Respuesta a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-070-SCFI-2015, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones, publicado el 4 de marzo de 2016. (Continúa en la Cuarta Sección)
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Economía |
RESPUESTA a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-070-SCFI-2015, Bebidas alcohólicas-Mezcal-Especificaciones, publicado el 4 de marzo de 2016. (Continúa en la Cuarta Sección) (Viene de la Segunda Sección)
1 2 3 4 5 6 Nombre Capítulo No./ Inciso No./ Anexo (ej. 3.1) Tipo de comentario TEXTO ORIGINAL Y COMENTARIOS (JUSTIFICACIÓN PARA EL CAMBIO) CAMBIO PROPUESTO RESOLUCIÓN CCONNSE ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESARIOS E INDUSTRIALES DEL MEZCAL, A.C. 5.4 te 5.4. Especificaciones fisicoquímicas El Mezcal debe cumplir con las siguientes especificaciones fisicoquímicas (ver Tabla 1): COMENTARIO Se sugiere agregar el parámetro de Acidez Total, en su caso ampliar el rango de 170 actual a 300, ya que indica contaminación bacteriana del proceso y falta de higiene. ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESARIOS E INDUSTRIALES DEL MEZCAL Con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE, analizó y decidió rechazarlo, toda que no se presentó justificación técnica para su modificación. Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal 5.4 te 5.4. Especificaciones fisicoquímicas El Mezcal debe cumplir con las siguientes especificaciones fisicoquímicas (ver Tabla 1):
Especificaciones | Unidades | Mínimo | Máximo | Norma aplicable |
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 36 | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 500 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
COMENTARIO
Para estar de acuerdo a los rangos dispuestos por la NOM-142-SSA1-2014.
Especificaciones | Unidades | Mínimo | Máximo | Norma aplicable |
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 35 | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 500 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Consejo Mexicano Regulador de la Calidad del Mezcal
Se acepta el comentario y se efectúa el cambio correspondiente. Aunado a lo anterior se agregar las especificaciones relativas a furfural, aldehídos, plomo y arsénico por congruencia con la NOM-142-SSA1/SCFI-2014, Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias. Etiquetado sanitario y comercial.
ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESARIOS E INDUSTRIALES DEL MEZCAL, A.C. 5.4 te COMENTARIO (1) Justificación a la propuesta de cambio al grado alcohólico Mínimo: Se propone que el límite inferior sea de 35% alc. Vol. como esta establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones, en lugar del de 36% alc. Vol., para ser competitivos comparados países como Colombia y Chile, que tienen fuertes cambios en impuestos debajo del 36% alc. vol.
Especificaciones | Unidades | Mínimo | Máximo | Norma aplicable |
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 36 35 (1) | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESARIOS E INDUSTRIALES DEL MEZCAL
Se acepta el comentario y se efectúa el cambio correspondiente.
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 500 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
CONSEJO ESTATAL DE DESARROLLO ECONÓMICO- CARMEN NAVA
Consejo Estatal de Desarrollo Económico- Alfredo Cortés Robles
CASA MEZCAL HUITZILA
COMITÉ SISTEMA PRODUCTO MAGUEY MEZCAL EN EL ESTADO DE ZACATECAS
CONSEJO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL MAGUEY EN EL ESTADO DE ZACATECAS
Mezcales de calidad Don Aurelio
AGAVEROS Y MEZCALEROS ZACATECANOS S.C. DE .R.L. DE C.V.
DESTILADORA EL ZACATECANO
DIAMENTE DEL DESIERTO
GRUPO HNOS RIVAS
5.4
te
5.4 Especificaciones fisicoquímicas El mezcal a granel debe cumplir con (ver Tabla 1):
TABLA 1 Especificaciones fisicoquímicas
Especificaciones | Unidades | Mínimo | Máximo | Norma aplicable |
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 36 | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 400 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Comentarios:
· El presente proyecto de NOM-070, contempla eliminar la acidez de la tabla de "especificaciones físicoquimicas", dicho aspecto es una característica derivada del proceso de la fermentación. Es un parámetro que determina la calidad o finura de una bebida alcohólica debido a las consecuencias o efectos que causa su consumo. Viene a provocar más acidez en el estómago del consumidor. Al eliminar el parámetro estamos permitiendo procesos menos cuidadosos o dejando al criterio de los artesanos la calidad del producto, resulta indispensable mantener el alto valor de calidad de la bebida por lo cual es necesario no dejar de incorporar la "acidea". Podría incluso considerarse el proponer un parámetro ampliando del rango para que los mezcales artesanales puedan cumplir con este parámtero.
