Respuesta a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-199-SCFI-2015, Bebidas alcohólicas-Denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicado el 29 de febrero de 2016. (Continúa en la Tercera Sección).

Fecha de disposición29 Febrero 2016
Fecha de publicación13 Octubre 2017
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-199-SCFI-2015, BEBIDAS ALCOHÓLICAS- DENOMINACIÓN, ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS, INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE FEBRERO DE 2016.

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 39 fracción V, 40 fracciones I y XII 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, IV y IX, X y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica las respuestas a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-199-SCFI-2015, Bebidas alcohólicas-Denominación, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero de 2016.

Empresas e Instituciones que presentaron comentarios durante el período de consulta pública:

- Adriana Cruz Muñoz.

- Adriana Pérez Díaz.

- Alberto Cayetano Vásquez

- Alberto Martínez Venancio Hernández.

- América Delgado Lemus.

- Ana G. Valenzuela Zapata.

- Ángel Enríquez.

- Ángel Mendoza González.

- Asociación de Importadores y Representantes de Alimentos y Bebidas, A.C.

- Asociación Nacional de la Industria de Bebidas Alcohólicas y Conexos, A.C.

- Asociación Nacional de la Industria de Derivados de Agave, A.C.

- Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, A.C.

- Banuet Arrache y Asociados, S.C.

- Bepensa Bebidas, S.A. de C.V.

- Bebidas Internacionales Bepensa, S.A. de C.V.

- Bodegas La Negrita, S.A de C.V.

- Brown Forman Tequila.

- Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo, Sinaloa Sur.

- Cámara Nacional de la Industria Tequilera.

- Cámara Nacional de la Industria de Transformación Mazatlán.

- Cándido Romero Contreras.

- Carlos Lucio.

- Centro Empresarial de Mazatlán del Sur de Sinaloa, S.P.

- Cervecería Almoloya

- Cervecería Reforma

- Cerveceros de México

- Cerveza Plan B

- Cesar Gilberto Reyes

- Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

- Comité Técnico de Normalización Nacional para Bebidas Alcohólicas.

- Concepción Hernández

- Conferencia Española de Consejos Reguladores Vitivinícolas.

- Consejo Mexicano Vitivinícola.

- Consejo Nacional Agropecuario.

- Consejo Regulador de la Denominación Específica Brandy de Jerez.

- Consejo Regulador del Tequila

- Consorcio Ónix.

- David Suro-Piñera.

- Destiladora del Real.

- Destilados La Ideal.

- Diageo México.

- Distribuidora Dolgo.

- Dra. Elena Kahn.

- Dra. Patricia Colunga GM.

- El Colegio de Michoacán.

- El Poder del Consumidor.

- Enedino Bravo Cruz.

- Eleuterio González.

- Excel Spain de México, S.A de C.V.

- Félix Hernández Monterrosa.

- Fernando González Zozaya.

- FPS Spirits.

- Fundación de Investigaciones Sociales.

- Gobierno Municipal de Mazatlán.

- Ignacio Eduardo Parra de la Tijera.

- Ignacio Torres García.

- Industrias Vinícolas Pedro Domecq, S.A. de C.V.

- Inés Hernández.

- Inés Sánchez López.

- Instituto Tecnológico Autónomo de México.

- Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente.

- José Jaime Morales Aquino.

- La Madrileña.

- Lorenzo Virgen Contreras.

- Macario Partida Ramos.

- Madrina Casa Cervecera.

- Manuel Guillén Villanueva.

- Miguel Angel Partida Ramos.

- Miguel Angel Partida Rivera.

- Miguel Torres, S.A.

- Nereida Sanchez Rubio.

- Pedro Jiménez Gurría.

- Pernod Ricard México, S.A. de C.V.

- Proconsumidores, A.C.

- Productores de Mezcal de Zapotitlán de Vadillo, Jalisco.

- Procuraduría Federal del Consumidor.

- Ramiro Angelina-Baños.

- Reina Sánchez.

- Rocío Becerra Montané.

- Rodolfo López.

- Rosario Pineda Pérez.

- Salvador Hernández.

- Scotch Whisky Association

- Secretaría de Desarrollo Económico de Sinaloa.

- Secretaría de Fomento Económico de Colima.

- Secretaría General de Gobierno de Sinaloa.

- Severiano Osorio.

- Sosima Olvera Aguilar.

- Teodomiro Santiago.

- Tequila Interchange Project.

- Unió de Licoristes de Catalunya.

