Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-210-SSA1-2013, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos y toxinas microbianas, publicado el 6 de mayo de 2013

Fecha de disposición06 Mayo 2013
Fecha de publicación10 Abril 2015
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o, fracciones XXII y XXIV, 13, apartado A, fracciones I y II, 17 bis, 194, fracción I, 195, 197, 199 y 214, de la Ley General de Salud; 40, fracciones I, III, VII XI y XIII, 41, 43 y 47, fracción II y IIl, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o, 15 y Quinto Transitorio, del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 36, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 3, fracciones I, literales c. y s. y II, así como 10, fracciones IV y VIII, del Reglamento de la Comisión Federal para Protección contra Riesgos Sanitarios, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-210-SSA1-2013, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos y toxinas microbianas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 2013.

Como resultado del análisis que realizó el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, de los comentarios recibidos por los diferentes promoventes, se ha considerado dar respuesta a los mismos en los siguientes términos:

No.
PROMOVENTE/COMENTARIO
RESPUESTA
1.
Grupo CENCON Centro de control S.A de C.V. (CENCON).
En el exordio, propone modificar el siguiente texto:
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-210-SSA1-2013, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos y toxinas microbianas.
Por el texto:
Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-210-SSA1-2013, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos.
Se sugiere la modificación debido a que no se hace mención de ningún anexo para la determinación de toxinas microbianas.
Se acepta parcialmente el comentario, con fundamento en el artículo 33, del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para quedar como sigue:
Norma Oficial Mexicana NOM-210-SSA1-2014, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos.
Lo anterior, toda vez que se trata de la Norma definitiva.
2.
Centro de Capacitación en Calidad Sanitaria, S.A de C.V., Escuela Nacional de Ciencias Biológicas-IPN (ENCB) e Instituto Nacional de ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (CYTA).
En el apartado del PREFACIO, proponen eliminar el siguiente texto:
Laboratorio de Especialidades Inmunológicas, S.A. de C.V.
Debido a que se encuentra repetido dos veces en el mismo apartado.
Se acepta el comentario, por tanto se elimina una de las dos menciones al Laboratorio de Especialidades Inmunológicas, S.A. de C.V.

3.
Laboratorio Estatal de Salud Pública de Morelos (LESP MORELOS), Laboratorio de Especialidades Inmunológicas, S. A de C.V. (LEI), CENCON, Laboratorio QUIBIMEX S.A de C.V. (QUIBIMEX), MICROLABORATORIO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V., DUPONT MÉXICO, S.A. DE C.V. (DUPONT), ENCB Y ANALYSIS & RESEARCH LAB., S.A. DE C.V.
En el apartado del PREFACIO, proponen cambiar el siguiente texto:
Laboratorio de Investigación y Asistencia Técnica de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas.
Por el texto:
Escuela Nacional de Ciencias Biológicas.
Debido a que no se tuvo la participación del laboratorio de investigación y asistencia técnica, si no de la Escuela Nacional de Ciencias Biológicas.
Se acepta el comentario, por lo tanto el texto queda como sigue:
Escuela Nacional de Ciencias Biológicas.
4.
Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgo (CEMAR).
En el apartado del PREFACIO, propone integrar el siguiente texto:
CANACINTRA. Industria Láctea.
DUPONT, S.A de C.V.
3M México, S.A. de C.V.
Grupo Jumex, S.A. DE C.V.
Se acepta el comentario, por tanto se integran al PREFACIO, para quedar como sigue:
Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA). Industria Láctea.
DUPONT, S.A de C.V.
3M México, S.A. de C.V.
Grupo Jumex, S.A. DE C.V.
5.
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
En el apartado del ÍNDICE en su numeral 13. propone modificar el nombre del Apéndice Normativo "A" que dice:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo A. Método de referencia para el aislamiento de Salmonella spp.
Por el texto:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo A. Método de referencia para el aislamiento de Salmonella spp.
Se sugiere la modificación, por ser la nomenclatura correcta, spp no se escribe en cursivas, esta corrección aplica para toda la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-210-SSA1-2013, Productos y servicios. Métodos de prueba microbiológicos. Determinación de microorganismos indicadores. Determinación de microorganismos patógenos y toxinas microbianas.
Se acepta el comentario, por lo que el texto queda de la siguiente manera:
Salmonella spp.
Asimismo, se modifica en todo el texto de la Norma en su versión final.
6.
CEMAR.
En el apartado del ÍNDICE en su numeral 13. propone modificar el nombre del Apéndice Normativo "B" que dice:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo B. Método de referencia para la estimación de la cuenta de Staphylococos aureus.
Por el texto:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo B. Método de referencia para la estimación de la cuenta de Staphylococcus aureus.
Se sugiere la modificación, por ser la nomenclatura correcta.
Se acepta parcialmente el comentario, con fundamento en el artículo 33, del Reglamento de laLey Federal sobre Metrología y Normalización, así como en la Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977 Guía para la Redacción, Estructuración y Presentación de las Normas Mexicanas, por lo que el texto queda de la siguiente manera
13. Apéndices.
Apéndice B Normativo. Método de referencia para la estimación de la cuenta de S. aureus.
Asimismo, se modifica en todo el texto de la Norma en su versión final.

