Resolución que declara como terreno nacional el predio Monte Calvario I, expediente 831455, Municipio de Tonalá, Chis.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.- Dirección General de la Propiedad Rural. RESOLUCIÓN

Visto para resolver el expediente número 831455, y

RESULTANDO

1o.- En la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de la Propiedad Rural, se encuentra el expediente número 831455, relativo al procedimiento de investigación, deslinde y levantamiento topográfico respecto del presunto terreno nacional denominado "Monte Calvario I", con una superficie de 128-62-50 has. (ciento veintiocho hectáreas, sesenta y dos áreas, cincuenta centiáreas), localizado en el Municipio de Tonalá del estado de Chiapas.

2o.- El aviso de deslinde fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de agosto de 2010, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Chiapas el 28 de abril de 2010 y en el Diario de mayor circulación local el 24 de junio de 2010, en cumplimiento al entonces artículo 108 hoy artículo 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural vigente.

3o.- Como se desprende del Dictamen Técnico número 719699 del 4 de septiembre de 2017, éste fue emitido en sentido positivo, y el predio en cuestión tiene las coordenadas de ubicación geográfica y colindancias siguientes:

  1. Coordenadas:

    De latitud norte 15 grados, 57 minutos, 40 segundos; y de longitud oeste 93 grados, 51 minutos, 21 segundos.

  2. Colindancias:

    Al Norte: Ejido General Lázaro Cárdenas

    Al Sur: Zona Federal del Océano Pacífico

    Al Este: Azariel Espinoza González y José de Jesús Monroy Figueroa con calle de por medio

    Al Oeste: Rey David Ruiz Vázquez

    CONSIDERANDO

    1. Que esta Secretaría es competente para resolver sobre la procedencia de la emisión de la resolución que declare como nacional el predio de referencia, mismo que fue objeto de los trabajos de deslinde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41, fracciones I, II y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 160 de la Ley Agraria; 108, 109 y 111 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural; así como 5, 6 fracción XII, 8 fracción III y 22 fracción XV inciso b) del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

    2. Que una vez revisados los...

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