Síntesis de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de precampaña y de obtención de apoyo ciudadano respecto de los ingresos y gastos de los precandidatos y aspirantes a candidatos independientes al cargo de diputados y ayuntamientos, correspondientes al Proceso Electoral Ordinario 2014-2015 en Guanajuato, identificada con el número INE/CG53/2015

Fecha de disposición29 Febrero 2016
Fecha de publicación29 Febrero 2016
EmisorINSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
SecciónTERCERA. Organismos Autonomos

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INE/CG53/2015. SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA Y DE OBTENCIÓN DE APOYO CIUDADANO RESPECTO DE LOS INGRESOS Y GASTOS DE LOS PRECANDIDATOS Y ASPIRANTES A CANDIDATOS INDEPENDIENTES AL CARGO DE DIPUTADOS Y AYUNTAMIENTOS, CORRESPONDIENTES AL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2014-2015 EN GUANAJUATO, IDENTIFICADA CON EL NÚMERO INE/CG53/2015(1).

ANTECEDENTES

  1. Mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diez de febrero de dos mil catorce, se reformó el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual dispone, en su Base V, Apartado A, párrafos primero y segundo, que el Instituto Nacional Electoral es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y los ciudadanos; asimismo, es autoridad en la materia electoral, independiente en sus decisiones y funcionamiento y profesional en su desempeño, regido por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

  2. En el citado Decreto, en su artículo 41, Base V, Apartado B, inciso a), numeral 6, así como penúltimo párrafo del mismo Apartado, se establece que corresponde al Consejo General del Instituto Nacional Electoral la fiscalización de las finanzas de los partidos políticos relativas a los Procesos Electorales, Federal y Local, así como de las campañas de los candidatos.

  3. En sesión extraordinaria de nueve de julio de dos mil catorce, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG93/2014 por el cual se determinan normas de transición en materia de fiscalización; especificando en el Punto SEGUNDO, inciso b), fracción IX que los Informes de Precampaña y Campaña atinentes a los comicios locales que se celebren en 2015, serán competencia de la Unidad Técnica de Fiscalización.

  4. En sesión extraordinaria referida en el antecedente anterior, el Consejo General aprobó el Acuerdo INE/CG203/2014 por el cual se determinan las reglas para la contabilidad, rendición de cuentas y fiscalización; así como los gastos que se considerarán como de Precampañas en el Proceso Electoral 2014-2015 que inician en 2014.

  5. Mediante decreto número 180 de la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado de Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 102, cuarta parte, de fecha veintisiete de junio de dos mil catorce, se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.

  6. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, en sesión celebrada el veintiuno de agosto de dos mil catorce, mediante acuerdo CG/043/2014, aprobó el Reglamento de Precampañas Electorales del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.

  7. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, en sesión ordinaria celebrada el veintiocho de julio de dos mil catorce, mediante acuerdo CG/024/2014, aprobó el modelo único de estatutos que deberán seguir los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, al crear la persona moral constituida en asociación civil que establece el artículo 297 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.

  8. En esa misma fecha, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, mediante

    acuerdo CG/026/2014, aprobó los plazos para las precampañas electorales en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015, iniciando las precampañas de diputados al Congreso del Estado, así como de ayuntamientos el ocho de octubre de dos mil catorce.

  9. El cinco de septiembre de dos mil catorce, en sesión extraordinaria se emitieron los acuerdos del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato identificados con las claves de control CG/053/2014 y CG/054/2014 mediante los cuales se establecieron los topes de gastos de precampaña a erogar por un partido político en la organización de sus procesos internos; así como los topes de gastos que se pueden erogar durante la etapa de la obtención del apoyo ciudadano, por parte de los ciudadanos que pretendan postularse como candidatos independientes a un cargo de elección popular, respectivamente, para contender en el Proceso Electoral Ordinario 2014-2015.

  10. En esa fecha, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, mediante acuerdo CG/055/2014, aprobó la convocatoria dirigida a los ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes para el proceso electoral ordinario 2014-2015, y se aprobaron los formatos y reglas de operación respectivas.

  11. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, en sesión extraordinaria celebrada el trece de enero de dos mil quince, aprobó el acuerdo CGIEEG/001/2015, mediante el cual se determina el monto del financiamiento público a que tienen derecho los partidos políticos nacionales en el estado de Guanajuato, para el año dos mil quince.

  12. Una vez integrado el Dictamen Consolidado, la Unidad Técnica de Fiscalización elaboró el Proyecto de Resolución respectivo, el cual fue presentado a la Comisión de Fiscalización el veintiocho de enero de dos mil quince.

  13. En la Segunda Sesión Extraordinaria de la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, celebrada el veintisiete de enero de dos mil quince, se aprobó el Dictamen Consolidado y Proyecto de Resolución respecto de la revisión de los Informes de Precampaña y de Obtención de Apoyo Ciudadano respecto de los ingresos y gastos de los precandidatos y aspirantes a candidatos independientes al cargo de diputados y ayuntamientos, correspondientes al Proceso Electoral Ordinario 2014-2015 en Guanajuato, por unanimidad de votos de la Consejera Electoral Beatriz Eugenia Galindo Centeno y los Consejeros Electorales Enrique Andrade...

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