RESOLUCION de privación de derechos y cancelación del registro de escritura pública al ciudadano Roberto Nesme Zaragoza, en la colonia Francisco Martínez Gaytán, Municipio de Huimanguillo, Tab.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

RESOLUCION de privación de derechos y cancelación del registro de escritura pública al ciudadano Roberto Nesme Zaragoza, en la colonia Francisco Martínez Gaytán, Municipio de Huimanguillo, Tab.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.- Dirección General de Procedimientos Agrarios.- Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales.- XIV-208-D.

Asunto: Juicio administrativo de privación de derechos y cancelación de registro de escritura pública en la colonia "Francisco Martínez Gaytán", Municipio de Huimanguillo, Estado de Tabasco. Visto para resolver el expediente relacionado con el juicio administrativo de privación de derechos y cancelación del registro de la escritura pública número 2060 expedida a favor del ciudadano Roberto Nesme Zaragoza respecto del lote número 24, con superficie de 100-00-00 hectáreas, de la colonia "Francisco Martínez Gaytán", Municipio de Huimanguillo, Estado de Tabasco, bajo los siguientes: ANTECEDENTES PRIMERO.- La colonia "Francisco Martínez Gaytán", Municipio de Huimanguillo, Estado de Tabasco, con superficie de 5,894-00-00 hectáreas, se creó mediante declaratoria de fecha 9 de enero de 1952, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero del mismo año. SEGUNDO.- Que el ciudadano jefe del entonces Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, hoy Secretaría de la Reforma Agraria, por acuerdo de fecha 17 de mayo de 1965, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio del mismo año, facultó a la Secretaría General de Nuevos Centros de Población Ejidal, hoy Subsecretaría de Asuntos Agrarios, para continuar con el trámite de los expedientes de colonización, tal y como lo dispone el Decreto Presidencial de fecha 31 de diciembre de 1962, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 1963, que adicionó el artículo 58 del Código Agrario que estuvo en vigor hasta el primero de mayo de 1971. TERCERO.- Que al ciudadano Roberto Nesme Zaragoza se le expidió la escritura pública número 2060 de fecha 11 de agosto de 1975, respecto del lote número 24, con superficie de 100-00-00 hectáreas de temporal, perteneciente a la colonia citada en el punto primero de antecedentes, conviniéndose que el incumplimiento de las obligaciones contraídas a través de las disposiciones legales aplicables en materia de colonización traería como consecuencia la privación de sus derechos sobre el lote de referencia. CUARTO.-...

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