Respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Modificación de la NOM-019-SEMARNAT-2006, Que establece los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control de insectos descortezadores; para quedar como NOM-019-SEMARNAT-2016, Que establece los lineamientos técnicos para la prevención, combate y control de insectos descortezadores, publicado el 5 de agosto de 2016.

Fecha de disposición05 Agosto 2016
Fecha de publicación23 Noviembre 2017
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, Subsecretario de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 47, fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracciones III y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publica la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Modificación de la NOM-019-SEMARNAT-2006, Que establece los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control de insectos descortezadores; para quedar como NOM-019-SEMARNAT-2016, Que establece los lineamientos técnicos para la prevención, combate y control de insectos descortezadores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de agosto de 2016.

Promovente: Graciela Hernández Villa

Organización o dependencia a la que pertenece: Persona física.

Fecha de recepción: 22 de agosto de 2016.

No . Comentario Atención 1 Dice: 5.8 Los métodos de prevención, combate y control consisten en realizar uno o varios procedimientos descritos a continuación y de acuerdo al numeral 5.9, identificando la especie de descortezador con base en el Anexo 3. ... f) Astillado Reducir puntas y ramas a hojuelas o partículas de madera con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor. Debe decir: ... f) Astillado Reducir puntas, ramas o árboles de diámetros de la capacidad que permita la astilladora a hojuelas o partículas de madera. Justificación Esto debido a que en ocasiones existe arbolado con diámetros pequeños plagados y no son saneados por la dificultad de descortezarlo por lo que es más efectivo el saneamiento si se corta y completo se mete a la astilladora. Parcialmente procedente El Grupo de Trabajo (GT) determinó parcialmente procedente este comentario debido a que se acepta la parte de la propuesta consistente en incluir "árboles de diámetros que permita la astilladora", en virtud a que, de acuerdo con la justificación de la comentarista, "en ocasiones existe arbolado con diámetros pequeños plagados y no son saneados por la dificultad de descortezarlo". Sin embargo, con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (RLFMN), la propuesta no se acepta textualmente como se plantea en el apartado Debe decir: , debido a que el GT considera necesario mantener la especificación sobre las dimensiones de las hojuelas o partículas resultantes del astillado, es decir, menores de 1.2 cm de espesor, toda vez que de esa manera se asegura la eliminación de los insectos descortezadores al aplicar dicho procedimiento. Por otra parte, derivado del análisis directo de este comentario, el GT determina que la letra "o" utilizada en el texto "puntas, ramas o árboles", es excluyente, por lo que la redacción se modifica para sustituir la letra "o", por la letra "y", a efecto de que se puedan introducir en la astilladora, los tres tipos de materiales para generar hojuelas o partículas. De igual forma, el GT advirtió que en el numeral 5.8 se describen los métodos de combate y control de insectos descortezadores, pero no los métodos de prevención (capítulo 4. de la presente Norma), por lo que se realiza la adecuación correspondiente en la Norma que será la definitiva. Así mismo, y debido a la relación que tiene el procedimiento de "Astillado", con el Anexo 4 de la presente Norma, el GT consideró, necesario realizar la modificación en dicho Anexo, para que el verificador coincida con la descripción del producto del astillado, más que con la descripción del procedimiento; por lo que en lugar de que diga: - Existe evidencia de puntas y ramas con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor. Dirá: - Existe evidencia de hojuelas o partículas con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor. Finalmente, también derivado del análisis de este comentario, el GT determinó necesario adecuar el encabezado del formato Anexo 4, a efecto de dar mayor claridad y evitar confusiones en su utilización, toda vez que los verificadores se aplican para constatar el cumplimiento de los procedimientos que integran los métodos de combate y control, pudiendo ser uno o varios procedimientos los que integran dichos métodos. Así mismo, esta modificación se aplica en el numeral 6.4.4, de la Norma que será la definitiva y se corrige en dicho numeral, la referencia al capítulo 5., debiendo ser el numeral 5.8, para hacerla más específica respecto al cumplimiento de los lineamientos técnicos de los procedimientos que integran los métodos de combate y control de insectos descortezadores. Por lo anterior, se realiza la adecuación correspondiente en la Norma que será la definitiva. Decía: 5.8 Los métodos de prevención, combate y control consisten en realizar uno o varios procedimientos descritos a continuación y de acuerdo al numeral 5.9, identificando la especie de descortezador con base en el Anexo 3: ... f) Astillado Reducir puntas y ramas a hojuelas o partículas de madera con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor. ... Dice: 5.8 Los métodos de combate y control consisten en realizar uno o varios procedimientos descritos a continuación y de acuerdo al numeral 5.9, identificando la especie de descortezador con base en el Anexo 3: ... f) Astillado Reducir puntas, ramas y árboles de diámetros de la capacidad que permita la astilladora, a hojuelas o partículas de madera con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor. ... Decía: Anexo 4 Lista de control para verificar el cumplimiento de los métodos de combate y control de descortezadores

