Respuesta a los comentarios y modificaciones efectuadas al Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-033-ZOO-1995, Sacrificio humanitario de los animales domésticos y silvestres, publicado el 18 de diciembre de 2014

Fecha de disposición18 Diciembre 2014
Fecha de publicación31 Julio 2015
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS Y MODIFICACIONES EFECTUADAS AL PROYECTO DE MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-033-ZOO-1995, SACRIFICIO HUMANITARIO DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS Y SILVESTRES, PUBLICADO EL 18 DE DICIEMBRE DE 2014.

JUAN JOSÉ LINARES MARTÍNEZ, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en cumplimiento a lo dispuesto en las fracciones II y III del artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publica las respuestas a los comentarios y modificaciones efectuadas al Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-033-ZOO-1995, Sacrificio humanitario de los animales domésticos y silvestres, publicado el 18 de diciembre de 2014 en el Diario Oficial de la Federación. Estas respuestas fueron aprobadas en la Segunda Reunión Ordinaria del Subcomité de Protección Zoosanitaria, efectuada el 15 de junio de 2015, y ratificadas en la Tercera Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, efectuada el 25 de junio de 2015, en los siguientes términos:

PROMOVENTE: Jade López, encargada de Sistemas de Calidad y Normatividad de Keken Planta Umán, Grupo Porcícola Mexicano. TIF 152, escrito sin número, enviado por correo electrónico.

FECHA DE RECEPCIÓN: 19 de diciembre de 2014

COMENTARIO 1: Numeral 5.3.2 Muerte por desangrado. Se menciona que el corte debe realizarse en un lapso no mayor a 20 segundos después del aturdido. Considero que es importante especificar si estos 20 segundos es para ambos tipos de aturdido o si para el aturdido de CO2 es un tiempo diferente. Esto ya que en diferentes estudios científicos, en normas de EEUU y Europa se ha demostrado que la duración del aturdido por CO2 es mayor a 2 minutos.

RESPUESTA: Procede el comentario para quedar de la siguiente manera:

"Después del aturdimiento, la muerte ocurre por desangrado al cortar a nivel del seno de las venas cavas y el tronco braquiocefálico. Este corte se debe realizar en un lapso no mayor a 20 segundos posteriores al electroaturdimiento y 30 segundos en el caso del aturdimiento con CO2".

PROMOVENTE: Enrique Fernández. Portimex, escrito sin número, enviado por correo electrónico.

FECHA DE RECEPCIÓN: 5 de enero de 2015

COMENTARIO 2: Modificar el cuadro página 24 del proyecto de la NOM-033-ZOO-1995 son miliamperios no amperes.

RESPUESTA: Procede parcialmente el comentario, en virtud de que el ampere es la unidad de medida, además de que todos los aparatos para este uso vienen marcados en amperes.

PROMOVENTE: MSP Amparo García Quiroz. Departamento de Control de Enfermedades. Baja California Sur, escrito sin número, enviado por correo electrónico.

FECHA DE RECEPCIÓN: 20 de enero de 2015

COMENTARIO 3: Me es preocupante ver que no se toma en cuenta el electroshock dentro de los métodos de sacrificio para caninos, esto principalmente a la necesidad de sacrificio de estos animalitos debido a la falta de conciencia de la propia población que los tiene de mascotas y los deja deambular en la calle, a nivel nacional desconozco la situación legal pero en el estado de BCS tenemos un retraso tremendo en cuanto a legislación y aplicación de esta en cuanto a la tenencia de nuestras mascotas.

El aparato de electroshocks ha sido utilizado y elaborado por parte de algunas sociedades protectoras de animales que han visto que no hay economía suficiente para buscar hogares a miles de animales que se recolectan de la calle.

Pongo a su consideración incorporar este método seria de mucha utilidad continuar utilizando en los centros de control canino municipales y de sociedades protectoras, ya que el uso de anestésicos y barbitúricos así como tranquilizantes resulta muy elevado y no hay presupuestos asignados en ninguna institución para este fin específicamente lo que podría repercutir en tener que decidir si utilizas los anestésicos y tranquilizantes para ofrecer esterilizaciones o para sacrificio donde se utiliza muchísimo más.

RESPUESTA: No procede el comentario, en virtud de que México es un país que se ha abocado a crear un marco normativo que incluya el bienestar animal como un punto de referencia para sus servicios veterinarios, en este sentido se ha incluido en la Ley Federal de Sanidad Animal, la facultad para que la Secretaría establezca mediante disposiciones de sanidad animal, las características y especificaciones que deberán observarse para procurar el bienestar de los animales; por tal motivo se considera que, con el objetivo de alcanzar la mayor protección y beneficio para los animales de compañía en cuestiones de bienestar animal, se establece como único método a la "sobredosis de anestesia" para aplicar la eutanasia a un perro o gato, empleando un tranquilizante o sedante previo, con la finalidad de facilitar el manejo del animal y evitar el estrés.

