Resolución que modifica a la diversa que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y sus anexos.

Fecha de disposición10 Septiembre 2020
Fecha de publicación10 Septiembre 2020
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144, fracciones XXIII y XXV de la Ley Aduanera, y 1o. y 6o., fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en los Capítulos 4, 5, 6 y 7 del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, y

CONSIDERANDO

Que el 29 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto Promulgatorio del Protocolo por el que se Sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, hecho en Buenos Aires, el treinta de noviembre de dos mil dieciocho; del Protocolo Modificatorio al Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, hecho en la Ciudad de México el diez de diciembre de dos mil diecinueve; de seis acuerdos paralelos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, celebrados por intercambio de cartas fechadas en Buenos Aires, el treinta de noviembre de dos mil dieciocho, y de dos acuerdos paralelos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América, celebrados en la Ciudad de México, el diez de diciembre de dos mil diecinueve" (Tratado), mismo que entró en vigor el 1 de julio de 2020;

Que el 30 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la "Resolución que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y sus anexos" (Resolución), misma que entró en vigor el día 1 de julio de 2020;

Que el 2 de julio de 2020, la Comisión de Libre Comercio del Tratado adoptó la Decisión No. 1 (Decisión) que, junto con sus anexos, surtió efectos a partir de la fecha de entrada en vigor del propio Tratado, y que en su Anexo I incluye las Reglamentaciones Uniformes referentes a la interpretación, aplicación y administración del Capítulo 4 (Reglas de Origen), Capítulo 5 (Procedimientos de Origen), Capítulo 6 (Mercancías Textiles y Prendas de Vestir) y Capítulo 7 (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio) del Tratado;

Que el 9 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que la Secretaría de Economía da a conocer las Reglamentaciones Uniformes referentes a la interpretación, aplicación y administración del Capítulo 4 (Reglas de Origen), Capítulo 5 (Procedimientos de Origen), Capítulo 6 (Mercancías Textiles y Prendas de Vestir), y Capítulo 7 (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio) del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá", y

Que derivado de lo anterior, resulta necesario modificar la Resolución para reflejar lo decidido por la Comisión de Libre Comercio del Tratado, así como armonizar sus reglas con la Decisión y la normatividad vigente aplicable en materia aduanera, por lo que se tiene a bien expedir la siguiente

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE LAS REGLAS DE CARÁCTER GENERAL RELATIVAS A LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES EN MATERIA ADUANERA DEL TRATADO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y CANADÁ Y SUS ANEXOS

Único. Se REFORMAN las reglas 24, primer párrafo y fracción II; 30, primer párrafo y segundo párrafos; 40, segundo párrafo; 41; 59; 63, primer párrafo y fracción IV, y 85; y se ADICIONAN las reglas 1, con una fracción XIX pasando las actuales fracciones XIX a XXII a ser XX a XXIII, respectivamente; 24.1; 25.1; 25.2; 28.1; 31.1; 32.1; 39.1; 42.1; 43.1; 44.1; 44.2; 60.1; 60.2; 60.3; 63.1; 63.2; 63.3; 66.1; 73.1; y 79.1; de la Resolución que establece las Reglas de Carácter General relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y sus anexos, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de junio de 2020, para quedar como sigue:

"1.- ...

I. a XVIII. ...

XIX. "Reglamentaciones Uniformes", las adoptadas mediante la Decisión No. 1 de la Comisión de Libre Comercio del Tratado, referentes a la interpretación, aplicación y administración del Capítulo 4 (Reglas de Origen), Capítulo 5 (Procedimientos de Origen), Capítulo 6 (Mercancías Textiles y Prendas de Vestir), y Capítulo 7 (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio) del...

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