Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-158-SEMARNAT- 2009, Que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii, para prevenir el ingreso al país de las siguientes plagas asociadas a éstos, Vespula germanica, Choristoneura fumiferana, Choristoneura occidentalis, Deroceras reticulatum, Diprion similis, Orgya pseudotsugata, Paradiplosis tumifex, Grovesiella abieticola, Rhabdocline weirii, Nalepella ednae, Epitrimerus pseudotsugae y Phomopsis lokoyae

Fecha de disposición06 Noviembre 2009
Fecha de publicación06 Noviembre 2009
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. SANDRA DENISSE HERRERA FLORES, Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en los artículos 32 Bis, fracciones I y XLI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 15 fracciones III y VI de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 12, fracción XVIII, 16, fracciones VIII y XVI, 55, fracción II; 119 segundo párrafo, 120 y 121 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 48 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 128 y 146 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; 1o., 2o., fracción III y 8 fracciones V y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; y 3o. fracción I, del Acuerdo de Calidad Regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 2 de febrero de 2007; y

CONSIDERANDO

Que con motivo de la revisión quinquenal de la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SEMARNAT-2004, Que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii, que fue inscrita en el Programa Nacional de Normalización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de abril de 2009, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales realizó el estudio de Análisis de riesgo de plagas de los insectos y patógenos exóticos que pueden entrar en los árboles de navidad que se importan de Estados Unidos de América y Canadá a México;

Que el estudio señalado en el párrafo anterior concluyó el día 5 de noviembre de 2009 y arrojó como resultado que el mercado de árboles vivos con raíz y algún tipo de sustrato (en maceta), aunque es pequeño, pues no rebasa los diez mil árboles cada año, constituye un riesgo mucho mayor que los árboles cortados por tratarse de árboles vivos con raíz y sustrato provenientes de lugares con presencia de plagas cuarentenarias por lo que tienen una alta probabilidad de continuar su desarrollo, convirtiéndose así en una vía de entrada, establecimiento y dispersión de organismos hacia los ecosistemas forestales existentes en el territorio nacional;

Que el mismo estudio determina la existencia de doce nuevas plagas de importancia cuarentenaria que actualmente no están reguladas por la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SEMARNAT-2004, que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies, y la especie Pseudotsuga menziesii, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 2004;

Que las nuevas plagas de importancia cuarentenaria, conformadas por insectos, patógenos, ácaros y moluscos, representan una seria amenaza a los bosques nacionales, a su biodiversidad, así como a las plantaciones forestales comerciales del país, como se observa en el contenido del estudio de Análisis de riesgo de plagas de los insectos y patógenos exóticos que pueden entrar en los árboles de navidad que se importan de Estados Unidos de América y Canadá a México, consultable en el portal electrónico de esta Secretaría (www.semarnat.gob.mx), por lo que se considera urgente emitir la presente Norma de Emergencia;

Que con base en el citado Análisis de riesgo de plagas, el posible ingreso al país de las plagas Vespula germanica, Choristoneura fumiferana, Choristoneura occidentalis, Deroceras reticulatum, Diprion similis, Orgya pseudotsugata, Paradiplosis tumifex, Grovesiella abieticola, Rhabdocline weirii, Nalepella ednae, Epitrimerus pseudotsugae y Phomopsis lokoyae representa una amenaza inminente al medio ambiente y a sus ecosistemas, poniendo en riesgo la preservación de los recursos forestales con impactos económicos y ambientales dado su potencial de establecimiento y dispersión;

Que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria establece en su artículo VII.6 que cualquier parte contratante de dicha Convención podrá adoptar medidas apropiadas de emergencia ante la detección de una plaga que represente una posible amenaza para sus territorios;

Que de acuerdo a la fracción XVI del artículo 16 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), es atribución de la Secretaría establecer las medidas de sanidad forestal. Dichas medidas deberán ser establecidas en normas oficiales mexicanas, de conformidad al artículo 119 de dicha Ley, para prevenir, controlar y combatir las plagas y enfermedades forestales;

Que de conformidad al...

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