Salvador Cosío Gaona y Martín López Cedillo, Presidente y Secretario General, respectivamente, de la Agrupación en comento, mediante el cual se informa a esta autoridad...

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