Circular 06600/OIC/FIRA/035/2005, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que se revoca la inhabilitación impuesta a la empresa Datavisión Digital, S.A. de C.V

Fecha de disposición25 Julio 2005
Fecha de publicación25 Julio 2005
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CIRCULAR 06600/OIC/FIRA/035/2005, por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, que se revoca la inhabilitación impuesta a la empresa Datavisión Digital, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Fondo de Garantía y Fomento para la Agricultura, Ganadería y Avicultura.

CIRCULAR 06600/OIC/FIRA/035/2005

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE SE REVOCO LA RESOLUCION DE FECHA TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL CINCO, MEDIANTE LA CUAL SE IMPUSO A LA EMPRESA DATAVISION DIGITAL, S.A. DE C.V., LA SANCION ADMINISTRATIVA CONSISTENTE EN INHABILITACION POR EL TERMINO DE TRES MESES, PARA PARTICIPAR EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION O CELEBRAR CONTRATOS REGULADOS POR LAS LEYES DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 37 fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 8, 9, 86, 91, 92, 93 y 95 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 67 fracción I numeral 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo segundo de la resolución de fecha veintisiete de mayo de dos mil cinco, dictada dentro del expediente número DS/REC.REV/0001/2005, relativo al recurso de revisión, en el que se determinó revocar la resolución de fecha treinta y uno de marzo de dos mil cinco, emitida en el expediente DS/0073/2003, en la que se impuso a Datavisión Digital, S.A. de C.V., la sanción consistente en inhabilitación por el plazo de tres meses, para presentar propuestas o celebrar contrato alguno por sí misma o interpósita persona con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, ni con entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal, en las materias de adquisiciones, arrendamientos y servicios del...

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