Respuesta a los comentarios recibidos durante la fase de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SCT2/2015, Disposición para la señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas, publicado el 1 de septiembre de 2016.

Fecha de disposición01 Septiembre 2016
Fecha de publicación13 Junio 2017
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. YURIRIA MASCOTT PÉREZ, Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos; 36 fracciones I, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 penúltimo párrafo de su Reglamento; 1o., 2o., fracción III y 6o., fracción XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, he tenido a bien ordenar la publicación de las respuestas a los comentarios efectuados al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SCT2/2015, Disposición para la señalización de cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas, publicado el 1 de septiembre de 2016.

Una vez que los comentarios fueron analizados y discutidos en la primera sesión del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, de fecha 30 de marzo de 2017, se resolvieron todos los comentarios recibidos, y a través de este documento se emite la respuesta para los mismos, de conformidad con lo dispuesto por la Ley aplicable a la materia.

Atentamente

Ciudad de México, a 26 de mayo de 2017.- La Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Yuriria Mascott Pérez.- Rúbrica.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS DURANTE LA FASE DE CONSULTA PÚBLICA DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-050-SCT2/2015, DISPOSICIÓN PARA LA SEÑALIZACIÓN DE CRUCES A NIVEL DE CAMINOS Y CALLES CON VÍAS FÉRREAS, PUBLICADO EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2016

No.
PROMOVENTE
PROY-NOM-050-SCT2/2015
COMENTARIO (SIC)
RESPUESTA
RESOLUCIÓN
1
Agencia Reguladora de Transporte Ferroviario y Multimodal
31 de agosto de 2016.
YURIRIA MASCOTT PÉREZ, Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, VII, VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción XVIII, 41, 43, 45, 47, 51, 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33, 34, 39, 40, 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 1, 2 fracciones I, II, III, IV y VIII, 3, 6 Bis fracción I, 27, 31, 34, 57 y 59 fracción VIII de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 1o, 2o fracciones XII y XV, 26, 28, 29, 30, 35, 48, 49 y 50 del Reglamento del Servicio Ferroviario; 1º, 2º fracciones III y XVIII, 6º fracción XIII y 23 fracciones XVIII, XXI y XXXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; Artículo Segundo Transitorio del DECRETO por el que se reforman y diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2015; y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables.
Actualizar fundamentos.
YURIRIA MASCOTT PÉREZ, Subsecretaria de Transporte y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, VII, VIII y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38 fracción II, 40 fracción XVIII, 41, 43, 51, 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33, 34, 39, 40, 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 3, 27, 31, 34, 57 y 59 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; 1, 2 fracciones XII y XV, 26, 28, 29, 30, 35, 48, 49 y 50 del Reglamento del Servicio Ferroviario; 1o., 2o. fracción III y 6 fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y
Procedente.

2
ARTF.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, se ordena su publicación, para que en un plazo de 60 días naturales contados a partir de su fecha de publicación, los interesados presenten comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, así mismo durante ese lapso la manifestación a que se refiere el artículo 45 de la citada Ley, estará a disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité, ubicado en Calzada de las Bombas 411, colonia los Girasoles, Código Postal 04920, 2o. piso, Ciudad de México; teléfono: (55) 5723-9300 extensiones: 19030 y/o 19043; y los correos electrónicos: pvacio@sct.gob.mx y emunozse@sct.gob.mx.
Adecuar párrafo.
CONSIDERANDO
Que para calificar e instalar los señalamientos y dispositivos, se desarrollará un proyecto con base en un estudio de ingeniería de tránsito con las disposiciones señaladas en el contenido de la norma, para brindar seguridad a los usuarios en los cruces a nivel de caminos y calles con vías férreas.
Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en el artículo 51 cuarto párrafo establece que las normas oficiales mexicanas deberán ser revisadas en forma quinquenal, a efecto de su modificación o cancelación. En este sentido una vez efectuada la revisión correspondiente, se determinó conveniente la actualización de las especificaciones establecidas en la NOM-050-SCT2-2001, "Disposición para la Señalización de Cruces a Nivel de Caminos y Calles con Vías Férreas", publicada en el Diario Oficial de la Federación en fecha 8 de noviembre de 2001.
Que habiendo cumplido el procedimiento que establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en su tercera Sesión Ordinaria celebrada el 24 de noviembre de 2015, tuvo a bien aprobar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SCT2-2015, "Disposición para la Señalización de Cruces a Nivel de Caminos y Calles con Vías Férreas".
Que durante el plazo de 60 días naturales, contados a partir de la fecha de publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio y los análisis que sirvieron de base para su elaboración, a que se refieren los artículos 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 32 de su Reglamento, estuvieron a disposición del público en general para su consulta, en el domicilio del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre y los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana de referencia, los cuales fueron analizados y resueltos en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, integrándose a la Norma Oficial Mexicana, las observaciones procedentes.
Procedente.
Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, de conformidad con el inciso d) de la fracción II del artículo 28 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el cual indica que la clave de la norma debe hacer referencia al año en el que ésta es aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente, tuvo a bien aprobar por unanimidad la actualización de la clave código de la Norma Oficial Mexicana, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCT2-2015, "Disposición para la Señalización de Cruces a Nivel de Caminos y Calles con Vías Férreas", en su primera reunión ordinaria celebrada el 30 de marzo de 2017.
En tal virtud y previa aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-050-SCT2-2017, "Disposición para la Señalización de Cruces a Nivel de Caminos y Calles con Vías Férreas".

3
ARTF.
En la elaboración del presente Proyecto de Norma participaron las dependencias del Ejecutivo Federal, Empresas Ferroviarias Concesionarias, Permisionarias y Particulares siguientes:
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES:
· Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).
· Dirección General de Carreteras Federales.
· Dirección General de Servicios Técnicos.
· Instituto Mexicano del Transporte.
INSTITUCIONES EDUCATIVAS:
· Instituto Politécnico Nacional.
ASOCIACIONES DE TRANSPORTISTAS:
· Asociación Nacional de Transporte Privado, A.C.
· Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos.
EMPRESAS FERROVIARIAS:
· Administradora de la vía corta Tijuana Tecate.
· Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V.
· Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.
· Ferrocarril y Terminal del Valle de México, S.A. de C.V.
· Ferrosur, S.A. de C.V.
· Kansas City Southern de México, S.A. de C.V.
· Línea Coahuila Durango, S.A. de C.V.
EMPRESAS PRIVADAS:
· Cal y Mayor y Asociados, S.C.
· Consultoría y Capacitación, S.A. de C.V.
· Cresa, S.A.
· EPCE Constructores y Servicios S.A. de C.V.
· Grupo Duncan, S.A. de C.V.
· Oki Ferrovías, S.A. de C.V.
· PCZ Construcciones, S.A. de C.V.
· SEMEX
· Señalamiento Digital Vial y Ferroviario.
· Servicios Ferroviarios Progress, S. de R.L. de C.V.
Adecuar párrafo y corregir nombres de participantes.
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron:
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES:
· Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).
· Dirección General de Carreteras.
· Dirección General de Servicios Técnicos.
· Instituto Mexicano del Transporte.
INSTITUCIONES EDUCATIVAS:
· Instituto Politécnico Nacional.
· Universidad Tecnológica de San Juan del Río.
ASOCIACIONES DE TRANSPORTISTAS:
· Asociación Nacional de Transporte Privado, A.C.
· Confederación Nacional de Transportistas Mexicanos.
EMPRESAS FERROVIARIAS:
...

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