- Vinata Santa Clara.

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Nombre
Capítulo No./
Inciso No./
Anexo (ej.
3.1)
Tipo de
comentario
TEXTO ORIGINAL Y COMENTARIOS
(JUSTIFICACIÓN PARA EL CAMBIO)
CAMBIO PROPUESTO
RESOLUCIÓN CCONNSE
Consejo
Regulador del
Tequila
N/A
ge
COMENTARIO
Incluir texto para acotar regulación a bebidas alcohólicas importadas que incorporan bebidas alcohólicas con Denominaciones de Origen Mexicanas, a fin de evitar error o engaño al consumidor o competencia desleal.
Con independencia del presente PROY-NOM, las bebidas alcohólicas con Denominación de Origen deben cumplir con su norma específica.
Las bebidas alcohólicas de importación que ostenten una Denominación de Origen Mexicana, deberán obtener la certificación y cumplir con el procedimiento de Evaluación de la Conformidad que establezca el Organismo Evaluador acreditado y aprobado. Dichos procedimientos deberán ser equitativos con los procedimientos a que se someten dichas denominaciones de origen en territorio nacional.
Las bebidas alcohólicas amparadas por una Denominación de Origen mexicana, deben cumplir con lo estipulado en su norma específica.
Consejo Regulador del Tequila
Con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN), el Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) analizó el comentario y decidió aceptarlo parcialmente, por un lado, no se incorpora el primer párrafo propuesto toda vez que la presente NOM no tiene su fundamento en el artículo 40 fracción XV, que a la letra dice:
"Las normas oficiales mexicanas tendrán como finalidad establecer:
...XV. Los apoyos a las denominaciones de origen para productos del país"
Por lo que, cada NOM específica de Denominación de Origen establecerá las especificaciones para las bebidas que contengan una con Denominación de Origen.
Por lo que, se respeta cada una de las NOM de Denominación de Origen protegidas por el Estado Mexicano.
Por otro lado, respecto al segundo párrafo, y con el objetivo arriba señalado, se adecua la presente NOM para llamar a la NOM específica cuando se trate de Denominación de Origen protegidas por el Estado Mexicano. Para quedar como sigue:
"6.2.3 Bacanora
Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y contenidas en la NOM-168-SCFI-2004. (Ver 2.8).
6.2.7 Charanda
Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y contenidas en la NOM-144-SCFI-2000 (Ver 2.6).
6.2.14 Mezcal
Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y contenidas en la NOM-070-SCFI-2016 (Ver 2.3).
6.2.21 Sotol
Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y contenidas en la NOM-159-SCFI-2004 (Ver 2.7).
6.2.22 Tequila
Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y

Es la bebida alcohólica destilada con Denominación de Origen regulada por el Gobierno Mexicano. La definición y las especificaciones para esta bebida alcohólica son las enumeradas y contenidas en la NOM-006-SCFI-2012 (Ver 2.1).

Consejo
Regulador del
Tequila
N/A
ge
COMENTARIO
DF sustituir por Ciudad de México.
Ajuste de texto.
Consejo Regulador del Tequila
El CCONNSE analizó el comentario y decidió aceptarlo, de conformidad con el ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se cambia la denominación de Distrito Federal por Ciudad de México en todo su cuerpo normativo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2016.

Consejo
Regulador del
Tequila
N/A
ge
COMENTARIO
En lo general, cambiar la palabra numeral, apartado u otras análogas, por "capítulo o inciso", según corresponda, en concordancia con la Guía 013. Concordancia con la Norma 013 (Guía de Redacción)
Consejo Regular del Tequila
El CCONNSE analizó el comentario y decidió aceptarlo; de conformidad con la NMX-Z-013-SCFI-2015, Guía para la estructuración y redacción de normas, en sus incisos secundarios 5.2.2 y 5.2.3 se efectúa el cambio a capítulo, inciso primario o inciso secundario según corresponda a lo largo de la NOM.
Consejo
Regulador del
Tequila
N/A
ge
COMENTARIO
Homologar las especificaciones de los productos tanto en su descripción como en las tablas con 1 decimal, ya que muchas solo tienen el número entero (ejemplo: 10,0 en lugar de 10).
Homologar el contenido de la NOM
Consejo Regulador del Tequila
El CCONNSE considera el comentario general y se homologan las unidades y sus valores al tratarse de números enteros no se utilizará decimal, ya que así lo permite la NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida.
Consejo
Regulador del
Tequil...

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