Resolución que modifica el Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega al Presidente, Vicepresidente Jurídico, Director General de Delitos y Sanciones y Directores Generales Adjuntos de Sanciones Administrativas A, B y C de la propia Comisión, la facultad de imponer sanciones administrativas.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en sesión de fecha 15 de marzo de 2018 y con fundamento en los artículos 12, fracciones IV y X de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 10 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y la Ley del Mercado de Valores, facultan a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para cancelar los registros otorgados a los centros cambiarios, transmisores de dinero y asesores en inversiones, respectivamente, cuando se actualice alguno de los supuestos señalados en dichas leyes y tomando en cuenta que la cancelación del registro es la máxima sanción que puede imponerse, resulta conveniente que tal facultad sea delegada expresamente al Presidente y a otros servidores públicos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL ACUERDO POR EL QUE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES DELEGA AL PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE JURÍDICO, DIRECTOR GENERAL DE DELITOS Y SANCIONES Y DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS A, B y C DE LA PROPIA COMISIÓN, LA FACULTAD DE IMPONER SANCIONES ADMINISTRATIVAS

ÚNICO.- Se ADICIONA un Artículo Cuarto al "Acuerdo por el que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega al Presidente, Vicepresidente Jurídico, Director General de Delitos y Sanciones y Directores Generales Adjuntos de Sanciones Administrativas A, B y C de la propia Comisión, la facultad de imponer sanciones administrativas", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de noviembre de 2014, y modificado mediante Resoluciones publicadas en dicho órgano de difusión el 19 de diciembre de 2014 y 7 de junio de 2016, para quedar como sigue:

ARTÍCULO CUARTO.- Se delega en el Presidente, Vicepresidente Jurídico y Director General de Delitos y Sanciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de manera indistinta, la facultad de cancelar el registro otorgado por la propia Comisión a que alude el artículo 81-B de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, por los supuestos señalados en las...

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