Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado el 18 de diciembre de 2013

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EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 25 párrafo quinto y 28 décimo tercer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 9, 12, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 segundo párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7o., 8o., 22 fracción IX inciso a), 32, 54, 55, 59, 61, 72, 79 primer párrafo, 80, 86, 87, 140, 164, 178, 190 fracción I y 191 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 30, 31 y Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 1, 2, 3, 5, fracción XXII, 26, 27, 28, 29 y 30 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se establece que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que los artículos 27, 29 y 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado el 03 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, establece los criterios generales a que deberán sujetarse las reglas de operación de los programas federales y en el anexo 24 del propio Decreto se enlistan los programas federales sujetos a reglas de operación;

Que el 18 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;

Que es importante que las Reglas de Operación de los Programas a cargo de esta Secretaría sean claras y precisas, a fin de agilizar la operación de dichos Programas, y

Que uno de los propósitos del Gobierno de la República es hacer un uso más eficiente de los recursos presupuestarios, dada la racionalidad de los mismos, así como operar de manera pronta y expedita los programas y componentes a cargo de esta Secretaría, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL SIMILAR POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE DICIEMBRE DE 2013

ARTÍCULO ÚNICO

SE MODIFICA la fracción XXIX, del artículo 4; el primer párrafo, del artículo 8; el segundo párrafo, del artículo 15; el inciso a), de la fracción II, del artículo 16; el primer párrafo y la nota tres, del tercer cuadro, del artículo 17; los subincisos a), b), c) d) y e) para quedar como 1, 2, 3, 4 y 5 del inciso a), el subinciso 6, del inciso b), de la fracción I, y el subinciso 2, del inciso b), de la fracción II, del artículo 18; los incisos a), d), e), f), e i), de la fracción I; el primer párrafo, de la fracción II, del artículo 19; las fracciones I, III, IV, VI, VII y el segundo párrafo, del artículo 20; el inciso a), de la fracción II, del artículo 21; el cuadro único y el párrafo sexto, del artículo 30; el primer párrafo, del artículo 32; el cuadro único y el párrafo tercero, del artículo 38; la fracción VI, del artículo 44; los incisos d), e), f), g) y h) para quedar como c), d) e), f) y g), del apartado 1; el segundo párrafo, del subinciso i, del inciso a; el segundo párrafo y los subincisos iv, v, vi, vii y viii para quedar como iii, iv, v, vi y vii, del inciso b), del apartado 2; la fracción VII, del apartado 3, los apartados 1, 2, 3 y 4 para quedar como 5, 6, 7 y 8, del artículo 45; el primer párrafo, de la fracción IV, del artículo 48; el tercer párrafo, del artículo 58; y el primer párrafo, del artículo 61; SE ADICIONAN las fracciones XII Bis y XXXIII Bis, del artículo 4; el subinciso 6 al inciso a), y el subinciso 7, al inciso b), de la fracción I; el subinciso 4, al inciso a), de la fracción II, del artículo 18; un segundo párrafo, a la nota del primer cuadro, del inciso a), del apartado 1; los apartados 9 y 10, del artículo 45; un sexto párrafo, recorriéndose los subsecuentes del artículo 53; un cuarto párrafo, recorriéndose el subsecuente del artículo 61; y SE DEROGAN las fracciones I, II y III, del artículo 15; los párrafos segundo y tercero, del artículo 60; todos del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Productividad y Competitividad Agroalimentaria de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado el 18 de diciembre de

2013, para quedar en los siguientes términos:

"TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 62
Capítulo I Artículos 1 a 8

Del Objeto del Programa

Artículo 1

a 3 [...].

Artículo 4 [...]
  1. a la XII. [...]

  2. Bis. Desarrollo Integral de Agroparques.- Se refiere a la infraestructura básica necesaria para la operación de los Agroparques, entre la que se destaca: instalaciones eléctricas, agua, drenaje, telecomunicaciones, accesos de vialidades internas del Agroparque, bardas perimetrales, zonificación; así como, áreas o instalaciones comunes: subestaciones eléctricas, estacionamientos, espuelas de ferrocarril, áreas verdes, alumbrado, entre otros.

  3. a la XXVIII. [...]

  4. Instancia Ejecutora.- Unidad administrativa de la estructura central de la Secretaría, los órganos administrativos desconcentrados y/o descentralizados, las Entidades Federativas e Instancias Auxiliares designadas por la Unidad Responsable, a los que se le otorga la responsabilidad de operar los componentes que forman parte de estas Reglas; por lo que asume todas las responsabilidades que implica el ejercicio de los recursos públicos federales. Podrán también fungir como instancias ejecutoras personas morales y fideicomisos de naturaleza privada, tales como asociaciones y sociedades civiles, sociedades mercantiles, organizaciones auxiliares de crédito, instituciones de crédito, y cualesquiera otros entes privados cuyo objeto social les permita realizar actividades que ayuden a una mejor operación de los programas de la Secretaría. En el caso de instancias ejecutoras de naturaleza privada, la Unidad Responsable convalidará, en el marco de su competencia, los actos de las mismas, según resulte necesario, en función de la naturaleza y facultades que resulten del objeto social de dichas instancias.

  5. a XXXIII. [...]

  6. Bis. Padrón de Beneficiarios del Sistema de Rendición de Cuentas: Se refiere a las listas, registros o bases de datos de beneficiarios que hayan creado, administren, operen y tengan a su cargo las Unidades Responsables de los Programas de la Secretaría, con el objetivo de consolidar los diversos padrones e integrar la información sobre los apoyos otorgados a cada beneficiario en un único sitio de Internet. Lo anterior, de conformidad con el marco legal y normativo que rige la operación de los Programas y Componentes a cargo de la Secretaría. Este Padrón sólo considera a la población beneficiaria que haya recibido apoyos.

  7. a la LIII. [...]

Artículo 5

a 7 [...].

Artículo 8 Será elegible para obtener los apoyos del presente Programa, el solicitante que se encuentre al corriente en sus obligaciones con SAGARPA, que cumpla con los siguientes requisitos y en su caso los que especifique cada Componente.
  1. [...]

  1. [...]

    1 a 6 [...]

  2. [...]

    1 a 4 [...]

  3. [...]

    1 a 7 [...]

    [...]

    [...]

    [...]

TITULO II Artículos 9 a 62

De Los Componentes

Capítulo I Artículos 9 a 16

Del Componente de Acceso al Financiamiento Productivo y Competitivo

Artículo 9

a 14 [...].

Artículo 15

[...].

  1. (Se deroga).

  2. (Se deroga).

  3. (Se deroga).

Las fechas de apertura y cierre de ventanillas para la recepción de solicitudes, serán las que establezca la convocatoria; la cual se deberá publicar dentro del primer trimestre del año en la página electrónica de la Secretaría.

Artículo 16

[...].

  1. [...]

  2. [...]

  1. Las que designe la Unidad Responsable.

  2. [...]

Capítulo III Artículos 17 a 22

Del Componente de Desarrollo Productivo del Sur Sureste

Artículo 17

A través del Componente de Desarrollo Productivo del Sur Sureste, se destinarán incentivos a los estados de: Campeche, Chiapas, Guerrero, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán, así como a aquellos que determine la Unidad Responsable; preferentemente en localidades que estén clasificadas como de media, alta y muy alta marginación, según CONAPO, así como los municipios comprendidos en "Sin Hambre".

[...]

[...]

[...]

Concepto
Montos Máximos
A. Acceso al Financiamiento 1
1
[...]
[...]
2
[...]
[...]
3
[...]
[...]

B. Fortalecimiento a la productividad
1
[...

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