Respuesta a los comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA-2017, Leche en polvo o leche deshidratada-Materia prima- Especificaciones, información comercial y métodos de prueba, publicado el 1 de febrero de 2018.
Edición | Vespertina |
Emisor | Secretaría de Economía |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. RESPUESTA A LOS COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA-2017, "LECHE EN POLVO O LECHE DESHIDRATADA-MATERIA PRIMA-ESPECIFICACIONES, INFORMACIÓN COMERCIAL Y MÉTODOS DE PRUEBA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 1 DE FEBRERO DE 2018
ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE) y LUCIANO VIDAL GARCÍA, Director General de Normalización Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Secretario Técnico del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria (CCNNA), con fundamento en los artículos 34 fracciones II, VIII, XIII y XXXIII, 35 fracciones IV y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 94, 99 y 100 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 2, 6 fracciones IV y LIII, 113,114 y 116 de la Ley Federal de Sanidad Animal; 38 fracciones II y IX, 39 fracción V, 40 fracciones I, II, XI y XII, 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN); 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 29 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 22, fracciones I, IV, IX y X y XXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, publica la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA-2017, "Leche en polvo o leche deshidratada-Materia prima-Especificaciones, información comercial y métodos de prueba."
Empresa e Institución que presentaron comentarios durante el periodo de consulta pública
· Consejo de Exportación de Lácteos de los Estados Unidos de América (USDEC)
· Cámara Nacional de La Industria de la Leche (CANILEC).
· Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)
· Ganaderos Productores de Leche Pura S.A.P.I. De C.V. (ALPURA)
· Continental Dairy Facilities, LLC. (apoya comentarios de USDEC)
· Dairy America, Inc. (apoya comentarios de USDEC)
· Dairy Farmers of America. (apoya comentarios de USDEC)
· High Desert Milk, Inc. (apoya comentarios de USDEC)
· California Dairies, Inc (apoya comentarios de USDEC)
· Agri-Mark, Inc. (apoya comentarios de USDEC)
· Mead Johnson Nutricionales de México, S. de R.L de C.V.
· Agry- Dairy Products, Inc. (apoya comentarios de USDEC)
· Liconsa, S.A de C.V.
· Consejo para el Fomento de la Calidad de la Leche y sus Derivados, A.C. (COFOCALEC)
· Comercializadora de Lácteos y Derivados S.A de C.V (LALA)
· Federación Mexicana de Lechería, A.C.
· Sigma Alimentos Lácteos S.A. de C.V.
·
PROYECTO | PROPUESTA DE MODIFICACIÓN | JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA | RESPUESTA DEL CCONNSE Y EL CCNNA |
Prefacio Con objeto de elaborar el presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, se constituyó un Grupo de Trabajo con la participación voluntaria de los siguientes actores:
· Asociación Nacional de Ganaderos Lecheros, A.C. (ANGLAC)
· Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)
· Cámara Nacional de Industriales de la Leche (CANILEC)
· Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN)
· Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas (CNOG)
· Gremio de Productores Lecheros de la República Mexicana, A.C.
· Facultad de Química de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)
o Departamento de Alimentos y Biotecnología
· Federación Mexicana de Lechería, A.C. (FEMELECHE)
· Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA)
o Subsecretaría de Alimentación y Competitividad
o Coordinación General de Ganadería
o Dirección General de Normatividad Agroalimentaria
· Secretaría de Economía
o Subsecretaría de Industria y Comercio
o Subsecretaría de Competitividad y Normatividad
o Dirección General de Normas
· Secretaría de Salud
o Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)
· Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO)
o Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor | | | |
ÍNDICE CAPÍTULO
1. Objetivo y campo de aplicación
2. Referencias normativas
3. Términos y definiciones
4. Símbolos y abreviaturas
5. Denominación comercial
6. Especificaciones
7. Etiquetado comercial del envase
8. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad (PEC)
9. Verificación y vigilancia
10. Concordancia con normas internacionales
11. Bibliografía
ARTICULOS TRANSITORIOS
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1. Objetivo y campo de aplicación El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las características del producto referido en este documento denominado leche en polvo o leche deshidratada, que se comercializan como materia prima dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y los métodos de prueba. El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los diferentes tipos de "leche en polvo o leche deshidratada", que se comercializan como materia prima, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. | USDEC Continental Dairy Facilities
Dairy America, Inc.
Dairy Farmers of America
High Desert Milk, Inc
California Dairies, Inc
Agri-Mark, Inc
Agry- Dairy Products, Inc 1. Objetivo y campo de aplicación
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las características del producto referido en este documento denominado leche en polvo o leche deshidratada para consumo humano, que se comercializan como materia prima dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y los métodos de prueba.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los diferentes tipos de "leche en polvo o leche deshidratada" para consumo humano, que se comercializan como materia prima, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
| USDEC Continental Dairy Facilities
Dairy America, Inc.
Dairy Farmers of America
High Desert Milk, Inc
California Dairies, Inc
Agri-Mark, Inc
Agry- Dairy Products, Inc Se recomienda agregar "para consumo humano", para aclarar que la norma se refiere especificamente a la leche en polvo que se emplea para fabricar alimentos, incluyendo bebidas, destinados al consumo humano. CANILEC y CANACINTRA Se solicita que se incluya en el campo de aplicación que este producto está destinado a consumo humano
| USDEC Continental Dairy Facilities
Dairy America, Inc.
Dairy Farmers of America
High Desert Milk, Inc
California Dairies, Inc
Agri-Mark, Inc
Agry- Dairy Products, Inc CANILEC CANACINTRA SIGMA De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y el CCNNA analizaron el comentario y decidieron aceptarlo, para quedar de la siguiente manera:
1. Objetivo y campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana establece las características del producto referido en este documento denominado leche en polvo o leche deshidratada para consumo humano, que se comercializan como materia prima dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y los métodos de prueba.
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| CANILEC CANACINTRA 1. Objetivo y campo de aplicación
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las características del producto referido en este documento denominado leche en polvo o leche deshidratada, que se comercializan como materia prima dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y los métodos de prueba.
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los diferentes tipos de "leche en polvo o leche deshidratada" para consumo humano, que se comercializan como materia prima, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos.
SIGMA
1. Objetivo y campo de aplicación El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece las características del producto referido en este documento denominado leche en polvo o leche deshidratada, que se comercializan como materia prima dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y los métodos de prueba. El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los diferentes tipos de "leche en polvo o leche deshidratada" para consumo humano, que se comercializan como materia prima, dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Liconsa | SIGMA
Se solicita que se incluya en el campo de aplicación que aplica solamente a la leche en polvo o leche deshidratada para consumo humano que se utilizara como materia prima.
No aplica para productos de consumo animal o para la leche que se pudiera utilizar industrialmente en productos que no son de consumo humano.
LICONSA ¿El presente Proyecto aplica para la leche descremada en polvo, fortificada y adicionada con grasa vegetal que se comercializa como materia prima? | LICONSA
De conformidad con el artículo 47, fracciones II y III, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y 33 del Reglamento de la LFMN, el CCONNSE y el CCNNA analizaron el comentario y decidieron no aceptarlo.
El objeto y alcance de la norma es la...
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