Resolución que modifica a la diversa que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay y sus Anexos 1 y 2.

Fecha de disposición01 Noviembre 2019
Fecha de publicación01 Noviembre 2019
MateriaFinanciero
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144, fracciones XXIII y XXV de la Ley Aduanera, y 1o. y 6o., fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en los Capítulos IV y V del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, y

CONSIDERANDO

Que el "Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay, firmado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el quince de noviembre de dos mil tres" (Tratado) entró en vigor el 15 de julio de 2004, conforme al Decreto Promulgatorio publicado el 14 de julio de ese mismo año en el Diario Oficial de la Federación;

Que el 14 de julio de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución que establece las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay y sus Anexos 1 y 2" (Resolución), entrando en vigor el día 15 de julio de 2004;

Que el 3 de septiembre de 2019 la Comisión Administradora del Tratado adoptó la Decisión No. 2/2019 "Modificación del llenado del Campo No. 12, del formato del certificado de origen, acordado en el Artículo 5-02 (Declaración y certificación de origen), del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay" (Decisión), la cual entrará en vigor el 2 de noviembre de 2019;

Que derivado de la adopción de la Decisión, resulta necesario modificar la Resolución para reflejar en ésta lo decidido por la Comisión Administradora del Tratado, ha tenido a bien expedir la

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE...

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