7.
Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), ENCB, CEDIMI Laboratorios, S.A. de C.V. (CEDIMI), QUIBIMEX, Instituto Nacional de ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (CYTA), Comercializadora PEPSICO México, S. de R.L. de C.V. (PEPSICO) e IMSS.
En el apartado del ÍNDICE en su numeral 13. propone modificar el nombre del Apéndice Normativo "C" que dice:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo C. Método de referencia para el asilamiento Listeria monocitogenes.
Por el texto:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo C. Método de referencia para el asilamiento Listeria monocytogenes.
Se sugiere la modificación, por ser el nombre científico correcto el de Listeria monocytogenes, el cual se escribe con "y" en lugar de "i", además que el nombre científico se escribe con cursivas.
Se acepta parcialmente el comentario, con fundamento en el artículo 33, del Reglamento de laLey Federal sobre Metrología y Normalización, así como en la Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977 Guía para la Redacción, Estructuración y Presentación de las Normas Mexicanas, para quedar como sigue:
13. Apéndices.
Apéndice C Normativo. Método de referencia para el aislamiento de L. monocytogenes.
Asimismo, se modifica en todo el texto de la Norma en su versión final.
8.
LESP MORELOS, LEI, CENCON, QUIBIMEX, MICROLABORATORIO INDUSTRIAL, S.A. DE C.V., DUPONT, ENCB Y ANALYSIS & RESEARCH LAB., S.A. DE C.V.
En el apartado del ÍNDICE en su numeral 13. propone modificar el nombre del Apéndice Normativo "D" que dice:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo D. Método aprobado para el recuento de Enterococos en agua.
Por el texto:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo D. Método alternativo para la estimación de Enterococos fecales en agua. Técnica de tubos múltiples.
Por ser el nombre correcto respecto a la bibliografía citada.
Se acepta parcialmente el comentario, con fundamento en el artículo 33, del Reglamento de laLey Federal sobre Metrología y Normalización, así como en la Norma Mexicana NMX-Z-013/1-1977 Guía para la Redacción, Estructuración y Presentación de las Normas Mexicanas, para quedar como sigue:
Apéndice D Normativo. Método alternativo para la estimación de Enterococos fecales en agua. Técnica de tubos múltiples.
Asimismo, se modifica en todo el texto de la Norma en su versión final.
9.
Laboratorio Estatal de Salud Pública de Veracruz (LESP VERACRUZ).
En el apartado del ÍNDICE en su numeral 13. propone modificar el nombre del Apéndice Normativo "E" que dice:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo E. Método de referencia "Sustrato fluorogénico para determinar enterococos en agua".
Por el texto:
13. Apéndices.
Apéndice Normativo E. Método de referencia "Sustrato cromogénico definido y fluorogénico para determinar Enterococos en agua".
Se sugiere la modificación, dado que tanto el Apéndice Normativo II de la NMX-AA-120-SCFI-2006 y los Lineamientos de la COFEPRIS para agua de mar de contacto primario los refieren como "sustrato cromogénico definido".
Se acepta parcialmente el comentario, con fundamento en el artículo 33, del Reglamento de laLey Federal sobre Metrología y Normalización, así como en la Norma...

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