Acuerdo de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Culiacán, Salvador Alvarado, Mazatlán, Navolato, Escuinapa, Rosario y Elota de dicha entidad federativa

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ACUERDO de Coordinación para la distribución y ejercicio de los subsidios del Programa de Rescate de Espacios Públicos, que suscriben la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, el Estado de Sinaloa y los municipios de Ahome, Guasave, Culiacán, Salvador Alvarado, Mazatlán, Navolato, Escuinapa, Rosario y Elota de dicha entidad federativa.

ACUERDO DE COORDINACIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN Y EJERCICIO DE LOS SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE RESCATE DE ESPACIOS PÚBLICOS EN LO SUCESIVO "EL PREP" QUE SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN LO SUCESIVO "LA SEDATU", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL OFICIAL MAYOR, MTRO. FIDEL ANTUÑA BATISTA, ASISTIDO POR SUBDELEGADO JURÍDICO DE LA DELEGACIÓN ESTATAL DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, LIC. RUBÉN DARÍO ROJO SERRANO, QUIEN SUSCRIBE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 39 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, EN SUPLENCIA POR AUSENCIA DEL DELEGADO ESTATAL DE "LA SEDATU"; EN EL ESTADO DE SINALOA, POR OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO DE SINALOA, EN LO SUCESIVO "EL ESTADO", REPRESENTADO POR EL SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO. LIC. JUAN ERNESTO MILLÁN PIETSCH, ASISTIDO, POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. GERARDO OCTAVIO VARGAS LANDEROS; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, C.P. ARMANDO VILLARREAL IBARRA Y EL JEFE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS, LIC. JUAN PABLO YAMUNI ROBLES; Y LOS MUNICIPIOS DE: AHOME, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, ING. ZENÉN AARÓN XÓCHIHUA ENCISO E ING. HÉCTOR HUGO CRUZ GONZÁLEZ; GUASAVE, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, LIC. MIGUEL ÁNGEL ROBLES SANTILLANES Y LIC. LEONARDO JOSÉ MALDONADO DADO; CULIACÁN, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, LIC. MOISÉS AARÓN RIVAS LOAIZA Y DR. JESÚS MADUEÑA MOLINA; SALVADOR ALVARADO, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, DR. GONZALO CAMACHO ÁNGULO Y M. C. JAIME JIMÉNEZ SANTOS; MAZATLÁN, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, LIC. CARLOS FRANCISCO ÁNGULO MÁRQUEZ E ING. RENATO OCAMPO ALCANTAR; NAVOLATO, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, ING. EVELIO PLATA INZUNZA Y LIC. MARIO MEDINA CARNERO; ESCUINAPA; REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, DR. JUAN MANUEL LERMA CRUZ Y LIC. MAXIMILIANO ÁNGULO GUERRERO; ROSARIO, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, LIC. ÁNGEL ALFONSO SILVA SANTIAGO Y LIC. MAXIMILIANO MORA URIBE; ELOTA, REPRESENTADO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL Y EL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO, RESPECTIVAMENTE, ARQ. ARTURO YÁÑEZ CABANILLAS E ING. SERGIO ARTURO ROSAS MIRANDA, A QUIENES CUANDO ACTÚEN EN CONJUNTO SE DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El artículo 33 de la Ley de Planeación establece que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la planeación nacional del desarrollo; coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta. En todos los casos se deberá considerar la participación que corresponda a los municipios.

  2. El artículo 3, fracción XIX y el Anexo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, establecen que "EL PREP" es un programa sujeto a reglas de operación. Asimismo, el artículo 31 de este Decreto señala que los subsidios federales se destinarán, en las entidades federativas, en los términos de las disposiciones aplicables, exclusivamente a la población en condiciones de pobreza, de vulnerabilidad, rezago y de marginación de acuerdo con los criterios de resultados que defina el Consejo Nacional de Población y a las evaluaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

  3. Conforme a lo dispuesto en el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 2013, corresponde a "LA SEDATU" impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el desarrollo urbano con criterios uniformes respecto de la planeación, control y crecimiento con calidad de las ciudades y zonas metropolitanas del país, además de los centros de población en general, así como su respectiva infraestructura de comunicaciones y de servicios, la planeación habitacional y el desarrollo de vivienda.

  4. El 28 de febrero de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de "LA SEDATU" por el que se emiten las Reglas de Operación de "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013.

  5. El objetivo general de "EL PREP" es contribuir a mejorar la percepción de seguridad ciudadana, en las ciudades y zonas metropolitanas, mediante el rescate de espacios públicos en condición de deterioro, abandono o inseguridad que sean utilizados preferentemente por la población en situación de pobreza multidimensional.

  6. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, dispone que los Programas del Gobierno Federal podrán apoyar en la instrumentación de la Cruzada contra el Hambre, la cual es una estrategia de inclusión y bienestar social. De igual manera se observarán las directrices marcadas por la Comisión Intersecretarial para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.

  7. La Subdirección de Presupuesto dependiente de la Dirección General de Recursos Financieros de la Oficialía Mayor, comunicó a la Dirección General de Equipamiento e Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas, de "LA SEDATU" el monto de los subsidios autorizados a "EL PREP" para el ejercicio fiscal 2013, mediante oficio número IV.- 410-310.644, de fecha 14 de marzo de 2013.

  8. El Oficial Mayor de "LA SEDATU", mediante el Oficio Circular de Distribución de Subsidios de "EL PREP", número 260626, de fecha 15 de marzo de 2013, comunicó a los delegados estatales de "LA SEDATU" la distribución de los subsidios federales de "EL PREP" por entidad federativa para el ejercicio fiscal 2013.

Con base en lo expuesto, y con fundamento en los artículos 40, 41, 43, 90, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 36 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 4, 45, 54, 74, 75 y 77, 82, 83 y 84 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 1, 85 y 176 de su Reglamento; 1, 4 y 24 de la Ley General de Desarrollo Social y 3 fracción III, 23, 25, 27, 40 y 41 de su Reglamento; 8, 9, 48, 49, 50 y 51 de la Ley General de Asentamientos Humanos; 7 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1, 3 fracción XIX, 29, 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013; 7 fracción X, 9, 13, 16, 35 y 36 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el ejercicio fiscal 2013; así como en lo previsto por los artículos 3o., 18 fracción I, 66 primer párrafo, 72, 110, 111 y 123 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 1o., 3o., 7o., 8o., 9o., 11, 21 y 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Sinaloa; 1, 4, 13, 15, 16, 37, 38, 39 y 52 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa; 1o. fracción III, 2o., 3o., 4o., 10 y 35 de la Ley de Planeación del Estado de Sinaloa; 12, 14, 43, de la Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado de Sinaloa; 1, 15 fracciones I, II y IV, 17, 18, 33, 48 y 51 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Estatal de Sinaloa; 1, 2, 7A, 8, 9 fracciones I, VI, XX, 10 fracción XIX y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano; 1o., 8o., 10 fracciones XX y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 1o., 2o., 8o. y 10 fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas; 1, 2, 4, 5A, 7, 8 fracciones I, V y XXIX, 9 fracciones IV, XX y XIX del Reglamento Interior de la Unidad de Transparencia y Rendición de Cuentas, "LAS PARTES", han decidido establecer sus compromisos con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

CAPÍTULO I DEL OBJETO

PRIMERA. El presente Acuerdo de Coordinación tiene por objeto coordinar las acciones entre "LAS PARTES", para la operación...

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