Respuesta a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2017, Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba, publicado el 1 de febrero de 2018.

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EmisorSecretaría de Economía

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2017, YOGURT-DENOMINACIÓN, ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS Y MICROBIOLÓGICAS, INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE FEBRERO DE 2018.

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) y LUCIANO VIDAL GARCÍA, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Secretario Técnico del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria (CCNNA), con fundamento en los artículos 34 fracciones II, VIII, XIII y XXXIII, 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 94, 99 y 100 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 2, 6 fracciones IV y LIII, 113,114 y 116 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 38 fracción II y IX, 39 fracción V, 40 fracciones I, II, XI y XII, 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN); 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 22 fracciones I, IV, IX, X y XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2017, "Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba."

Empresa e Institución que presentaron comentarios durante el periodo de consulta pública

· Federación Mexicana de Lechería, A.C. (FEMELECHE)

· Unidad Profesional Interdisciplinaria de Biotecnología del Instituto Politécnico Nacional (UPIBI-IPN)

· Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)

· Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC)

· Sigma Alimentos Lácteos S.A. de C.V. (SIGMA)

· LALA, Comercializadora de Lácteos y Derivados S.A. de C.V. (LALA)

· Instituto Nacional de Nutrición

· Sello Rojo del Norte S.A. de C.V. (SELLO ROJO)

· Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, A.C. (COFOCALEC)

·

PROYECTO
PROPUESTA DE MODIFICACIÓN
JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
RESPUESTA DEL CCONNSE Y DEL CCNNA
PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-
181-SCFI/SAGARPA-2017, YOGURT-DENOMINACIÓN,
ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS Y
MICROBIOLÓGICAS, INFORMACIÓN COMERCIAL Y
MÉTODOS DE PRUEBA
Prefacio
Con objeto de elaborar el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:
· Asociación Nacional de Ganaderos Lecheros, A.C. (ANGLAC)
· Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)
· Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC)
· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN)
· Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas (CNOG)
· Facultad de Química de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
o Departamento de Alimentos y Biotecnología
· Federación Mexicana de Lechería, A.C.
· Gremio de Productores Lecheros de la República Mexicana, A.C.
· Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
o Subsecretaría de Alimentación y Competitividad
o Coordinación General de Ganadería
o Dirección General de Normatividad Agroalimentaria
· Secretaría de Economía
o Dirección General de Normas
· Secretaría de Salud
o Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)
· Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)
o Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor
Federación Mexicana de Lechería, A.C.
(FEMELECHE)
Prefacio
Con objeto de elaborar el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:
· Federación Mexicana de Lechería, A.C. (FEMELECHE)
Federación Mexicana de Lechería,
A.C. (FEMELECHE)
Comentario de forma, para referirse a las
siglas de la Federación.
FEMELECHE
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y el CCNNA analizaron el comentario y decidieron aceptarlo, y quedo de la siguiente manera:
Se adiciona el acrónimo de la Federación Mexicana de Lechería, A. C. (FEMELECHE).
Asimismo, se corrigió el error en la descripción de la Dirección General de Normalización Agroalimentaria de la SAGARPA.

ÍNDICE
CAPÍTULO
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias normativas
3. Términos y definiciones
4. Símbolos y abreviaturas
5. Clasificación y denominación
6. Especificaciones
7. Muestreo
8. Métodos de prueba
9. Evaluación de la conformidad
10. Información comercial
11. Verificación y vigilancia
12. Concordancia con normas internacionales
APÉNDICE A (Informativo) Bacterias lácticas más comunes
13. Bibliografía
ARTÍCULO TRANSITORIO
1. Objetivo y campo de aplicación
Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece la denominación, las especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas y la información comercial que debe cumplir el producto denominado yogurt, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable al yogurt que se comercializa dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
Instituto Nacional de Nutrición
Utilizar yogur para referirse al producto objeto del proyecto de norma como el vocablo preferido en la redacción del proyecto de norma.
Instituto Nacional de Nutrición
De acuerdo con la Real Academia Española (2005)1 el vocablo yogur corresponde con la adaptación española de la voz de origen turco que designa cierto producto lácteo que se obtiene de la leche fermentada. Su plural es yogures. Deben evitarse las grafías yoghourt, yogourt, yoghurt y yogurt, poco acordes con el sistema gráfico español y que son usadas en
otras lenguas como el francés o el
inglés.
Instituto Nacional de Nutrición
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y el CCNNA analizaron el comentario y decidieron no aceptarlo.
Con la finalidad de dar certeza jurídica y continuidad a los términos aprobados en la Norma Oficial Mexicana vigente NOM-181-SCFI-2010.

2. Referencias normativas
Los siguientes documentos referidos o los que le sustituyan, son indispensables para la aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.
COFOCALEC
2. Referencias normativas
Los siguientes documentos referidos o los que le sustituyan, son indispensables para la aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.
2.1. NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados- Información comercial y sanitaria. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2010.
2.2. NOM-086-SSA1-1994 Bienes y Servicios-Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición- Especificaciones nutrimentales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1996 y su modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2010.
2.3. NOM-155-SCFI-SCFI-2012 Leche-Denominaciones, especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2012.
2.4. NOM-243-SSA1 Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2014.
2.6. NMX-F-490-1999-NORMEX Alimentos-Aceites y grasas-Determinación de la composición de ácidos grasos a partir de C6 por cromatografía de gases. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 1999.
2.7. Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias, emitido por la Secretaría de Salud. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2012 y sus subsecuentes reformas. -2010 Productos y servicios. Leche, fórmula láctea, producto lácteo combinado y derivados lácteos. Disposiciones y especificaciones sanitarias. Métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2010.
2.5. NMX-F-703-COFOCALEC-2012 Sistema Producto Leche-Alimentos-Lácteos-Leche y Producto Lácteo (o Alimento Lácteo)-Fermentado o Acidificado-Denominaciones,
COFOCALEC
Se sugiere retirar del capítulo de referencias normativas las Normas Oficiales Mexicanas NOM-002-SCFI-2011, NOM-008-CFI-2002 y NOM-030-SCFI-2006, ya que las mismas no se encuentran descritas en el contenido del Proyecto-NOM y las mismas ya están referidas en la NOM-051-SCFI/SSA1-2010
Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización artículo 28 inciso III; NMX-Z-013-SCFI-2015, Punto 6.2.2.
COFOCALEC
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y el CCNNA analizaron el comentario y decidieron aceptarlo:
Se eliminan las referencias normativas: NOM-002-SC...

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