Resolución que declara de oficio el inicio de la segunda revisión de revocación de la cuota compensatoria a las importaciones de peróxido de hidrógeno, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 2847.00.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América y provenientes de...

Fecha de disposición21 Enero 2002
Fecha de publicación21 Enero 2002
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución que declara de oficio el inicio de la segunda revisión de revocación de la cuota compensatoria a las importaciones de peróxido de hidrógeno, mercancía actualmente clasificada en la fracción arancelaria 2847.00.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América y provenientes de la empresa FMC Corporation.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION QUE DECLARA DE OFICIO EL INICIO DE LA SEGUNDA REVISION DE REVOCACION DE LA CUOTA COMPENSATORIA A LAS IMPORTACIONES DE PEROXIDO DE HIDROGENO, MERCANCIA ACTUALMENTE CLASIFICADA EN LA FRACCION ARANCELARIA 2847.00.01 DE LA TARIFA DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION, ORIGINARIAS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Y PROVENIENTES DE LA EMPRESA FMC CORPORATION.

Visto para resolver el expediente administrativo 5a. R-imp 27/01, radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes:

RESULTANDOS

Resolución definitiva

  1. El 23 de diciembre de 1993, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución definitiva de la investigación antidumping sobre las importaciones de peróxido de hidrógeno, mercancía comprendida en la fracción arancelaria 2847.00.01 de la Tarifa de la Ley del Impuesto General de Importación, originarias de los Estados Unidos de América.

    Monto de la cuota compensatoria

  2. De conformidad con la resolución definitiva mencionada en el punto anterior, se determinó una cuota compensatoria de 34.5 por ciento para las importaciones de peróxido de hidrógeno, originarias de los Estados Unidos de América.

    Resolución preliminar que concluye la segunda revisión a la resolución definitiva

  3. El 20 de enero de 2000 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución preliminar que concluye la segunda revisión a la resolución definitiva sobre las importaciones de peróxido de hidrógeno, y que revoca la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones originarias de los Estados Unidos de América, provenientes de la empresa FMC Corporation.

    Resolución final de la primera revisión de oficio

  4. El 17 de diciembre de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución final de la primera revisión de oficio de revocación de la cuota compensatoria a las importaciones de peróxido de...

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