Acuerdo por el que se da a conocer el resumen del Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el Carácter de Area de Protección de Flora y Fauna Médanos de Samalayuca

Fecha de disposición02 Abril 2013
Fecha de publicación02 Abril 2013
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JUAN JOSE GUERRA ABUD, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 32 Bis, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 76 de su Reglamento en Materia de Areas Naturales Protegidas y 5, fracción XXV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, en términos de lo dispuesto por el artículo 66 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, ha concluido la elaboración del Programa de Manejo del Area Natural Protegida con el carácter de Area de Protección de Flora y Fauna Médanos de Samalayuca, ubicada en los municipios de Juárez y Guadalupe, en el Estado de Chihuahua, creada mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2009.

Que el artículo 66, último párrafo, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ordena que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publique en el Diario Oficial de la Federación un resumen del programa de manejo respectivo y el plano de localización del Area Natural Protegida correspondiente, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL AREA NATURAL PROTEGIDA CON EL CARACTER DE AREA DE PROTECCION DE FLORA Y FAUNA MEDANOS DE SAMALAYUCA

ARTICULO UNICO

Se da a conocer el Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Médanos de Samalayuca, ubicada en los municipios de Juárez y Guadalupe, en el Estado de Chihuahua, cuyo Resumen, que incluye el plano de localización de dicha Area Natural Protegida, se anexa al presente para que surta los efectos legales a que haya lugar.

Dicho Programa de Manejo se encuentra a disposición para su consulta en las oficinas de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas, ubicadas en Camino al Ajusco número 200, 3er. piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, código postal 14210, en la Ciudad de México, Distrito Federal; en las oficinas de la Dirección Regional Norte y Sierra Madre Occidental, ubicadas en Avenida Universidad número 2757, colonia Parques de San Felipe, código postal 31203, Chihuahua, Chihuahua, y en las oficinas de la Delegación Federal de la propia Secretaría en el Estado de Chihuahua, ubicadas en calle Medicina número 1118, colonia Magisterial, código postal 31240, Chihuahua, Chihuahua.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo y su anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los trece días del mes de marzo de dos mil trece.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.

ANEXO

RESUMEN DEL PROGRAMA DE MANEJO DEL AREA DE PROTECCION DE FLORA Y FAUNA

MEDANOS DE SAMALAYUCA

Introducción

El día 5 de junio de 2009, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de área de protección de flora y fauna, la zona conocida como Médanos de Samalayuca, localizada en los municipios de Juárez y Guadalupe, en el Estado de Chihuahua, con una superficie total de 63,182-33-07.035 hectáreas, por conformar una de las representaciones naturales más importantes de nuestro país, ecosistema relictual en donde se dan condiciones de aridez, que permiten la formación de montículos de arena fina resultado de procesos erosivos milenarios que contienen gran variedad de grupos de plantas halófitas propias de dunas.

Cabe señalar que además en el área de los Médanos de Samalayuca, correspondiente a la Región Hidrológica número 34 Cuencas Cerradas del Norte, se captan en promedio 160 milímetros de precipitación al año, en una región desértica donde los flujos superficiales continuos no existen y por ende el agua que se encuentra en los manantiales Ojo de Samalayuca, Ojo de la Casa, Ojo de En Medio y Ojo de la Punta, resulta vital para el desarrollo de actividades antropogénicas, y en donde el aprovechamiento del agua subterránea resulta de suma trascendencia en esta zona para las actividades industriales dadas las características particulares del ecosistema de dunas, por lo que los servicios ambientales que provee el área deben protegerse.

El Desierto Chihuahuense, del cual forman parte los Médanos de Samalayuca, es uno de los sitios en buen estado de conservación, alto en endemismos, que contiene ecosistemas representativos, entre los que resaltan los médanos, que constituyen un sistema complejo único de dunas de arena compuestas por dióxido de sílice, reconocidas como las más altas de nuestro país, de los que dependen la existencia, transformación y desarrollo de alrededor de 248 especies de plantas y 154 especies de fauna.

