Acuerdo A/016/11 del Procurador General de la República por el que delega en el Titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, la facultad para autorizar la infiltración de agentes de las policías federales

Fecha de disposición11 Marzo 2011
Fecha de publicación11 Marzo 2011
EmisorPROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Procuraduría General de la República. ACUERDO A/016/11

Acuerdo del Procurador General de la República por el que delega en el Titular de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, la facultad para autorizar la infiltración de agentes de las policías federales.

ARTURO CHAVEZ CHAVEZ, Procurador General de la República, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 y 102 apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 8 y 11 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada; 1, 2, 3, 4, 8 fracción VI, 9, 10, 11, 15 y 16 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; y 1, 2, 5, 6, 10, 11, fracción VII y X, 13, 15 y 28, de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece como objetivo garantizar la Seguridad Nacional y preservar la integridad física y el patrimonio de los mexicanos por encima de cualquier otro interés, y que el reto que implica el crecimiento y expansión del crimen organizado exige que las leyes e instrumentos con que cuenta el Estado para combatirlo se adecuen a la realidad, por lo que, entre otras cosas, se implementarán nuevas medidas de investigación y redistribución de las facultades entre los órganos judiciales y el Ministerio Público, para que el sistema de procuración e impartición de justicia pueda perseguir y sancionar con mayor eficacia a la delincuencia organizada, así como recuperar la fortaleza del Estado y la seguridad en la convivencia social mediante el combate frontal y eficaz al narcotráfico y otras expresiones del crimen organizado;

Que los artículos 21 y 102 Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, facultan al Ministerio Público de la Federación para la investigación de los delitos federales y consecuentemente, llevar a cabo todas aquellas diligencias tendientes a ejercer la acción penal ante la autoridad judicial;

Que el artículo 16 párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que: "Por delincuencia organizada se entiende una organización de hecho de tres o más personas, para cometer delitos en forma permanente o reiterada, en los términos de la ley de la materia";

Que la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, prevé las reglas para la investigación, persecución, procesamiento, sanción y ejecución de las penas, por...

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