Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el Estado de Chihuahua, así como de los Subdelegados Regionales, Delegados Locales, Subdelegados Locales, ...

Fecha de disposición15 Diciembre 1999
Fecha de publicación15 Diciembre 1999
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el Estado de Chihuahua, así como de los Subdelegados Regionales, Delegados Locales, Subdelegados Locales, Delegados de Regulación de Estancia y Delegados de Control Migratorio y Jurídico, en el ámbito territorial de su competencia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Instituto Nacional de Migración.

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN FACULTADES PARA AUTORIZAR TRAMITES MIGRATORIOS Y EJERCER DIVERSAS ATRIBUCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE POBLACION Y SU REGLAMENTO EN FAVOR DEL DELEGADO REGIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACION EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, ASI COMO DE LOS SUBDELEGADOS REGIONALES, DELEGADOS LOCALES, SUBDELEGADOS LOCALES, DELEGADOS DE REGULACION DE ESTANCIA Y DELEGADOS DE CONTROL MIGRATORIO Y JURIDICO, EN EL AMBITO TERRITORIAL DE SU COMPETENCIA.

ALEJANDRO CARRILLO CASTRO, Comisionado del Instituto Nacional de Migración, por acuerdo del C. Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 11 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 16, 17 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 7o. y demás relativos de la Ley General de Población; 1o., 2o., 4o., 38, 40, fracción I, 48, 82 y 95 de su Reglamento; 1o., 4o., 30, 31, 32 y 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y 1o., 3o., 4o. y 5o. del Acuerdo por el que se delegan facultades en favor del Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios y del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1998, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y el Acuerdo por el que se delegan facultades para autorizar trámites migratorios y ejercer diversas atribuciones previstas en la Ley General de Población y su Reglamento, en favor del Subsecretario de Población y de Servicios Migratorios y del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, suscrito por el Secretario de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1998, el Titular del Instituto podrá delegar diversas atribuciones en los servidores públicos subordinados, excepto aquellas que deban ser ejercidas precisamente por el propio Secretario.

Que en los últimos tiempos la dinámica demográfica nacional e internacional, han propiciado flujos migratorios que requieren una especial atención con objeto de regular apropiadamente la internación y estancia de los extranjeros en el país, así como reforzar el control migratorio en nuestras fronteras, puertos y aeropuertos.

Que nuestro país reúne las tres características que integran el fenómeno migratorio; origen, tránsito y destino de los migrantes, lo que obliga a emitir disposiciones que permitan acercar los servicios migratorios a los lugares de residencia de los solicitantes de los mismos y permita una rápida respuesta a los problemas que por ello se presentan.

Que la amplitud y complejidad del fenómeno migratorio, hace necesario establecer sistemas adecuados para el debido y eficaz ejercicio de las facultades de que está investido el Instituto Nacional de Migración y por tanto, se hace indispensable expedir acuerdos delegatorios de facultades.

Que la delegación de facultades antes citada, no contraviene las disposiciones vigentes en los ordenamientos jurídicos que regulan la materia migratoria, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

Artículo 1o

Se delegan facultades para resolver los trámites migratorios y ejercer las atribuciones a que se refiere este Acuerdo, en favor del Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración en el estado de Chihuahua, así como de los Subdelegados Regionales, Delegados Locales, Subdelegados Locales, Delegados de Regulación de Estancia y Delegados de Control Migratorio y Jurídico, del ámbito territorial de su competencia.

Artículo 2o

Se delega en el Delegado Regional del Instituto Nacional de Migración, con competencia territorial en el Estado de Chihuahua, la facultad de resolver:

  1. EN MATERIA DE REGULACION MIGRATORIA, LO SIGUIENTE:

    A.- NO INMIGRANTES

    1. Facultades relativas a la admisión

      1. Resolver permiso de internación. (nacionalidades de los grupos II y III)

      2. Resolver permiso de internación como visitantes provisionales en aeropuertos internacionales y como visitantes locales en fronteras. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    2. Facultades relativas a la legal estancia

      1. Ampliar la temporalidad de estancia y prórrogas. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Cambiar la característica dentro de la misma calidad migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      3. Cambiar las condiciones de estancia en la misma calidad y característica migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      4. Resolver la permanencia en la misma calidad migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    3. Facultades relativas a la salida

      1. Autorizar para ausentarse por plazos mayores a los previstos en la ley, para no inmigrantes estudiantes. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      B.- INMIGRANTES

    4. Facultades relativas a la admisión

      1. Resolver permiso de internación. (Nacionalidades de los grupos II y III)

    5. Facultades relativas a la legal estancia

      1. Cambiar la calidad migratoria de no inmigrante a inmigrante. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Cambiar la característica dentro de la misma calidad migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      3. Cambiar las condiciones de estancia en la misma calidad y característica migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      4. Otorgar refrendos. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      5. Resolver la permanencia en la misma calidad migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    6. Facultades relativas a la salida

      1. Autorizar para ausentarse por plazos mayores a los previstos en la ley. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      C.- FACULTADES COMUNES A NO INMIGRANTES, INMIGRANTES E INMIGRADOS

    7. Facultades relativas a la admisión

      1. Ampliar los plazos para efectuar la internación. (Nacionalidades de los grupos II y III)

      2. Cambiar de consulado para documentar a un extranjero. (Nacionalidades de los grupos II y III)

    8. Facultades relativas a la legal estancia

      1. Regularizar la situación migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Resolver permiso para contraer matrimonio. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      3. Resolver permiso para realizar trámite de adopción. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      4. Certificar la legal estancia para extranjeros. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      5. Certificar la legal estancia para divorcio y/o nulidad de matrimonio. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      6. Certificar las salidas no selladas en formas migratorias. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      7. Aclarar y anotar en la forma migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      8. Ampliar los términos previamente establecidos para el cumplimiento de requisitos o pago de multas. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      9. Expedir o reponer las formas migratorias. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    9. Facultades relativas a la salida

      1. Resolver permiso de salida y regreso cuando el trámite del extranjero se encuentre pendiente de resolución. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Resolver la salida definitiva a petición del extranjero o con motivo de la negativa a su trámite migratorio. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

  2. EN MATERIA DE CONTROL Y VERIFICACION, LO SIGUIENTE:

    1. Facultades relativas a la entrada

      1. Revisar la documentación al ingresar al país. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Rechazar la internación. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    2. Facultades relativas a la estancia

      1. Tramitar y desahogar denuncias y testimonios. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Ordenar, efectuar revisión o verificación migratoria. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      3. Ordenar la localización y presentación de extranjeros. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      4. Ordenar el aseguramiento de extranjeros y acuerdos de aseguramiento. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      5. Resolver el otorgamiento de custodia. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      6. Habilitar estaciones migratorias. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      7. Formular y ratificar denuncias y querellas en los casos de delitos tipificados en la Ley General de Población y en otras normas jurídicas. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    3. Facultades relativas a la salida

      1. Resolver la salida definitiva del país por violación a las disposiciones migratorias. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      2. Resolver la expulsión y determinar el periodo durante el cual el extranjero expulsado no podrá reingresar al país. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      3. Ordenar detener la salida de transportes del país. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

      4. Revisar la documentación al salir del país. (Nacionalidades de los grupos I, II y III)

  3. FACULTADES COMUNES A REGULACION MIGRATORIA Y CONTROL Y VERIFICACION

    1. Emitir citatorios. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    2. Custodiar, endosar y devolver billetes de depósito o cancelación de fianzas. (nacionalidades de los grupos I, II y III)

    3. Imponer sanciones. (nacionalidades de...

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