Resolución Final del procedimiento administrativo del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN FINAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL EXAMEN DE VIGENCIA DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE ATOMIZADORES DE PLÁSTICO ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa final el expediente administrativo E.C. 04/19 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Resolución final de la investigación antidumping

    1. El 21 de abril de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de atomizadores de plástico originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia (la "Resolución Final"). Mediante dicha Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 86%.

  2. Examen de vigencia previo

    1. El 16 de febrero de 2015 se publicó en el DOF la Resolución final del primer examen de vigencia de la cuota compensatoria. Se determinó mantenerla vigente por cinco años más.

  3. Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias

    1. El 11 de septiembre de 2018 se publicó en el DOF el Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias. Por este medio se comunicó a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interés jurídico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productos listados en dicho Aviso se eliminarían a partir de la fecha de vencimiento que se señaló en el mismo para cada uno, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen. El listado incluyó los atomizadores de plástico, objeto de este examen.

  4. Manifestación de interés

    1. El 11 de marzo de 2019 Olan de México, S.A. de C.V. ("Olan"), manifestó su interés en que la Secretaría iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China.

  5. Resolución de inicio del segundo examen de vigencia de la cuota compensatoria

    1. El 16 de abril de 2019 la Secretaría publicó en el DOF la Resolución por la que se declara el inicio del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de atomizadores de plástico originarias de China (la "Resolución de Inicio"). Se fijó como periodo de examen el comprendido del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2018 y como periodo de análisis el comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2018.

  6. Producto objeto de examen

    1. Descripción del producto

    2. El producto objeto de examen son los atomizadores de plástico, cuyo diámetro de rosca se encuentra en un rango de 15 a 24 milímetros, en alturas 410 y 415, conforme a los parámetros mínimos y máximos (diámetro y altura de la rosca) previstos en la norma del Instituto de Empaque de Vidrio de los Estados Unidos (GPI, por las siglas en inglés de Glass Packaging Institute), incluidos los atomizadores con casquillo de aluminio.

    3. Esta mercancía se engloba en la categoría pulverizadores, aunque en la industria se usan de manera indistinta los términos pulverizadores y atomizadores. De acuerdo con el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, la definición de pulverizador es un aparato para pulverizar un líquido. Pulverizar, a su vez, es la acción de esparcir un líquido en partículas muy tenues a manera de polvo.

    4. Los atomizadores de plástico se conocen técnicamente como pulverizadores de tocador de rosca. Se conocen comercialmente como atomizadores de loción (lotion pump), micro-atomizadores de rosca (screw microsprayer head) o atomizadores de rosca de plástico (plastic spray/micro sprayer plastic).

    5. Los atomizadores de plástico se componen principalmente de un cilindro, una tapa y cuentan con diferentes componentes plásticos como son: el tubo, activador, inserto, rondana, tapa y un motor (compuesto de pistón, diafragma o retén, espiga, resorte, cople y cilindro), así como un resorte de alambre inoxidable. Tienen una rosca de plástico que se enrosca en una botella manualmente o con una máquina. Por lo general, se identifican por el diámetro y la altura de la rosca de plástico.

    6. Tratamiento arancelario

    7. El producto objeto de examen ingresa al mercado nacional por la fracción arancelaria 9616.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Codificación arancelaria
      Descripción
      Capítulo 96
      Manufacturas diversas.
      Partida 9616
      Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas; borlas y similares para la aplicación de polvos, otros cosméticos o productos de tocador.
      Subpartida 9616.10
      -Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas.
      Fracción 9616.10.01
      Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    8. La unidad de medida utilizada en la TIGIE es el kilogramo, mientras que en las operaciones comerciales es la pieza.

    9. De acuerdo con el SIAVI, los productos que ingresan por la fracción arancelaria 9616.10.01 de la TIGIE, están sujetos a un arancel del 15%, excepto las originarias de Estados Unidos, Canadá, Colombia, Japón, Bolivia, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Israel, Comunidad Europea, Guatemala, El Salvador, Honduras, Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein, Chile, Uruguay y Perú. Sin embargo, de acuerdo con el Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico, las mercancías originarias de Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda y Singapur están sujetas a un arancel del 10.5%, mientras que las originarias de Vietnam están sujetas a un arancel del 12%.

