Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición24 Noviembre 2017
Fecha de publicación24 Noviembre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA EL INICIO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE AMOXICILINA TRIHIDRATADA ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo E.C. 17/17 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución final de la investigación antidumping y antisubvención

    1. El 27 de noviembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping y antisubvención sobre las importaciones de amoxicilina trihidratada, originarias de la República de la India ("India"), independientemente del país de procedencia. Mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 64.9%.

  2. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 25 de noviembre de 2016 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias. Por este medio se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó a la amoxicilina trihidratada originaria de India, objeto de este examen.

  3. Manifestación de interés

    1. El 19 de octubre de 2017 Fersinsa GB, S.A. de C.V. ("Fersinsa"), manifestó su interés en que la Secretaría inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de amoxicilina trihidratada originarias de India. Propuso como periodo de examen el comprendido del 1 de enero al 30 de septiembre de 2017.

    2. Fersinsa es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su actividad principal consiste en fabricar todo tipo de productos químicos, biológicos y médicos, incluida la amoxicilina trihidratada. Para acreditar su calidad de productor nacional de amoxicilina trihidratada, presentó una carta de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación del 22 de junio de 2017. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Paseo de la Reforma No. 505, Piso 28, Col. Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.

  4. Producto objeto de examen

    1. Descripción del producto

    2. La amoxicilina trihidratada es un antibiótico semisintético derivado de la penicilina (se trata de una amino penicilina) que actúa contra microorganismos. Tiene un espectro de actividad antibacteriana superior al de la penicilina.

    3. El nombre técnico de la amoxicilina trihidratada es [2S-[2cL, 5cL, 6bS*)]]-6-(4.hydroxyfenil) acetil] aminof.3, 3. dimetil-7-oxo-4-thia-1-azabiciclo [3.2.0] heptano-2-carboxilatado. Su fórmula química es C16H19N3O5S.3H2O. Su estructura química esencial es el ácido 6-aminopenicilánico (6-APA), que consiste en un anillo tiazolidínico con un anillo betalactámico condensado. El 6-APA lleva una parte variable acilada en la posición 6 y contiene bicarbonato de sodio, clorocarbonato etílico, hidrógeno y ácido O,NDibenzyloxycarbonyl-p-oxy-di-aminofenilacético. Físicamente, se presenta como un polvo cristalino casi blanco. Es ligeramente soluble en agua...

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