Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a los organismos de fomento y entidades de fomento.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Agosto de 2018
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 125, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito; 33, primer párrafo de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; 66, fracciones II y IV de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; 190, segundo párrafo de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como 4, fracciones VI, XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que dadas las funciones que se le asignan al comité de auditoría de los fideicomisos públicos sujetos a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, resulta necesario precisar que la selección de sus miembros debe hacerse tomando en cuenta sus conocimientos y experiencia en materias tales como contaduría, auditoría, control interno, así como propias del negocio; debiendo establecer la obligación para tales miembros de realizar sus funciones de manera transparente, independiente, libre de conflictos de interés y sin estar supeditados a intereses personales, patrimoniales o económicos, y

Que resulta necesario derogar las normas atinentes a los servicios de auditoría externa independiente que deben contratar las entidades señaladas en el párrafo anterior, así como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores debido a que estas se encuentran integradas en un nuevo cuerpo normativo denominado "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos", ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LOS ORGANISMOS DE FOMENTO Y ENTIDADES DE FOMENTO

ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 1, fracción VII; artículo 16, último párrafo; 19, quinto párrafo; 150, fracción IV; 151, primer párrafo; 152; 155 primer párrafo; 156, quinto párrafo; 163, fracciones V y VI, inciso b) 166, fracción VI; 171; 304, segundo párrafo; 306, primer párrafo; 310, segundo párrafo y 338, segundo párrafo; y se DEROGAN los artículos 1, fracción XXIV; 162, fracción II; 163 fracción VI, inciso d) y f) y el Capítulo IV del Título Cuarto denominado "Auditores externos independientes e informes de auditoría" que comprende los artículos 312 a 330 de las "Disposiciones de carácter general aplicables los organismos de fomento y entidades de fomento", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2014 y reformadas mediante resoluciones...

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