Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la revocación de la resolución de 20 de junio de 2005, emitida en el expediente SAN/153/2004 por el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control...

EmisorSecretaría de la Función Pública

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la revocación de la resolución de 20 de junio de 2005, emitida en el expediente SAN/153/2004 por el Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en la que se impuso sanción administrativa a la sociedad mercantil CF Medical, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el ISSSTE.

CIRCULAR No. OIC/UAJ/00/637/11896/2005

CIRCULAR QUE SE EMITE EN ALCANCE A LA DIVERSA NUMERO OIC/AR/00/637/8260/2005 PUBLICADA EN ESTE ORGANO DE DIFUSION EL VIERNES 1 DE JULIO DE 2005, POR LA QUE SE COMUNICO A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE DEBERIAN DE ABSTENERSE DE ACEPTAR PROPUESTAS O CELEBRAR CONTRATOS CON LA SOCIEDAD DENOMINADA CF MEDICAL, S.A. DE C.V., POR EL PLAZO DE TRES MESES; LO ANTERIOR EN VIRTUD DE QUE SE REVOCO TOTALMENTE LA RESOLUCION DE 20 DE JUNIO DE 2005, EMITIDA POR EL TITULAR DEL AREA DE RESPONSABILIDADES DE ESTE ORGANO INTERNO DE CONTROL EN EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, EN LA QUE SE IMPUSO LA SANCION ANTES PRECISADA.

Oficiales mayores de las dependencias, Procuraduría General de la República y equivalentes de las entidades de la Administración Pública Federal y de los gobiernos de las entidades federativas. Presentes.

Con fundamento en los artículos 2, 8 y 9 primer párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria y; 1o. fracción IV, 5, 6, 59, 60 fracción IV y 61 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 69 de su Reglamento, y en cumplimiento a lo ordenado en el resolutivo segundo del oficio número OIC/UAJ/00/637/11156/2005 de fecha 9 de agosto de 2005, que se dictó en el expediente número 637-I-010/2005, mediante el cual se resolvió el Recurso de Revisión Administrativa interpuesto por la Sociedad Mercantil CF Medical, S.A. de C.V., y por el que se...

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