Acuerdo por el que se actualiza la disponibilidad media anual de las aguas nacionales subterráneas del Acuífero Monclova, clave 0507, en el Estado de Coahuila, Región Hidrológico Administrativa Río Bravo, y se dan a conocer los estudios técnicos del mismo acuífero

Fecha de disposición28 Septiembre 2011
Fecha de publicación28 Septiembre 2011
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, II, VI, XVII, XVIII, XXXII, XXXV, XXXVI, XXXVII, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, 19 BIS, 22 segundo y último párrafos y Séptimo Transitorio de la Ley de Aguas Nacionales y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 14 fracciones I, V, y XV, 73 y 77 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 13 fracciones II, XI, XIII inciso b), XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el Eje Rector 4 "Sustentabilidad Ambiental", del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se refiere a la administración eficiente y racional de los recursos naturales, de manera tal que sea posible mejorar el bienestar de la población actual sin comprometer la calidad de vida de las generaciones futuras. En el apartado 4.1 "Agua", objetivo 2 "Alcanzar un manejo integral y sustentable del agua", ESTRATEGIA 2.3 "Promover el manejo integral y sustentable del agua desde una perspectiva de cuencas", establece como prioridad la conservación de los ecosistemas terrestres y acuáticos vinculados con el ciclo hidrológico;

Que el Programa Nacional Hídrico 2007-2012, en el Capítulo 3, relativo a los Objetivos Rectores del Sector Hidráulico, establece el Objetivo 3 "Promover el manejo integrado y sustentable del agua en cuencas y acuíferos", donde señala que: el agua es considerada como un elemento estratégico y de seguridad nacional; para apoyar el proceso de planeación hídrica, y que nuestro país cuente con planes de ordenamiento territorial que consideren a la disponibilidad de agua como un elemento clave en su desarrollo;

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Aguas Nacionales, señala que para el otorgamiento de concesiones o asignaciones, debe tomarse en consideración la disponibilidad media anual del recurso, misma que se revisará al menos cada tres años conforme a la programación hídrica, para lo cual el propio precepto dispone en su último párrafo, que la Comisión Nacional del Agua debe publicar la disponibilidad de aguas nacionales por cuenca hidrológica, región hidrológica o localidad;

Que el Artículo SEPTIMO Transitorio de la Ley de Aguas Nacionales, señala que la Comisión Nacional del Agua publicará o actualizará los estudios de disponibilidad de aguas nacionales a que se refiere la presente Ley en un plazo que no excederá de dos años;

Que el 5 de diciembre del 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado", en el cual al acuífero objeto de este Acuerdo, se le asigna el nombre oficial de Monclova, clave 0507, en el Estado de Coahuila;

Que el 31 de enero del 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se dan a conocer los límites de 188 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, los resultados de los estudios realizados para determinar su disponibilidad media anual de agua y sus planos de localización", en el que se da a conocer la disponibilidad media anual y límites del acuífero Monclova, clave 0507;

Que el 28 de agosto del 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos"; en el que se incluye al acuífero Monclova, clave 0507; la actualización de su disponibilidad consideró los límites del acuífero definidos en dicho Acuerdo, así como los volúmenes de aguas subterráneas inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua al 30 de septiembre de 2008;

Que en el año 2007, la Comisión Nacional del Agua elaboró el estudio denominado "Actualización geohidrológica de los acuíferos Monclova y Saltillo-Ramos Arizpe, localizados en el Estado de Coahuila"; dicho estudio permitió un nuevo cálculo de la disponibilidad media anual, al replantear el balance de agua subterránea, considerando un área de mayor extensión, que involucra parte del acuífero en calizas;

Que el acelerado crecimiento demográfico, agropecuario e industrial que se ha generado en la región centro del Estado de Coahuila, principalmente durante la última década, exige cada vez mayor demanda de agua para cubrir las necesidades básicas de los habitantes e impulsar las actividades económicas en el Estado, por lo que con el incremento en el número de obras de captación de agua subterránea, los volúmenes de extracción han aumentado, provocando con ello que los niveles de agua se abatan, lo cual genera un desequilibrio en el sistema natural de funcionamiento del acuífero;

Que para proporcionar un aprovechamiento integral de las aguas nacionales, uso eficiente, manejo adecuado, distribución equitativa y coadyuvar a alcanzar un desarrollo sustentable, así como en cumplimiento con la obligación citada en el tercer considerando del presente Acuerdo, la Comisión Nacional del Agua ha determinado la actualización de la disponibilidad media anual de las aguas nacionales subterráneas del acuífero Monclova, clave 0507, en el Estado de Coahuila, sujetándose a las especificaciones y el método desarrollado en la "NORMA Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril del 2002;

Que la superficie en que se ubica el acuífero Monclova, clave 0507, se encuentra en una zona donde a la fecha no se han emitido decretos de veda, reglamentos o reservas de aguas del subsuelo;

Que ante un posible incremento de los volúmenes de agua extraídos en la zona que no está sujeta a las disposiciones de algún decreto de veda, y una creciente demanda de agua para el desarrollo agrícola en el área del acuífero Monclova, se corre el riesgo de que la extracción de agua continúe rebasando más en magnitud la renovación natural del acuífero y que ello repercuta en una mayor sobreexplotación del mismo, situación que pone en peligro el abastecimiento seguro de los habitantes de la zona, impactando a las actividades productivas que dependen del agua subterránea;

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Aguas Nacionales y en el diverso 73 de su Reglamento, se realizaron los estudios técnicos del acuífero Monclova, clave 0507, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en dicho precepto, para sustentar el establecimiento de un ordenamiento para el control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo y se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca Río Bravo, recibiéndose y atendiéndose sus comentarios, observaciones y propuestas, mismos que se conocieron a través de la consulta pública realizada en la ciudad de Guadalupe, Nuevo León, el 9 de septiembre de 2010;

Que en virtud de las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE ACTUALIZA LA DISPONIBILIDAD MEDIA ANUAL DE LAS AGUAS NACIONALES SUBTERRANEAS DEL ACUIFERO MONCLOVA, CLAVE 0507, EN EL ESTADO DE COAHUILA, REGION HIDROLOGICO ADMINISTRATIVA RIO BRAVO, Y SE DAN A CONOCER LOS ESTUDIOS TECNICOS DEL MISMO ACUIFERO

ARTICULO PRIMERO...

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