Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales superficiales de la subregión hidrológica Río Coahuayana de la Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana

Fecha de disposición29 Noviembre 2012
Fecha de publicación29 Noviembre 2012
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XVIII, XXXV, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 14 fracción V y 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1 y 13 fracciones II y XIII inciso e) bis del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que el 28 de octubre de 1948, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo que declara vedado, por tiempo indefinido, el otorgamiento de concesiones para aprovechar las aguas del Río Tuxpan o Coahuayana y las de todos sus afluentes y subafluentes que constituyen su cuenca tributaria, desde sus orígenes en el Estado de Jalisco, hasta su desembocadura en el Océano Pacífico, en los Estados de Colima y Michoacán, mismo que se dio a conocer mediante el "Acuerdo que declara vedado, por tiempo indefinido, el aprovechar aguas del río Casas Grandes, en el Municipio del mismo nombre, Estado de Chihuahua";

Que las aguas del Río Coahuayana fueron declaradas de propiedad nacional, mediante declaración publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 1917;

Que el 19 de enero de 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas superficiales en las cuencas hidrológicas Tacotán, Corcovado, Las Piedras, El Rosario, Canoas, Armería, Quito, Coahuayana-Jalisco, Coahuayana-Colima y Coahuayana-Michoacán, mismas que forman parte de la Región Hidrológica número 16 denominada Armería-Coahuayana", del cual se desprende que las diez cuencas hidrológicas tienen disponibilidad;

Que la disponibilidad a que se hace referencia en el considerando anterior, se determinó con base en la "Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada el 17 de abril de 2002 en el Diario Oficial de la Federación y en la que se establece el método base para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales y subterráneas;

Que al existir disponibilidad de aguas nacionales superficiales en las diez cuencas hidrológicas que integran la Región Hidrológica número 16 denominada Armería-Coahuayana, la Comisión Nacional del Agua ha procedido, con fundamento en los artículos 38 párrafo primero de la Ley de Aguas Nacionales, en relación con el diverso 73 de su Reglamento, a elaborar los estudios técnicos, con el propósito de determinar la procedencia de modificar el ordenamiento mediante el cual se veda el otorgamiento de concesiones para el aprovechamiento de aguas nacionales superficiales en dichas cuencas hidrológicas;

Que para la elaboración de dichos estudios técnicos se promovió la participación de los usuarios organizados en la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo de Cuenca Costa Pacífico Centro, a quienes se les presentó el resultado de los mismos en la sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2011, en la ciudad de Ameca, Estado de Jalisco, recibiendo sus comentarios, observaciones y propuestas; como lo establece el segundo párrafo del artículo 73 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales, y

Que en virtud de las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL RESULTADO DE LOS ESTUDIOS TECNICOS DE AGUAS NACIONALES SUPERFICIALES DE LA SUBREGION HIDROLOGICA RIO COAHUAYANA DE LA REGION HIDROLOGICA NUMERO 16 ARMERIA-COAHUAYANA

ARTICULO UNICO

Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos de aguas nacionales superficiales realizados en la Subregión Hidrológica Río Coahuayana de la Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana.

  1. Delimitación Geográfica

    1.1 Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana.

    La Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana, se localiza al Occidente de la República Mexicana, ocupa parte de los Estados de Jalisco y Colima al Suroeste de nuestro país, está limitado al Norte por las Regiones Hidrológicas números 12 Lerma-Santiago y 14 Río Ameca, al Este por la Región Hidrológica número 18 Balsas, al Oeste por la Región Hidrológica número 15 Costa de Jalisco y al Sur por el Océano Pacífico y la Región Hidrológica número 17 Costa de Michoacán. La figura 1 ilustra la ubicación en el contexto nacional y regional.

    Figura 1. Ubicación de la Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana

    La Región Hidrológica número 16 Armería-Coahuayana, la conforman las Subregiones Hidrológicas Río Armería y Río Coahuayana, está ubicada en una zona fisiográfica compleja entre las regiones comprendidas por el eje Neovolcánico, la Sierra Madre del Sur y la Sierra Madre Occidental. Cuenta con una extensión de 17,626.6 kilómetros cuadrados, una longitud total de 240 kilómetros y un volumen anual de escurrimiento de 2,076 millones de metros cúbicos anuales.

    La corriente del Río Coahuayana nace en las inmediaciones del cerro del Tigre en el Estado de Jalisco y desemboca al Océano Pacífico en Boca de Apiza, la longitud total del cauce principal es de 233 kilómetros, nombrándosele a lo largo de su cauce como Río Tamazula, Río Tuxpan, el Naranjo y por último Río Coahuayana. Sirve de límite de los Estados de JaliscoColima y ColimaMichoacán.

