Acuerdo por el que se suspenden las labores del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial del 22 de diciembre de 2005 al 4 de enero de 2006, para reanudarse el 5 de enero de 2006

Fecha de disposición09 Diciembre 2005
Fecha de publicación09 Diciembre 2005
EmisorINSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO por el que se suspenden las labores del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial del 22 de diciembre de 2005 al 4 de enero de 2006, para reanudarse el 5 de enero de 2006.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

JORGE AMIGO CASTAÑEDA, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 59 fracciones I y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 1o., 7o. bis 1 y 184 de la Ley de la Propiedad Industrial y 4o. de su Reglamento, y

CONSIDERANDO

Que la Ley de la Propiedad Industrial establece determinados plazos para la tramitación de patentes, registros, licencias, transmisiones de derechos y demás procedimientos administrativos que se realizan ante este Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;

Que de conformidad con el artículo 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, los trabajadores tendrán dos periodos de vacaciones de diez días hábiles cada uno, en las fechas que se señalen al efecto;

Que por oficio-circular número SSFP/408/039, emitido por la Secretaría de la Función Pública, así como por oficio número 710.DRECS.04/1011 de fecha 13 de octubre de 2005, emitido por la Dirección de Registro de Estructuras y Coordinación Sectorial de la Dirección General Adjunta de Recursos Humanos de la Secretaría de Economía, se fijó que la fecha señalada para el segundo periodo de vacaciones correspondiente al ejercicio 2005 en la Administración Pública Federal, comprenderá del 22 de diciembre de 2005 al 4 de enero de 2006, siendo así necesario establecer un receso en las labores del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial en dicho periodo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE SUSPENDEN LAS LABORES DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, DURANTE EL PERIODO QUE SE INDICA

ARTICULO 1o

Se suspenden las labores del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial a partir del día 22 de diciembre de 2005 hasta el 4 de enero de 2006, para reanudarse el 5 de enero de 2006.

ARTICULO 2o

Durante el receso de labores a que se refiere el artículo anterior, en los trámites y procedimientos administrativos el cómputo de los plazos se hará siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley de la Propiedad Industrial y su Reglamento, considerando como inhábiles todos los días en los que quedan suspendidas las labores...

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