Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 584/1997, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por campesinos del poblado El Cajón, ubicado en el Municipio de Apatzingán, Mich.

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EmisorTribunal Superior Agrario

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.-Secretaría General de Acuerdos. VISTO para resolver el juicio agrario número 584/1997, que corresponde al expediente administrativo 23/29844, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de campesinos del poblado denominado "El Cajón", ubicado en el Municipio de Apatzingán, Estado de Michoacán, y

RESULTANDO:

PRIMERO: SOLICITUD.- Por escrito presentado el veinticinco de marzo de mil novecientos sesenta y tres ante el Gobernador del Estado de Michoacán, un grupo de campesinos radicados en el poblado de referencia, solicitó dotación de tierras, señalando como predios de posible afectación, "El Cajón", propiedad de Bruno Silva Arias, así como todos aquellos terrenos que resultaran afectables dentro del radio legal de siete kilómetros, proponiendo como integrantes del Comité Particular Ejecutivo a Eliseo Argüello Santoyo, Agustín Santoyo Gómez y Ramón Ornelas Patiño, como Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente.

SEGUNDO: INSTAURACIÓN DEL EXPEDIENTE.- La Comisión Agraria Mixta en el Estado de Michoacán, instauró el expediente respectivo el cinco de abril de mil novecientos sesenta y tres, bajo el número 2166.

PUBLICACIÓN DE LA SOLICITUD.- La solicitud de referencia se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Michoacán, el quince de julio de mil novecientos sesenta y tres, bajo el número 40.

TERCERO: NOTIFICACIONES A PROPIETARIOS.- Con fundamento en el artículo 243 del Código Agrario vigente en la época, se giraron los oficios de notificación de la iniciación del expediente, a los propietarios de los predios señalados como de posible afectación, así como la cédula notificatoria común dirigida a los propietarios de predios rústicos comprendidos dentro del radio legal de afectación de siete kilómetros: Bruno Silva, Evelia Zambrano, Francisco Trejo y otros, haciéndoles llegar estas dos últimas notificaciones por conducto de los Presidentes Municipales de Carácuaro y Apatzingán, ambos del Estado de Michoacán, mediante oficios números 812, 813, 814, 815, 818, 820, 817 y 819 de cinco de abril de mil novecientos sesenta y tres.

ELECCIÓN DE COMITÉ PARTICULAR EJECUTIVO.- El Comité Particular Ejecutivo, quedó integrado por J. Jesús Álvarez Jiménez, Pablo Naranjo y Floylán Muñoz, como Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente, a quienes les fueron expedidos los nombramientos correspondientes por el Oficial Mayor de Gobierno del Estado de Michoacán Profesor Leodegario López Ramírez, mediante oficio II-7103, de nueve de mayo de mil novecientos sesenta y tres.

CUARTO: COMPARECENCIA DE PROPIETARIOS.- Obra en el expediente el escrito de veinticinco de junio de mil novecientos sesenta y tres, mediante el cual Bruno Silva Arias y Carlos Silva Urbina, solicitaron se respetaran los predios de su propiedad, fracciones de la hacienda "El Cajón", presentando la siguiente documentación:

  1. Copia certificada de la escritura de fecha doce de septiembre de mil novecientos cincuenta y cinco, autorizada por el Juez Primero Menor de Tancítaro, Estado de Michoacán, actuando por receptoría a falta de Notario Público, misma que quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el número 4,466, Tomo 31, Libro de la Propiedad de Apatzingán, Estado de Michoacán, el seis de febrero de mil novecientos cincuenta y seis, mediante la cual Bruno Silva Arias hace constar que adquirió por compra a Pascual Silva Arias, José Luis Silva Urbina y Víctor Silva Álvarez, una fracción del predio "El Cajón" o "Los Cajones" con superficie de 150-00-00 (ciento cincuenta hectáreas), de pastal cerril.

  2. Copia certificada de la escritura 15669 de veintiséis de enero de mil novecientos sesenta y tres, tirada por el Licenciado David Gálvez Cárdenas, Notario Público No. 6, en Uruapan, Michoacán, por la que Bruno Silva Arias vendió a Carlos Silva Urbina, la fracción que compró del predio "El Cajón" o "Los Cajones", con superficie de 50-00-00 (cincuenta hectáreas), quedando inscrita en el Registro Público de la Propiedad bajo el número 58856, tomo 296, libro de propiedad correspondiente al Distrito de Uruapan, el dieciséis de julio de mil novecientos sesenta y tres, acompañando copia heliográfica del plano de la fracción del rancho "Los Cajones" propiedad de Carlos Silva Urbina, levantado por el Ingeniero Darío García Luévano con cuadro de construcción, en el que se señala que dicha fracción tiene una superficie de 666-20-00 (seiscientas sesenta y seis hectáreas, veinte áreas) de agostadero cerril.

  3. Certificado expedido por el Administrador de Rentas de Apatzingán, Estado de Michoacán, de veinticuatro de junio de mil novecientos sesenta y tres, en el que se hace constar que en el rancho "El Cajón" pastan veinticinco cabezas de ganado criollo cruzado, propiedad de Bruno Silva Arias; así como copia heliográfica del plano de la fracción del rancho "Los Cajones", propiedad del mismo Bruno Silva Arias, levantado por el Ingeniero Darío García Luévano, con cuadro de construcción en el que se señala que dicha fracción tiene una superficie de 1,104-20-00 (mil ciento cuatro hectáreas, veinte áreas), de agostadero cerril.