Con esta decisión se atiende a lo establecido en la normatividad internacional, donde el método recomendado es el empleo de agentes anestésicos en cualquier animal de compañía (perro, gato, ave, roedor, caballo, etc.).

La justificación técnica se basa en lo siguiente:

Los principales anestésicos que se emplean para la eutanasia son los barbitúricos. La acción de éstos se basa en que deprimen el sistema nervioso central, comenzando con la corteza cerebral en donde se encuentra la conciencia y continuando con la anestesia. Al administrar una sobredosis, la anestesia progresa a una apnea debido a una depresión del centro respiratorio, y esto es seguido por un paro cardíaco.

Todos los derivados del ácido barbitúrico utilizados para la anestesia son aceptables para provocar la eutanasia cuando se administran por vía intravenosa, tienen una rápida acción de inicio, y la pérdida de la conciencia produce un dolor mínimo o transitorio asociado sólo con la punción venosa.

Por otra parte, dentro de las ventajas que tienen los barbitúricos están las siguientes: (1) velocidad de la acción; este efecto depende de la dosis, la concentración, la ruta, y la velocidad de la inyección; (2) inducen la eutanasia sin problemas, con un mínimo de incomodidad para el animal; (3) son menos costosos que muchos otros agentes de eutanasia.

Además, la dosis a emplear en perros y gatos, así como la técnica son vastamente conocidas por un médico veterinario, ya que se trata del mismo protocolo que se utiliza para inducir la anestesia de un paciente que requiere una cirugía.

PROMOVENTE: MVZ. Jose Luis Franco Santillán, Coordinador Normativo de Zoonosis y Enfermedades Trasmitidas por Vector. Jurisdicción Sanitaria Teotihuacán, escrito sin número, enviado por correo electrónico.

FECHA DE RECEPCIÓN: 20 de enero de 2015

COMENTARIO 4: Apartado 6. "Manejo durante la matanza y la eutanasia de los animales de compañía", menciona como único método de sacrificio la sobredosis de anestesia, comento que: las actividades de captura y eliminación de perros y gatos se llevan a cabo por los gobiernos municipales, en los cuales se invierten una cantidad importante de dinero en el recurso humano, las instalaciones (centro de control canino), así como en los insumos para el funcionamiento correcto del mismo. En cumplimiento de la normativa, por lo anterior: pido sea considerado el MÉTODO DE SACRIFICIO POR ELECTRO INSENSIBILIZACIÓN, PREVIA TRANQUILIZACIÓN DEL PACIENTE, de lo contrario y seguramente, los municipios dejaran de realizar esta actividad por el costo tan elevado que esto resulta y/o lo llevaran a cabo clandestinamente.

RESPUESTA: No procede el comentario, en virtud de que México es un país que se ha abocado a crear un marco normativo que incluya el bienestar animal como un punto de referencia para sus servicios veterinarios, en este sentido se ha incluido en la Ley Federal de Sanidad Animal, la facultad para que la Secretaría establezca mediante disposiciones de sanidad animal, las características y especificaciones que deberán observarse para procurar el bienestar de los animales; por tal motivo se considera que, con el objetivo de alcanzar la mayor protección y beneficio para los animales de compañía en cuestiones de bienestar animal, se establece como único método a la "sobredosis de anestesia" para aplicar la eutanasia a un perro o gato, empleando un tranquilizante o sedante previo, con la finalidad de facilitar el manejo del animal y evitar el estrés.

Con esta decisión se atiende a lo establecido en la normatividad internacional, donde el método recomendado es el empleo de agentes anestésicos en cualquier animal de compañía (perro, gato, ave, roedor, caballo, etc.).

La justificación técnica se basa en lo siguiente:

Los principales anestésicos que se emplean para la eutanasia son los barbitúricos. La acción de éstos se basa en que deprimen el sistema nervioso central, comenzando con la corteza cerebral en donde se encuentra la conciencia y continuando con la anestesia. Al administrar una sobredosis, la anestesia progresa a una apnea debido a una depresión del centro respiratorio, y esto es seguido por un paro cardíaco.

Todos los derivados del ácido barbitúrico utilizados para la anestesia son aceptables para provocar la eutanasia cuando se administran por vía intravenosa, tienen una rápida acción de inicio, y la pérdida de la conciencia produce un dolor mínimo o transitorio asociado sólo con la punción venosa.

Por otra parte, dentro de las ventajas que tienen los barbitúricos están las siguientes: (1) velocidad de la acción; este efecto depende de la dosis, la concentración, la ruta, y la...

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