Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos del Partido Revolucionario Institucional.
Edición | Matutina |
Emisor | Instituto Nacional Electoral |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Consejo General.- INE/CG280/2020. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
ÍNDICE
GLOSARIO
ANTECEDENTES
CONSIDERACIONES
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Marco Convencional, Constitucional, Legal y Normativo interno
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Competencia del Consejo General del INE
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Comunicación de las modificaciones estatutarias al INE
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Plazo para emitir la resolución
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Normatividad partidista aplicable
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Aspectos controvertidos en los escritos de inconformidad
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Análisis de la procedencia constitucional y legal de las modificaciones estatutarias presentadas
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Verificación del cumplimiento al procedimiento estatutario para la aprobación de las modificaciones
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Análisis del contenido de las modificaciones a efecto de verificar su apego a los principios democráticos establecidos en la Constitución y en la LGPP
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Conclusión General de los Apartados A y B
RESOLUCIÓN
GLOSARIO
Asamblea NacionalAsamblea Nacional, órgano supremo del Partido Revolucionario InstitucionalCPPPComisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional ElectoralComisión de JusticiaComisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario InstitucionalComisiónComisión Temática y de Dictamen de Fortalecimiento de la Ideología Partidista, del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario InstitucionalCENComité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario InstitucionalCPNConsejo Político Nacional del Partido Revolucionario InstitucionalRepresentante del PRIRepresentante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General del Instituto Nacional ElectoralCovid-19Virus SARS-CoV2 (COVID-19)DecretoDecreto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, de trece de abril de dos mil veinte, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades AdministrativasDEPPPDirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional ElectoralDOFDiario Oficial de la FederaciónEstatutosEstatutos del Partido Revolucionario InstitucionalIFEInstituto Federal ElectoralINEInstituto Nacional ElectoralJGEJunta General Ejecutiva del Instituto Nacional ElectoralLGIPEPPNPartido(s) Político(s) Nacional(es)PRIPartido Revolucionario InstitucionalPEFProceso Electoral FederalReglamento del CPNReglamento del Consejo Político Nacional del Partido Revolucionario InstitucionalReglamentoReglamento sobre modificaciones a documentos básicos, registro de integrantes de órganos directivos y cambio de domicilio de agrupaciones y Partidos Políticos Nacionales; así como respecto al registro de Reglamentos internos de estos últimos y la acreditación de sus representantes ante los Consejos del Instituto Nacional ElectoralSala SuperiorSala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciónSecretario EjecutivoSecretario Ejecutivo del Instituto Nacional ElectoralSCJNSuprema Corte de Justicia de la NaciónTEPJFTribunal Electoral del Poder Judicial de la FederaciónViolencia política contra las mujeres en razón de géneroEs toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipoANTECEDENTES
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Modificaciones previas a los documentos básicos del PRI. En las siguientes sesiones, el Consejo General del otrora IFE, así como del Instituto Nacional Electoral (con posterioridad INE), aprobó diversas modificaciones a los Documentos Básicos del PRI:
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Fecha
Resolución
1
22 ene 1991
punto 6.1*
2
08 jun 1993
punto 4.1 *
3
08 nov 1993
punto 4 *
4
10 oct 1996
punto 6.3 *
5
22 nov 1996
punto 5.1 *
6
29 abr 1998
punto 13.1 *
7
23 jul 1998
punto 8 *
8
30 jun 1999
CG75/1999
9
21 may 2001
CG62/2001
10
12 dic 2001
CG113/2001
11
31 may 2005
CG136/2005
12
18 abr 2007
CG79/2007
13
29 oct 2008
CG511/08
14
29 ene 2010
CG18/2010
15
02 mar 2011
CG66/11
16
08 may 2013
CG114/2013
17
15 oct 2014
INE/CG205/2014
18
08 sep 2017
INE/CG428/2017
*Sin número de acuerdo, por lo que cita el punto del orden del día de la sesión respectiva.
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Derechos y obligaciones del PPN. El PRI se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeto a las obligaciones previstas en la Constitución, LGIPE, LGPP y demás normativa aplicable.
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Declaración de pandemia. El once de marzo de dos mil veinte, la Organización Mundial de la Salud calificó como pandemia el brote de coronavirus Covid-19, por la cantidad de casos de contagio y de países involucrados, y emitió una serie de recomendaciones para su control.
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Medidas preventivas dictadas por el Secretario Ejecutivo. El trece de marzo de dos mil veinte, el Secretario Ejecutivo, mediante comunicado oficial, dio a conocer la implementación de diversas medidas de prevención, información y orientación a fin de mitigar el riesgo de contagio entre personal del Instituto por el COvid-19.
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Medidas preventivas y de actuación dictadas por la JGE. El diecisiete de marzo de dos mil veinte, la JGE aprobó mediante Acuerdo INE/JGE34/2020, las medidas preventivas y de actuación, con motivo de la pandemia causada por el Covid-19.
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Reconocimiento de la epidemia de enfermedad por el Covid-19. El veintitrés de marzo de dos mil veinte, se publicó en la edición vespertina del DOF el Acuerdo mediante el cual el Consejo de Salubridad General reconoce la epidemia de enfermedad por el Covid-19 en México, como una enfermedad grave de atención prioritaria, así como el establecimiento de las actividades de preparación y respuesta ante dicha epidemia.
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Declaración de Fase 2 de la pandemia. Con base en la declaración de la Organización Mundial de la Salud, el veinticuatro de marzo de dos mil veinte, el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Secretaría de Salud, declaró el inicio de la Fase 2 por la pandemia del Covid-19, que implica que existe contagio local, al contrario de la Fase 1 que consiste únicamente en casos importados.
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Medidas preventivas emitidas por la Secretaría de Salud. El veinticuatro de marzo de dos mil veinte, se publicaron en el DOF el Acuerdo por el que la Secretaría de Salud establece las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el Covid-19; así como el Decreto del Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, por el que sanciona dicho Acuerdo.
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Suspensión de plazos inherentes a la función electoral. El veintisiete de marzo de dos mil veinte, este Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG82/2020 por el que se determina, como medida extraordinaria, la suspensión de plazos inherentes a las actividades de la función electoral, con motivo de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia del Covid-19, entre ellas la inscripción de órganos directivos y revisión de documentos básicos y Reglamentos de partidos políticos.
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Declaratoria de emergencia sanitaria. El treinta de marzo de dos mil veinte, en la edición vespertina del DOF, se publicó el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y establece que la Secretaría de Salud determinará todas las acciones que resulten necesarias para atenderla.
El treinta y uno de marzo de dos mil veinte, también se publicaron en la edición vespertina del
DOF las medidas determinadas por la Secretaría de Salud, que como acción extraordinaria para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, deberán implementar los sectores público, social y privado.
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Reforma y adiciones legales en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género. El trece de abril de dos mil veinte, fue publicado en la edición vespertina del DOF el "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y...
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