· También se propone ampliar el ranto de contenido de alcohol de 35 (antes 36) a 55, para hacerlo más agradable al consumidor no habituado a altos grados de alcohol, como es el caso del mercado Sudamericano y Asiático.
Ver Anexo "Especificaciones físicoquimicas"
Especificaciones | Mínimo | Máximo |
% de alcohol en volumen a 20ºC | 35,0 | 55,0 |
Extracto seco g/l | 0,2 | 10,0 |
Miligramos por 100 centímetros cúbicos referidos a alcohol anhídrido | | |
Acidez total (como ácido acético) | 0 | 170,0 |
Alcoholes superiores mg/100 ml | 100,0 | 400,0 |
Metanol mg/100 ml | 100,0 | 300,0 |
CONSEJO ESTATAL DE DESARROLLO ECONÓMICO- CARMEN NAVA
Consejo Estatal de Desarrollo Económico- Alfredo Cortés Robles
CASA MEZCAL HUITZILA
COMITÉ SISTEMA PRODUCTO MAGUEY MEZCAL EN EL ESTADO DE ZACATECAS
CONSEJO PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DEL MAGUEY EN EL ESTADO DE ZACATECAS
Mezcales de calidad Don Aurelio
AGAVEROS Y MEZCALEROS ZACATECANOS S.C. DE .R.L. DE C.V.
DESTILADORA EL ZACATECANO
DIAMENTE DEL DESIERTO
GRUPO HNOS RIVAS
Con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE, analizó el comentario y decidió aceptarlo parcialmente quedando como:
Se rechaza la inclusión de la prueba de acidez total, ya que la eliminación de dicha prueba representa una mejora regulatoria.
Se acepta el comentario y se efectúa el cambio correspondiente respecto al rango de alcohol volumen.
CASA ARMANDO GUILLERMO PRIETO 5.4. te 5.4. Especificaciones fisicoquímicas El Mezcal debe cumplir con las siguientes especificaciones fisicoquímicas (ver Tabla 1): TABLA 1 Especificaciones fisicoquímicas
TABLA 1 Especificaciones fisicoquímicas
(OJO: VER LA TABLA AL FINAL DEL DOCUMENTO CON LOS CAMBIOS PROPUESTOS)
CAMBIO PROPUESTO
Casa Armando Guillermo Prieto
Con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE, analizó el comentario y decidió aceptarlo parcialmente quedando como:
Se rechaza la inclusión de la prueba de acidez total, ya que la eliminación de dicha prueba representa una mejora regulatoria.
Se acepta el comentario y se efectúa el cambio correspondiente respecto al rango de alcohol volumen.
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 36 | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 400 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
JUSTIFICACIÓN
Se propone que el límite inferior sea de 35% Alc. Vol. en lugar de 36% Alc. Vol., como está establecido en la Normas Oficiales Mexicanas NOM-006-SCFI-2012, Bebidas alcohólicas-Tequila-Especificaciones y NOM-159-SCFI-2004 Bebidas alcohólicas- Sotol-Especificaciones y métodos de prueba, así como en la Norma Oficial Mexicana NOM-142-SSA1/SCFI-2014 Bebidas alcohólicas. Especificaciones sanitarias. Etiquetado sanitario y comercial, la cual especifica que las bebidas alcohólicas destiladas en México estén dentro de un rango de 32 hasta 55 % Alc. Vol., a efecto de ser más competitivos con el Mezcal en países Sudamericanos tales como Colombia y Chile, que tienen fuertes cambios en impuestos locales y/o federales que se encuentran debajo del 36% Alc. Vol.
Se propone mantener el parámetro de Acidez total como medida de control de BPF, ya que este parámetro garantiza una adecuada fermentación alcohólica de los mostos fermentables.
Especificaciones | Unidades | Mínimo | Máximo | Norma aplicable |
Alcohol Volumen a 20 °C | % Alc. Vol. | 35 | 55 | NMX-V-013-NORMEX-2013 (Ver 3.8, Referencias) |
Extracto Seco | g/L de Mezcal | 0 | 10 | NMX-V-017-NORMEX-2014 (Ver 3.9, Referencias) |
Alcoholes Superiores | mg/dL de Alcohol anhidro | 100 | 400 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6, Referencias) |
Metanol | mg/dL de Alcohol anhidro | 30 | 300 | NMX-V-005-NORMEX-2013 (Ver 3.6...
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