Acuerdo por el que la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano pone a disposición de la Secretaría de la Función Pública el terreno nacional denominado Rancho Tres Hermanos, ubicado en el Municipio de Puerto Peñasco, Estado de Sonora, con una superficie de 410-17-90 hectáreas

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EmisorSecretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento de la Propiedad Rural.- Dirección General de Ordenamiento y Regularización.- Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural.

ACUERDO DE PUESTA A DISPOSICION

Visto el estado que guarda el expediente número 738913, relativo al terreno nacional denominado "RANCHO TRES HERMANOS", ubicado en el Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, con una superficie de 410-17-90 hectáreas, así como el contenido del oficio número PM/767/10 sin fecha, recibido en la Oficialía de Partes del Titular de la Secretaría de la Reforma Agraria el día ocho de diciembre de dos mil diez, suscrito por los CC. ALEJANDRO ZEPEDA MUNRO, JOSE RAMON SANTOS, y NOE SALVADOR BAÑAGA FARIAS, en su carácter de Presidente Municipal, Secretario y Sindico Procurador, respectivamente, todos del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, por el que solicitaron la puesta a disposición a favor de la Secretaría de la Función Pública, del predio citado al rubro, con la finalidad de que se destine para las necesidades de uso de suelo habitacional, para familias de escasos recursos; y:

RESULTANDOS

  1. Que ante la entonces Dirección de Regularización de la Propiedad Rural hoy Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, se instauró el expediente administrativo de terrenos nacionales número 738913 con motivo de la solicitud de enajenación de fecha cuatro de octubre de dos mil seis, formulada ante la entonces Representación Estatal hoy Delegación Estatal en Sonora por el C. Eduardo Chávez Rivera respecto a un predio denominado "Rancho Tres Hermanos" con una superficie aproximada de 372-00-00 hectáreas, ubicado en el Municipio de Puerto Peñasco, en el Estado de Sonora; solicitante que acreditó su nacionalidad mexicana con copia certificada del acta de nacimiento con número 1723835 de fecha veintiocho de diciembre de dos mil siete, expedida por la Oficial de Certificación de la Oficialía 01 del Registro Civil de Chihuahua, Chihuahua; y exhibió una constancia de posesión y explotación de fecha veintisiete de marzo de dos mil siete, expedida por el Secretario del H. Ayuntamiento de Puerto Peñasco, Sonora, en la que se indica que el interesado se encuentra en posesión y explotación del referido terreno nacional desde el año de mil novecientos noventa y cuatro.

    Con motivo de la solicitud de referencia se llevaron a cabo las siguientes actuaciones:

    1. La investigación de antecedentes registrales, de conformidad al artículo 105 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, mediante oficio número 2155 de fecha ocho de diciembre de dos mil seis, por el que la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó a la Delegación Estatal del Registro Agrario Nacional del Estado de Sonora, información sobre la situación registral del predio materia del presente acuerdo, instancia que mediante oficio número SDT/0120/2007 de fecha dos de marzo de dos mil siete, informó lo siguiente: "...Que en base a la información proporcionada en su petición para la ubicación del predio, fue localizado el predio "Tres hermanos", del municipio de Puerto Peñasco, Estado de Sonora, a nombre de Jesús Romo Figueroa. El ejido que se señala como colindante "San Rafael", ya cuenta con PROCEDE y en su plano Interno Indica como colindante al C. Jesús Romo Figueroa..." (sic), derivado de la información que resultó de la citada investigación, la Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, mediante oficio número REF.- II-210-DGARPR 154687 de fecha dieciocho de abril de dos mil doce, solicitó a la Delegación Estatal en Sonora, comisionara personal a su cargo a fin de aclarar el resultado de la investigación de los antecedentes registrales ante la Delegación Estatal del Registro Agrario Nacional, al respecto la Delegación Estatal en Sonora mediante oficio número 2750 de fecha dos de agosto de dos mil doce, manifestó textualmente lo siguiente: "...En lo que respecta al último párrafo del oficio en mención donde se observo un convenio por el cual se da por terminado el contrato de compraventa de derechos posesorios, celebrado por una parte los C. C. Jesús, Ramses y Martín de apellidos Romo Fierros y por la

