Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de varilla corrugada originarias de la República Federativa de Brasil, independientemente del país de procedencia.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE VARILLA CORRUGADA ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA.

Visto para resolver en la etapa de inicio el expediente administrativo E.C. 20/20 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución final de la investigación antidumping

    1. El 11 de agosto de 1995 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de varilla corrugada originarias de la República Federativa de Brasil ("Brasil"), independientemente del país de procedencia. Mediante esta Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 57.69%.

  2. Exámenes de vigencia previos y revisión de oficio

    1. El 13 de junio de 2002, el 20 de junio de 2006, el 12 de enero de 2012 y el 9 de septiembre de 2016 se publicaron en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia, del segundo examen de vigencia, del tercer examen de vigencia y revisión de oficio, y del cuarto examen de vigencia de la cuota compensatoria, respectivamente, por medio de las cuales se determinó prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria a que se refiere el punto anterior.

  3. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 28 de agosto de 2019 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias. Por este medio se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó la varilla corrugada originaria de Brasil, objeto de este examen.

  4. Manifestación de interés

    1. El 3, 6 y 7 de julio de 2020 Ternium México, S.A. de C.V. ("Ternium"), ArcelorMittal México, S.A. de C.V. ("ArcelorMittal"), Deacero, S.A.P.I. de C.V. ("Deacero"), TA 2000, S.A. de C.V. ("TA 2000") y Grupo Simec, S.A.B. de C.V. ("Grupo Simec"), respectivamente, manifestaron su interés en que la Secretaría inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de varilla corrugada originarias de Brasil. Ternium y Deacero propusieron como periodo de examen el comprendido de julio de 2019 a junio de 2020, ArcelorMittal del 1 de junio de 2019 al 31 de mayo de 2020 y Grupo Simec del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019.

    2. Ternium, ArcelorMittal, Deacero y TA 2000 son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste, entre otras, en la fabricación de toda clase de productos de fierro y acero, incluido el producto objeto de examen. Para acreditar su calidad de productores nacionales de varilla corrugada, presentaron cartas de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero del 3 de julio de 2020, que así los acredita.

  5. Producto objeto de examen

    1. Descripción del producto

    2. El producto objeto de examen es la varilla corrugada. Es una barra de acero especialmente fabricada para usarse como refuerzo para concreto. Presenta rebordes o salientes llamados corrugaciones que inhiben el movimiento relativo y longitudinal en el concreto. Se produce en diámetros de 5/32 a 1½ pulgadas y se comercializa en rollos o en tramos longitudinales de 6 a 12 metros. En el mercado internacional se conoce como concrete reinforcing bar.

    3. Tratamiento arancelario

    4. El producto objeto de examen ingresa al mercado nacional a través de la fracción arancelaria 7214.20.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Codificación arancelaria
      Descripción
      Capítulo 72
      Fundición, hierro y acero
      Partida 7214
      Barras de hierro o acero sin alear, simplemente forjadas, laminadas o extrudidas, en caliente, así como las sometidas a torsión después del laminado.
      ...

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