Procedimiento
Numeral de la norma
Verificadores
..
.
...
...
...
..
.
Astillado
5.8 inciso f)
· Existe evidencia de puntas y ramas con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor.
..
.
...
...
...
..
.

...

Dice:

Anexo 4

Lista de control para verificar el cumplimiento de los procedimientos que integran los métodos de combate y control de descortezadores

Procedimiento
Numeral de la norma
Verificadores
..
.
...
...
...
..
.
Astillado
5.8 inciso f)
· Existe evidencia de hojuelas o partículas de madera, con dimensiones menores a 1.2 cm de espesor.
..
.
...
...
...
..
.

...

Promovente: Dirección General de Inspección y Vigilancia Forestal.

Organización o dependencia a la que pertenece: PROFEPA.

Fecha de recepción: 23 de agosto de 2016.

No . Comentario Atención 2 Dice: Anexo 4 Lista de control para verificar el cumplimiento de los métodos de combate y control de descortezadores, Tercer renglón que se refiere al "Extracción inmediata" y que tiene relación con el numeral 5.8. Inciso c), cuyo verificador establece: ..."Verificar que el arbolado derribado se retire de manera inmediata y que no presente insectos en estado adulto" Debe decir: ..."Verificar que el arbolado derribado se retire de manera inmediata y que no presente insectos en estado adulto" En caso de que el arbolado derribado presente insectos adultos, la PROFEPA o las personas acreditadas y aprobadas para realizar el PEC, deberán indicar al visitado realice la remoción y destrucción de los insectos mediante descortezado y asperjado de la corteza desprendida del tronco o fuste, antes de su extracción. Justificación De esta forma se neutraliza la situación de riesgo de dispersión de las plagas. Parcialmente procedente El GT determinó parcialmente procedente este comentario debido a que se acepta la adición del texto propuesto por el comentarista: "En caso de que el arbolado derribado presente insectos adultos, la PROFEPA, o las personas acreditadas y aprobadas para realizar el PEC, deberán indicar al visitado realice la remoción y destrucción de los insectos...", ya que complementa la lista de control para verificar el cumplimiento del procedimiento "Extracción inmediata" del Anexo 4 de la presente Norma. No obstante, lo anterior, con fundamento en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (RLFMN), el GT consideró no procedente el siguiente texto de la propuesta "...mediante descortezado y asperjado de la corteza desprendida del tronco o fuste...", debido a que no es el único método para llevar a cabo la remoción y destrucción de los insectos adultos, una vez que el árbol se encuentra derribado. Por lo anterior, el GT acordó modificar el párrafo propuesto por el comentarista, para indicar los métodos que resulten aplicables, por lo tanto, el texto aprobado queda del tenor siguiente: "En caso de que el arbolado derribado presente insectos adultos, la PROFEPA o las personas acreditadas y aprobadas para realizar el PEC, deberán indicar al visitado realice la remoción y destrucción de los insectos, antes de su extracción, mediante alguno de los métodos siguientes descritos en el numeral 5.9 de la presente Norma: 1. Derribo, troceo y descortezado mecánico. 2. Derribo, troceo, descortezado manual y quema de corteza. 3. Derribo, troceo, descortezado manual y enterrado de corteza. 4. Derribo, troceo y quema de trozas, puntas o ramas. 5. Derribo, troceo y astillado. 8. Derribo, troceo y aplicación de químico. 9. Derribo, troceo, descortezado y aplicación de químico. Si la presencia de insectos adultos descrita anteriormente, ocurre dentro de una ANP, la aplicación de los métodos 8. o 9. Descritos en el numeral 5.9 de la presente Norma, quedará sujeta a lo establecido en el Programa...

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