Síntesis de la Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de precampaña de los ingresos y egresos de los precandidatos al cargo de presidente municipal por el Ayuntamiento de Huimilpan, correspondiente al Proceso Electoral Local Extraordinario 2015-2016 en el Estado de Querétaro.

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Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Unidad Técnica de Fiscalización.- Resolución INE/CG1027/2015. SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE PRECAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y EGRESOS DE LOS PRECANDIDATOS AL CARGO DE PRESIDENTE MUNICIPAL POR EL AYUNTAMIENTO DE HUIMILPAN, CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL EXTRAORDINARIO 2015-2016 EN EL ESTADO DE QUERÉTARO.(1)

19.1.1 Partido Acción Nacional

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Presunta actualización de actos anticipados de campaña por la colocación de propaganda en el periodo de precampaña.
IEEQ
NO
-
-
-
-
-
-
-
-

19.1.2 Partido Revolucionario Institucional

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Presunta actualización de actos anticipados de campaña por la colocación de propaganda en el periodo de precampaña.
IEEQ
NO
-
-
-
-
-
-
-
-
5
NO

Incumplir con lo establecido en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que NO retiró la propaganda electoral durante los 7 días posteriores a la conclusión de la Jornada electoral
IEEQ
NO
-
-
-
-
-
-
-
-

19.1.3 Partido Verde Ecologista de México

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Incumplir con lo establecido en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que NO retiró la propaganda electoral durante los 7 días posteriores a la conclusión de la Jornada electoral.
IEEQ
NO
-
-
-
-
-
-
-
-

19.1.4 Partido del Trabajo

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Incumplir con lo establecido en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que NO retiró la propaganda electoral durante los 7 días posteriores a la conclusión de la Jornada electoral.
IEEQ
NO
-
-
-
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-
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-
-

19.1.5 Partido Movimiento Ciudadano

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Incumplir con lo establecido en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que NO retiró la propaganda electoral durante los 7 días posteriores a la conclusión de la Jornada electoral.
IEEQ
NO
-
-
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19.1.6 Partido Nueva Alianza

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Incumplir con lo establecido en el artículo 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, toda vez que NO retiró la propaganda electoral durante los 7 días posteriores a la conclusión de la Jornada electoral.
IEEQ
NO
-
-
-
-
-
-
-
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19.1.7 Partido Encuentro Social

Acatamiento 1
Conclusión
Sanción
Vista
Motivo
Autoridad
Imp.
Medio
Sentido
CG
Sanción
Monto
Imp.
Medio
Sentido
4
NO

Presunta actualización de actos anticipados de campaña por la colocación de propaganda en el periodo de precampaña.
IEEQ
NO
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En términos del artículo 5, numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en Materia de Fiscalización, si de los hechos investigados se advierte una posible violación a disposiciones legales que no se encuentren relacionadas con esta materia, la Unidad Técnica deberá hacerlo del conocimiento a las autoridades competentes o en su caso, se ordenará una vista a través de la Resolución respectiva que apruebe el Consejo.

Ciudad de México, 14 de septiembre de 2020.- El Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de Fiscalización, Lic. Carlos Alberto Morales Domínguez.- Rúbrica.

1 https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/84846/CGex201512-16_rp_4_3.pdf?sequence=1&isAllowed=y

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