    10. Proceso productivo

    11. El proceso productivo comienza con la orden de compra del cliente, donde este establece las especificaciones del producto que requiere, incluidas la descripción del producto, cantidad de la orden, precio, condiciones de pago, medidas, colores y fecha de entrega. Posteriormente, se elabora la orden de trabajo para que se lleve a cabo la producción de los componentes plásticos.

    12. El plástico virgen se pone en una tolva de una inyectora de plástico y, por medio de calor, se funde. Entra en un molde o troquel de múltiples cavidades de los cuales se obtienen los componentes plásticos de los atomizadores. Las diferentes partes se ensamblan y, posteriormente, se pasa al proceso de inspección y empaque.

    13. En la elaboración del producto objeto de examen se utilizan los siguientes insumos: polietileno, polipropileno, acetal, acero inoxidable, buna, aluminio y empaque.

    14. Normas

    15. En la comercialización de atomizadores, regularmente se solicita que cumplan con los estándares de la norma GPI, los cuales determinan parámetros convencionales de altura y diámetro para ensamblar los atomizadores en la botella y permiten una desviación dentro de ciertos límites para que puedan ser enroscados.

    16. Tratándose de atomizadores, la norma GPI identifica medidas que permiten coordinar la fabricación de botellas y tapas. Los dos primeros dígitos están expresados en milímetros, y los tres últimos dígitos son una medida convencional que cambia en proporción al diámetro, en razón de lo siguiente:

      1. el diámetro se refiere a la medida interna de las paredes de la tapa del atomizador. Se prevén medidas mínimas y máximas que estas deben cumplir, y

      2. la altura es la medida que va del borde inferior de la tapa hasta el borde superior, el cual topa con el labio superior del cuello de la botella.

      Especificaciones de atomizadores de plástico

      Características
      físicas
      Parámetros o especificaciones
      Diámetro-altura
      Diámetro (pulgadas)
      Altura (pulgadas)
      Mínimo
      Máximo
      Mínimo
      Máximo
      Estándar GPI
      18-410
      0.705
      0.719
      0.499
      0.529
      20-410
      0.784
      0.798
      0.530
      0.560
      22-410
      0.863
      0.877
      0.561
      0.591
      24-410
      0.941
      0.955
      0.622
      0.652
      15-415
      0.582
      0.595
      0.533
      0.563
      18-415
      0.705
      0.719
      0.593
      0.623
      20-415
      0.784
      0.798
      0.718
      0.748
      22-415
      0.863
      0.877
      0.813
      0.843
      24-415
      0.941
      0.955
      0.933
      0.963
      Características
      Químicas
      Acetal, polipropileno, polietileno, acero inoxidable, aluminio y empaque.

      Fuente: Tabla 6 y punto 26 de la Resolución Final.

    17. Usos y funciones

    18. Los atomizadores son tapas con dispositivo que se colocan (montan) sobre botellas o frascos. Se utilizan en diferentes sectores para pulverizar, dispensar, expeler, rociar y/o expandir contenidos líquidos: perfumería, cosmetología, farmacéutico y usos domésticos. Se fijan en frascos que previamente se han llenado con líquidos. Los atomizadores se utilizan en cualquier botella que cuente con una corona de rosca.

  7. Convocatoria y notificaciones

    1. Mediante la publicación de la Resolución de Inicio, la Secretaría convocó a los productores nacionales, importadores, exportadores y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de este examen, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

    2. La Secretaría notificó el inicio del presente procedimiento a las partes de que tuvo conocimiento y al gobierno de China.

  8. Partes interesadas comparecientes

    1. Compareció al procedimiento en tiempo y forma únicamente el productor nacional:

      Olan de México, S.A. de C.V.

      Bochil No. 215

      Col. Héroes de Padierna

      C.P. 14200...

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