Resolución definitiva por la que se autoriza la constitución de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Atotonilco, Jalisco.

Fecha de disposición06 Noviembre 2017
Fecha de publicación06 Noviembre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Oficina del Abogado General. RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR LA QUE SE AUTORIZA LA CONSTITUCIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO, SERVICIOS Y TURISMO DE ATOTONILCO, JALISCO

Vista para resolver la solicitud presentada por Comerciantes de Atotonilco el Alto, A.C., para constituir la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Atotonilco, Jalisco, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 3, 6 fracciones I y X, 12 y 13 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, 11, 12, 13 y 18 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 9 fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y su reforma, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 9 de septiembre y 19 de diciembre de 2016, se emite la presente resolución definitiva conforme a los siguientes:

Antecedentes

Primero. El 27 de enero de 2017, fue recibido un escrito y varios anexos del Director General de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo de los Estados Unidos Mexicanos.

En dicho ocurso informó que recibieron la petición del grupo promotor denominado Comerciantes de Atotonilco el Alto, A.C., interesado en constituir una cámara de comercio, servicios y turismo en el municipio de Atotonilco, Jalisco, cuyo representante legal es el C. Sergio Valdivia López.

Asimismo, de la información presentada se desprende que de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en sesión del 14 de junio de 2016, su Consejo Directivo acordó, aprobó y dictaminó aprobatoriamente la solicitud del grupo promotor, al considerar que la misma cumple con los requisitos que establece el artículo 13 de tal ordenamiento.

Segundo. Mediante oficio 110-03-25-26-2557/17-011/18740-1 del 8 de febrero de 2017, se acordó el ocurso de la Confederación y se le informó que se procedería al análisis de la documentación remitida.

Tercero. El 31 de julio de 2017, fue publicado el Proyecto de Autorización para la Constitución de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de Atotonilco, Jalisco, con la finalidad de que los que tuvieran interés jurídico en dicho proyecto, presentaran comentarios ante la Secretaría de Economía, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación aludida. El plazo de referencia concluyó el 29 de septiembre de 2017.

Considerandos

  1. Que con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 3, 6 fracciones I y X, 12 y 13 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, 11, 12, 13 y 18 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, y 9 fracción XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, esta autoridad es competente para autorizar la constitución de nuevas Cámaras Empresariales.

  2. Que los grupos interesados en constituir cámaras de comercio, servicios y turismo deben cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 13 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, así como 12 y 13 del Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y que son:

    1. Que no se encuentre constituida una cámara de comercio, servicios y turismo en la misma circunscripción o parte de ella;

    2. Que la circunscripción propuesta tenga una población superior a...

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