Acuerdo de Coordinación que celebran la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Colima y el H. Ayuntamiento de Armería, con el objeto de realizar acciones del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos para el ejercicio fiscal 2013, a través del proyecto denominado Elaboración de Atlas de Riesgos del Municipio de Armería

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

ACUERDO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, REPRESENTADA POR EL LIC. ÓSCAR CARLOS ZURROZA BARRERA, DELEGADO EN EL ESTADO DE COLIMA; POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE COLIMA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. RIGOBERTO SALAZAR VELASCO EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL EN EL ESTADO Y POR EL H. AYUNTAMIENTO DE ARMERÍA, REPRESENTADO POR LA DRA. PATRICIA MACÍAS GÓMEZ, PRESIDENTA MUNICIPAL A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDATU", "EL GOBIERNO DEL ESTADO" Y "EL MUNICIPIO", RESPECTIVAMENTE, Y DE MANERA CONJUNTA "LAS PARTES", Y COMO TESTIGO DE ESTE ACTO EL L.A.E. ÓSCAR GUSTAVO CÁRDENAS MONROY, SUBSECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, CON EL OBJETO DE REALIZAR ACCIONES DEL PROGRAMA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, A TRAVÉS DEL PROYECTO DENOMINADO, ELABORACIÓN DE ATLAS DE RIESGOS DEL MUNICIPIO DE ARMERÍA, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, en su artículo 31 establece que los programas de subsidio del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, en los programas que resulte aplicable y la Declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria formulada por la Cámara de Diputados, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; protección social y programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social Básica y el Fomento del Sector Social de la Economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas, los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las Reglas de Operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

  2. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, en su artículo 41 y Transitorios Cuarto y Sexto, a partir del presente ejercicio fiscal, el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos fue asignado a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

  3. El Ejecutivo Federal, a través del Ramo Administrativo 20 "Desarrollo Social" ha instrumentado el Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos, cuyo objetivo general es contribuir al fortalecimiento de las capacidades de los municipios en materia de prevención de riesgos, a través de las obras y acciones que reduzcan la vulnerabilidad de la población ante el impacto de fenómenos naturales.

  4. "LAS PARTES" han decidido conjuntar esfuerzos en el marco del Programa Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos para concretar proyectos que reduzcan el riesgo de ocurrencia de desastres ante el impacto de fenómenos naturales, mediante acciones y obras de prevención y mitigación en los asentamientos humanos.

    DECLARACIONES

  5. "LA SEDATU", POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES DECLARA:

    1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal centralizada, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que de conformidad con lo dispuesto en las fracciones I y X del artículo 41 de la Ley antes citada, tiene entre sus atribuciones: I. Impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen: a) El crecimiento o surgimiento de asentamientos humanos y centros de población; y c) El desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios. Asimismo, planear y proyectar la adecuada distribución de la población y la ordenación territorial de los centros de población, ciudades y zonas metropolitanas, bajo criterios de desarrollo sustentable, conjuntamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos de las entidades federativas y municipales para la realización de acciones en esta materia, con la participación de los sectores social y privado.

    3. Que el C. Delegado de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en el Estado de Colima, tiene facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

    4. Que para los efectos de este Acuerdo de Coordinación señala como domicilio el ubicado en Avenida de los Maestros No. 338, Colonia Magisterial, Colima, Colima, Código Postal 28030.

    5. Que la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de Atención a Zonas de Riesgos, adscrita a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, en su calidad de Unidad Responsable del Programa Prevención de Riesgos en Asentamientos Humanos (URP), realizará las actividades de validación, autorización y seguimientos de las acciones y/o proyectos contemplados en las Reglas de Operación del Programa.

  6. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE DECLARA:

    1. Que es una entidad libre y soberana en la que se refiere a su régimen interior, es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos de conformidad con lo dispuesto por los artículos 40, 43, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 2, 3, 4, 5, y 6 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

    2. Que conforme al artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Colima, la titularidad del ejercicio del Poder...

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