El Programa de Manejo del Area de Protección de Flora y Fauna Médanos de Samalayuca, constituye un instrumento de planeación y regulación basado en el conocimiento de la problemática del área, sus recursos naturales y su uso sustentable.

Objetivos General y Específicos del Programa de Manejo

Objetivo General

Constituir el instrumento rector de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración del Area de Protección de Flora y Fauna Médanos de Samalayuca.

Objetivos Específicos

Protección.- Establecer acciones de conservación de los ecosistemas y sus elementos, mediante la implementación de medidas y políticas de inspección y vigilancia, prevención, control y combate de incendios y de contingencias ambientales, preservación e integridad de áreas frágiles y sensibles.

Manejo.- Generar líneas de operación, impulsando proyectos alternativos basados en esquemas de uso sustentable de los recursos naturales, así como fortalecer el desarrollo comunitario, promover el patrimonio natural, histórico y cultural del Area, así como mitigar las condiciones de pobreza y marginación de las comunidades involucradas, para situarlas en un horizonte de desarrollo sustentable local.

Restauración.- Generar acciones para restablecer o rehabilitar los sitios dentro del Area que han sido impactados por actividades antropogénicas, llevando a cabo actividades de reforestación, conservación de agua y suelos, control de la erosión, pérdida de suelo o degradación así como llevar a cabo el control y/o erradicación de especies exóticas invasoras o que se tornen perjudiciales, de tal modo que se asegure la conectividad del paisaje.

Conocimiento.- Contar con información sistematizada, disponible y actualizada, para fortalecer el cúmulo de conocimientos sobre el medio físico, la biodiversidad, los ecosistemas, la sociedad y sus interacciones, que sirvan como fundamento para la planeación, toma de decisiones, seguimiento y evaluación de la conservación de los ecosistemas del Area.

Cultura.- Establecer acciones encaminadas a la promoción, difusión, educación para la conservación y revaloración de los recursos naturales con que cuenta el área de protección de flora y fauna Médanos de Samalayuca.

Gestión.- Propiciar la coordinación de acciones y proyectos interinstitucionales destinados a la conservación de los ecosistemas, procurando la participación de los individuos y comunidades asentadas en la misma, de los organismos del sector ambiental, así como de los otros sectores y órdenes de gobierno.

Delimitación, Extensión y Ubicación de las Subzonas

Zonificación y Subzonificación

De conformidad con lo establecido en la fracción XXXIX del Artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la zonificación es el instrumento técnico de planeación que puede ser utilizado en el establecimiento de las áreas naturales protegidas, que permite ordenar su territorio en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, la vocación natural del terreno, de su uso actual y potencial, de conformidad con los objetivos previstos en la misma declaratoria. Asimismo, existirá una subzonificación, la cual consiste en el instrumento técnico y dinámico de planeación, que se establecerá en el programa de manejo respectivo, y que es utilizado en el manejo de las áreas naturales protegidas, con el fin de ordenar detalladamente las zonas núcleo y de amortiguamiento, previamente establecidas mediante la declaratoria correspondiente.

Criterios de subzonificación

De conformidad con lo previsto en el artículo Segundo del "Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de área de protección de flora y fauna, la zona conocida como Médanos de Samalayuca, localizada en los municipios de Juárez y Guadalupe, en el Estado de Chihuahua", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2009, el polígono del área de protección de flora y fauna, Médanos de Samalayuca estará integrado por una zona de amortiguamiento dividida en subzonas de preservación, de aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, de aprovechamiento especial, de uso público y de asentamientos humanos; para ello, los criterios considerados para realizar la subzonificación, fueron la información disponible, considerando principalmente los factores físicos: topografía, curvas de nivel, cuencas hidrológicas y suelos. Se tomaron en cuenta los componentes bióticos: el tipo de vegetación y su condición aparente, niveles de deterioro y presencia de especies con alguna categoría de riesgo. Por otra parte, se...

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