      otra parte C. Eduardo Chávez Rivera con la finalidad de que sea tomado en consideración cuando se hiciera la aclaración ante el Organo Registral correspondiente, al respecto debo hacerle del conocimiento que haciendo una revisión del expediente en cuestión el tramite se inicio a nombre de Jesús Romo Figueroa mismo que cedió los derechos posesorios a sus tres hijos de nombres Jesús, Ramses y Martín de apellidos Romo Fierros, mismos que celebraron convenio por el cual se da por terminado el contrato de compraventa de derechos posesorios con el C. Eduardo Chávez Rivera de fecha 18 de agosto de 2007 el cual da fe el Notario Publico No. 3 suplente Lic. José Luis Dávila Armenta..." (sic), de lo que se desprende que ambas partes cumplieron con lo expresamente pactado en el Contrato de Compra Venta de Derechos Posesorios, celebrado efectivamente entre los Jesús, Ramses y Martín de apellidos Romo Fierros y el C. Eduardo Chávez Rivera, que obra agregado a fojas 6 y 7 del expediente citado al rubro, respecto del predio denominado "Rancho Tres Hermanos", del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, información con la cual quedo superada la investigación que en su momento proporcionó la Delegación Estatal del Registro Agrario Nacional en el Estado de Sonora.

      Por otra parte con oficio número 2156 de fecha ocho de diciembre de dos mil seis, la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó información de la situación registral del predio citado al rubro, a la Dirección de Catastro Municipal en Puerto Peñasco, Sonora, dando respuesta con oficio número 0087/2007 de fecha doce de febrero de dos mil siete, informando: "...Dicho predio se encuentra bajo el nombre de EDUARDO CHAVEZ RIVERA, con una superficie de 372-23-54Has, con clave catastral A3-210-036..." (sic).

      En último término, mediante oficio número 1200 de fecha diez de agosto de dos mil siete, la entonces Representación Estatal en Sonora hoy Delegación Estatal, solicitó a la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio en Puerto Peñasco, Sonora, la historia registral del referido predio, dando respuesta con oficio número ICR-093741 del día dieciséis de octubre de dos mil siete, en el siguiente sentido: "...QUE EFECTIVAMENTE SE DERIVA DE UNA POSESION A NOMBRE DE EDUARDO CHAVEZ RIVERA..." (sic).

    2. Posteriormente, se efectúo la publicación del aviso de deslinde en el Diario Oficial de la Federación el día dieciséis de octubre de dos mil ocho; en el Boletín Oficial del Estado de Sonora, el día veintiuno de agosto de dos mil ocho y en el periódico de circulación local denominado "EXPRESO", el dieciocho de agosto de dos mil ocho, en términos de la fracción I del Artículo 108 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y seguido el procedimiento por sus demás trámites de Ley, mediante oficio número 553 de fecha veintinueve de abril de dos mil nueve (foja 21 de los autos), la Delegación Estatal en Sonora, comisionó al Ingeniero Martín Dávila Durazo, a efecto de que llevara a cabo los trabajos técnicos de medición y deslinde del predio materia del presente acuerdo, lo cuales fueron realizados con fecha treinta de abril de dos mil nueve, obteniéndose como resultado que el citado terreno nacional cuenta con una superficie analítica de 410-17-90.110 hectáreas de agostadero; asentado el Ingeniero comisionado en su informe sin fecha, lo siguiente: "...ME CONSTITUI EN EL PREDIO ANTES MENCIONADO PARA HACER EL LEVANTAMIENTO TOPOGRAFICO, EN COMPAÑIA DE LOS COLINDANTES QUE FUE EL EJIDO SAN RAFAEL, REPRESENTADO POR LOS C.C. FERNANDO CELAYA PORTILLO, MAYDA CELAYA PINO Y BRUNILDA...

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