Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de metoprolol tartrato originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCION POR LA QUE SE DECLARA EL INICIO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE METOPROLOL TARTRATO ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA DE LA INDIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAIS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo E.C. 12/19, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución final de la investigación antisubvención

    1. El 25 de julio de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antisubvención sobre las importaciones de metoprolol tartrato ("metoprolol") originarias de la República de la India ("India"), independientemente del país de procedencia. Mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 56.85%.

  2. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 11 de septiembre de 2018 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias. Por este medio se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó al metoprolol, objeto de este examen.

  3. Manifestación de interés

    1. El 13 de junio de 2019 Sinbiotik, S.A. de C.V. ("Sinbiotik") manifestó su interés en que la Secretaría inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de metoprolol tartrato originarias de India. Propuso como periodo de examen el comprendido del 1 de junio de 2018 al 31 de mayo de 2019.

    2. Sinbiotik es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Sus actividades principales consisten, entre otras, en la fabricación y venta de productos químicos para el sector farmacéutico, incluido el metoprolol tartrato. Para acreditar su calidad de productor nacional presentó una carta de la Cámara Nacional de la Industria de Transformación del 12 de junio de 2019.

  4. Producto objeto de examen

    1. Descripción del producto

    2. El producto objeto de examen es un antagonista de receptores adrenérgicos cuya indicación terapéutica es principalmente el tratamiento de la hipertensión, como agente único o en combinación con otros antihipertensivos.

    3. El nombre técnico del metoprolol es tartrato de (±)-1-(isopropilamino)3-[4-(2-metoxietil) fenoxi]-2-propanol. Su fórmula química es (C15H25NO3)2·C4H6O6 mientras que su número de registro en el Servicio de Resúmenes Químicos (CAS, por sus siglas en inglés), es el 56392-17-7. Físicamente, es un polvo cristalino blanco o de cristales incoloros (presenta polimorfismos). Es muy soluble en agua; fácilmente soluble en cloroformo, cloruro de metilo y etanol; ligeramente soluble en acetona, y casi insoluble en benceno y éter dietílico.

    4. Tratamiento arancelario

    5. El producto...

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