Síntesis del Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueban los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero.

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EmisorInstituto Nacional Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional Electoral.- Comisión Nacional de Vigilancia.

ACUERDO 2-ORD/12: 14/12/2017

Síntesis del Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia, por el que se aprueban los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero

ANTECEDENTES

  1. Aprobación de los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero. El 30 de junio de 2015, esta Comisión Nacional de Vigilancia aprobó, mediante Acuerdo 3-ORD/06: 30/06/2015, los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero.

  2. Modificación de los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero. El 29 de septiembre de 2015, esta Comisión Nacional de Vigilancia, mediante Acuerdo 1-ORD/09: 29/09/15, modificó los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero aprobados mediante Acuerdo 3-ORD/06: 30/06/2015.

  3. Modificación del apartado C. Comprobante de domicilio de los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero. El 23 de marzo de 2016, esta Comisión Nacional de Vigilancia, mediante Acuerdo 1-EXT/04: 23/03/2016, modificó el Apartado C. Comprobante de domicilio del Anexo denominado "Medios de identificación para solicitar la Credencial para Votar de los ciudadanos residentes en el Extranjero. Septiembre 2015" del Acuerdo 1-ORD/09: 29/09/15.

  4. Modificación del apartado A. Documento de identidad de los medios de identificación para obtener la Credencial para Votar desde el Extranjero. El 8 de marzo de 2017, esta Comisión Nacional de Vigilancia, mediante Acuerdo 2-ORD/03: 08/03/2017, modificó el Apartado A. Documento de identidad del Anexo denominado "Medios de identificación para solicitar la Credencial para Votar de los ciudadanos residentes en el extranjero. Septiembre 2015" del Acuerdo 1-ORD/09: 19/09/15.

CONSIDERANDOS

SEGUNDO. Disposiciones normativas que sustentan la determinación.

Asimismo, el artículo 135, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que para solicitar la Credencial para Votar, el ciudadano deberá identificarse, con su acta de nacimiento, además de los documentos que determine esta Comisión Nacional de Vigilancia. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores conservará copia digitalizada de los documentos presentados.

Consecuentemente, el...

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