    QUINTO: TRABAJOS CENSALES.- La Comisión Agraria Mixta por oficio número 1022, de dieciocho de julio de mil novecientos sesenta y tres, designó a Alfredo Rangel Solís, para realizar los trabajos censales, a que se refiere la fracción I del artículo 232 del Código Agrario, quien rindió su informe el veintisiete de diciembre del mismo año, en el que reportó que existían un total de veintisiete campesinos capacitados.

    SEXTO: TRABAJOS TÉCNICOS INFORMATIVOS.- Mediante oficio 1850 de veintitrés de septiembre de mil novecientos sesenta y tres, la Comisión Agraria Mixta comisionó a María Aragón R. para la realización del plano informativo del radio legal de siete kilómetros del poblado "El Cajón", Municipio de Apatzingán, Estado de Michoacán; sin embargo, dicha comisionada al contar con todos los elementos en la Sección de Cartografía y Dibujo de la propia Comisión Agraria Mixta, formuló el plano informativo del radio legal, no siendo necesario ordenarse trabajos complementarios, en virtud de que los predios que lo forman estaban ajustados en cuanto delimitación, superficie y clasificación de sus terrenos, encontrando los ejidos siguientes: ejido definitivo de la "Cofradía"; dos proyectos para la ampliación definitiva de la "Cofradía"; ejido definitivo de "Sandoval"; ejido definitivo de "El Platanal"; ejido definitivo de "Potrerillos de Coria" y proyecto de ejido definitivo de "Cuaramato".

    SÉPTIMO: ANTECEDENTES REGISTRALES.- Mediante oficio número 108, de quince de enero de mil novecientos sesenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta, solicitó al Registro Público de la Propiedad de Morelia, Estado de Michoacán, la información relacionada con los predios rústicos que en los índices correspondientes al Distrito de Apatzingán se registraran a nombre de Bruno Silva Arias, Carlos Silva Urbina, María Salud Farías de Teytud, Timoteo Arzate ó Rafael Chávez T., Francisco Trejo, Elvira Zambrano de Silva, Pascual Silva Arias, María Luisa Tejeda de Silva, Víctor Manuel Silva Plancarte, Dionicio Plancarte, Gerónimo Plancarte L., María del Refugio R. de Torán y J. Jesús Teytud F., propietarios de varios inmuebles ubicados en esa jurisdicción, de conformidad con el artículo 355 de la Ley Agraria vigente en esa época.

    OCTAVO.- El siete de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, el Director del Registro Público de la Propiedad de Morelia, Estado de Michoacán, Aureliano Hurtado Sosa, rindió informe, haciendo la aclaración que a Bruno Silva Arias, Carlos Silva Urbina, Elvira Zambrano de Silva, Pascual Silva Arias, María Luisa Tejeda de Silva, Víctor Manuel Silva, María de los Ángeles Olivares, Gerónimo Plancarte L. y María del Refugio R. de Parano (sic) no se les encontró registrada ninguna propiedad en los índices correspondientes al Municipio y Distrito de Apatzingán, informando respecto a las demás propiedades rústicas encontradas en los índices correspondientes al Municipio y Distrito de Apatzingán.

    De igual manera, mediante oficio 1012 de veintidós de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta solicitó información al Registro Público de la Propiedad y Archivo General de Notarías, del Estado de Michoacán, respecto de Evelia Zambrano de Silva; autoridad que mediante oficio emitido el veintitrés de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, informó lo siguiente:

    "INFORME correspondiente a las propiedades rústicas de la señora Evelia Zambrano de Silva, ubicado en el Municipio y Distrito de Apatzingan (sic).

    REGISTRO NÚM.-4478.-Tomo # 31.-Libro # 1 uno del Distrito de Apatzingan, de fecha 15 de febrero de 1956.

    PASCUAL SILVA ARIAS, JOSÉ LUIS SILVA URBINA Y VÍCTOR SILVA ÁLVAREZ, vende a favor de: EVELIA ZAMBRANO DE SILVA, parte del predio rústico denominado "EL CAJÓN" o "LOS CAJONES", ubicado en el Mpio. y Distrito de Apatzingan (sic), con una extensión superficial de 150 hectáreas de terreno pastal cerril, encuadrada en los siguientes linderos: al Oriente, con terreno de los vendedores.- del punto llamado Salto de Lucas, rumbo al Sur, por todo el cordón principal que sube a la cima del cerro de las Cajas; al Poniente, con terreno de José Izazaga.- aguas corrientes al Puerto de Buenos Aires.- continuando al Puerto de la Urraca aguas corrientes al cerro de las Cajas; al Norte, con Bruno Silva Árias, se toma el lindero del Puerto hondo de la Barranca del Barraco.- Línea recta con dirección Oriente a la Higuera de los Orozcos.- Sigue la misma línea a la Cuchilla del Mirador de las Lajas, y de este punto a terminar en el...

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