    1.2 Subregión Hidrológica Río Coahuayana.

    La Subregión Hidrológica Río Coahuayana se encuentra enclavada en la confluencia de dos provincias fisiográficas: la provincia del Eje Neovolcánico y la provincia de la Sierra Madre del Sur. Dentro de la provincia del Eje Neovolcánico, la subregión nace en la sub-provincia de Jalisco y atraviesa la sub-provincia Volcanes de Colima. En Colima es parte de la sub-provincia Sierra de las Costas de Jalisco y Colima.

    Se ubica en el occidente de la República Mexicana, ocupa parte del Estado de Jalisco, parte del Estado de Colima y una pequeña porción del Estado de Michoacán de Ocampo. Está comprendida entre los meridianos 102º 56' y 104º 35' de longitud Oeste y los paralelos 18º 40' y 20º 29' de latitud Norte. La figura 2, muestra la ubicación geográfica de la Subregión Hidrológica Río Coahuayana.

    Figura 2. Ubicación de la Subregión Hidrológica Río Coahuayana

    El área de esta subregión hidrológica, es de 7,894.9 kilómetros cuadrados, limita al Norte con las Regiones Hidrológicas números 12 Lerma-Santiago y 14 Río Ameca, al Este con la Región Hidrológica número 18 Balsas, al Oeste con la Cuenca Hidrológica Armería y por último al Sureste con la Región Hidrológica número 17 Costa de Michoacán y el Océano Pacífico.

    Figura 4. Ubicación de la Subregión Hidrológica Río Coahuayana

  2. Sistema Hidrológico

    El Río Coahuayana nace en el cerro del Tigre, dentro del Estado de Jalisco, con el nombre de Cigarro o Tejocote, recibiendo agua del Río Calabazas; pasa por Tamazula de Gordiano y Tuxpan, sirve de límite entre los Estados de Jalisco y Colima. Más adelante se le unen los ríos Ahuijullo, Barreras y Salado, desde esta última confluencia toma el nombre de Coahuayana, para finalmente desembocar en el Océano Pacífico en la Boca de Apiza sirviendo en su curso inferior de límite entre los Estados de Colima y Michoacán de Ocampo. El régimen de lluvia conforme a las estaciones representativas de esta región es de lluvias de verano, pues la mayor parte de ellas se presentan en los meses de junio a septiembre.

    Sobre el cauce del Río Coahuayana en el Estado de Colima se tiene la infraestructura hidráulica de la derivadora Callejones, la cual deriva las aguas del Río Coahuayana a 25,570 hectáreas, distribuyendo 147 millones de metros cúbicos con fines agrícolas, beneficiando una superficie de 16,266 hectáreas en el Estado de Colima alimentando la Laguna de Amela y 9,304 hectáreas en el Estado de Michoacán de Ocampo, beneficiando a 466 familias en el Estado de Colima y 756 en el Estado de Michoacán de Ocampo.

    Las aguas del Río Coahuayana, son aprovechadas a través de una toma directa y el canal muerto; por la margen derecha del cauce, localizado a 8 kilómetros aguas arriba del poblado de Coahuayana, esta corriente es artificial y corresponde al canal alimentador de la Laguna de Amela; el canal tiene una capacidad de 7.00 metros cúbicos por segundo, con una longitud de 24 kilómetros hasta su llegada a la Laguna de Amela.

    Este cuerpo de agua es un vaso natural que mediante bordos y estructuras auxiliares permiten almacenar 38.3 millones de metros cúbicos, los cuales son conducidos por dos canales principales, el medio Amela de 12 kilómetros de longitud y el bajo Amela de 13 kilómetros. El primero de éstos domina una superficie de riego de 2500 hectáreas, mientras que el segundo riega 3200 hectáreas.

    El sistema se complementa con 50 kilómetros de canales secundarios y 3 kilómetros de drenes, siendo la capacidad del dren principal de 44.1 metros cúbicos por segundo. La superficie bajo riego es en su totalidad perteneciente a pequeños propietarios, los cuales han formado un distrito de riego conocido como CoahuayanaAmela, quedando su control y asesoría técnica en el distrito de riego a la Dirección Local Colima, de la Comisión Nacional del Agua.

    Dado que la Subregión Hidrológica Río Coahuayana tiene suelos de buena calidad en ambas...

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