Respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-171-SSA1-1998, Para la práctica de hemodiálisis, publicado el 7 de diciembre de 1998

Fecha de disposición07 Diciembre 1998
Fecha de publicación11 Agosto 1999
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

RESPUESTA a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-171-SSA1-1998, Para la práctica de hemodiálisis, publicado el 7 de diciembre de 1998.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-171-SSA1-1998, PARA LA PRACTICA DE HEMODIALISIS.

La Dirección General de Regulación de los Servicios de Salud, por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, ordena la publicación de la respuesta a los comentarios recibidos al Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-171-SSA1-1998, Para la práctica de hemodiálisis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de diciembre de 1998.

Como resultado del análisis de los comentarios recibidos por los diferentes promoventes y por el propio grupo de trabajo que revisó la norma se consideró necesario modificar partes del contenido de la misma bajo lo siguiente:

México, D.F., a 1 de junio de 1999.- La Directora de Regulación de los Servicios de Salud, Georgina Velázquez Díaz.- Rúbrica.

PROMOVENTE PUNTO RESPUESTA
Regulación y Fomento Sanitario, Secretaría de Salud del Estado de Veracruz. Dr. J. Nicolás Chantiri Pérez. 3 No se acepta, agregar: ...para cumplir con el manejo adecuado de los pacientes seropositivos... porque en el punto 3 de este proyecto de NOM se cita la NOM. 010-SSA2-1993 Norma Oficial Mexicana, Para la prevención y el control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana a la que debe referirse.
Depto. de Nefrología, Hosp. de Especialidades, Centro Médico Nacional, I.M.S.S. México, D.F. Dr. Alejandro Treviño Becerra. 4.2 4.5 Definiciones No se acepta la sugerencia de que en la definición de este punto se agregue: “Que por lo tanto la hemodiálisis no deberá practicarse en el domicilio de los pacientes”, ya que en el punto 4.6 se especifica donde debe realizarse este procedimiento. No se acepta agregar a la definición que “la hemodiálisis se aplica a pacientes con Insuficiencia Renal Aguda o Crónica (2 o 3 veces por semana) a aquellos enfermos cuya filtración glomerular residual esté por debajo de 10 a 5 ml/min.” Independientemente de
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